Personas jurídicasES613 - Córdoba

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA APOYAR LOS GASTOS DERIVADOS DE LA INSTALACIÓN Y MONTAJE DE CASETAS A CARGO DE ASOCIACIONES, ENTIDADES Y COLECTIVOS EN EL RECINTO FERIAL CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE LA FERIA 2026.

Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, que promueve la Delegación de Fiestas y Tradiciones del Ayuntamiento de Córdoba, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro, que monten caseta en la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2026, con la finalidad de apoyar su montaje e instalación.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Presentar la solicitud, Memoria justificativa del gasto y demás documentación, en el plazo y forma establecidos en las presentes bases.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente o a la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como se conozca.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de carácter municipal, estatal y frente a la Seguridad Social. El cumplimiento de esta circunstancia deberá concurrir en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse en la fase del procedimiento de propuesta de resolución y previamente al pago de la subvención.
  • Autorizar al Ayuntamiento para que éste obtenga, en su caso, de forma directa, la acreditación de que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Dicha autorización la expedirá cada entidad solicitante a través del modelo de solicitud de la convocatoria (Anexo1).
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, en los términos exigidos por la Legislación mercantil y sectorial, aplicable al beneficiario/a en cada caso.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos hasta la finalización del plazo establecido en el
  • Las entidades interesadas deberán de presentar, en los modelos establecidos, la siguiente
  • SOLICITUD Y DECLARACIÓN RESPONSABLE SEGÚN MODELO ANEXO 1, firmada por la persona Responsable de la entidad o su representante. En caso de no autorizar su consulta al órgano gestor a través de las plataformas de intermediación de datos, se acompañarán los correspondientes certificados de estar al corriente en las deudas tributarias con el Ayuntamiento de Córdoba, con la AEAT y con la Seguridad Social. Excepcionalmente, si el Ayuntamiento de Córdoba no pudiera recabar los citados documentos, podrá solicitar nuevamente a la persona o entidad solicitante su aportación (artículo 28.3 párrafo 2º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
  • ACREDITACIÓN DE LA ENTIDAD SOLICITANTE Y DE SUS REPRESENTANTES Y
  • Para la acreditación de que la entidad tiene naturaleza jurídica de entidad sin ánimo de lucro, podrán aportarse entre otros: Estatutos de la entidad debidamente inscritos en el correspondiente registro de asociaciones, declaración de entidad pública o documentación equivalente.
  • Copia del DNI del representante y del CIF de la entidad o colectivo solicitante.
  • Copia del Acta de elección del/la solicitante como representante legal o de otorgamiento de poderes ante notario. *En caso de representación, ésta podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. A estos efectos, se entenderá acreditada la
  • MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL GASTO DE CADA UNA DE LAS LINEAS SUBVENCIONABLES A LAS QUE SE PRESENTA , según ANEXO 2 , fechada y firmada por
  • - Declaración responsable de la aplicación de los fondos a la ejecución del proyecto.
  • - Relación clasificada de los gastos de cada una de las líneas a las que se presenta, indicándose el tipo de gasto, concepto, acreedor/a, número de factura, importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • - Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil por el importe total de los gastos realizados en cada una de las líneas a las que se presenta. Dado que para la presentación de los justificantes de gasto se utilizarán medios telemáticos, no se exigirá, en un primer momento, la documentación original, pudiéndose presentar copias de las facturas o justificantes de los gastos, pero deberá
  • Declaración responsable del representante de la entidad, donde se declare el lugar de depósito de las facturas, justificantes de gastos y demás documentación original, así como su disponibilidad, a efectos de comprobaciones por el Ayuntamiento de Córdoba, y que se corresponden con los documentos originales.
  • Declaración responsable del representante de la entidad, de que las facturas que se corresponden con los gastos subvencionados no han sido expedidas por personas o entidades vinculadas con la entidad solicitante, conforme al artículo 29.7 de la Ley General de Subvenciones y artículo 68 del Reglamento de la Ley de Subvenciones.
  • Los documentos originales justificativos del gasto deben permanecer depositados (en caso de presentar soporte en papel) en la sede de las entidades adjudicatarias, hasta la prescripción del derecho del Ayuntamiento a exigir el reintegro de la subvención concedida.

Gastos y actuaciones

  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Delegación de Fiestas y Tradiciones Serán subvencionables, los gastos ejecutados entre el 1 de enero y el 15 de julio de
  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Instalación, montaje y desmontaje de carpas (estructuras y cubiertas).
  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Certificado de solidez de la estructura y cubierta de las carpas emitido y firmado por persona técnica legalmente cualificada, visado por el Colegio profesional correspondiente.
  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Instalación de sanitarios químicos portátiles.
  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Trabajos y suministros relacionados con la instalación de los aseos públicos de las casetas: albañilería, pintura, fontanería.
  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Servicio de instalación de aires acondicionados en las casetas de feria.
  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Instalación, montaje y desmontaje de los suelos de las casetas de feria.
  • Tercera.- Líneas y Gastos Subvencionables. · eligible
    Trabajos y suministros relacionados con la instalación, montaje y desmontaje del cerramiento de las fachadas de las casetas: albañilería, carpintería, pintura, rotulación, … Será imprescindible haber cumplido con los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras de las Casetas de Feria 2026, especialmente en materia de estructura y carpas, fachadas, accesibilidad y la normativa relacionada con los aseos adaptados a personas con discapacidad. Se tomará como referencia los apercibimientos realizados por el Departamento de Ferias y Festejos y el informe de Evaluación de la Delegación de Inclusión y Accesibilidad.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[11572].extracted_segments[0]

Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, que promueve la Delegación de Fiestas y Tradiciones del Ayuntamiento de Córdoba, a favor de asociaciones, entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro, que monten caseta en la Feria de Ntra. Sra. de la Salud 2026, con la finalidad de apoyar su montaje e instalación.