LA CAMPAÑA “BONOS MATERIAL ESCOLAR” DE APOYO A LA ECONOMIA LOCAL MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PA…

Título oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE LA CAMPAÑA “BONOS MATERIAL ESCOLAR” DE APOYO A LA ECONOMIA LOCAL MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES DE PROMOCIÓN DE VENTAS

El Ayuntamiento de Alcalà de Xivert a través del Área de Comercio Local y Hacienda y Economía mediante la presente convocatoria, ofrece un instrumento que tiene por objeto apoyar al tejido comercial de la localidad a través del fomento del consumo local mediante la creación de bonos de descuento que permita a los comercios beneficiarios su implantación en las acciones de promoción de ventas. Esta línea de actuación está destinada a los establecimientos comerciales dedicados a la venta de material escolar con sede física y actividad económica establecida en el término municipal de Alcalà de Xivert que ejerzan las actividades y cumplan los requisitos que se establecen en las presentes bases.

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCALÀ DE XIVERT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Para obtener la condición de beneficiario de estas ayudas se requerirá previamente obtener la calificación de “comercio adherido” a la campaña “Bonos material escolar”. Tendrá la consideración de “comercio adherido” las personas físicas y jurídicas que reúnan la condición de autónomos o microempresas que cumplan los requisitos expuestos a continuación y que se adhieran voluntariamente a la campaña de acuerdo con el plazo y forma establecidos en las presentes bases.
  • Las empresas deberán tener la consideración de microempresas (en los términos del
  • Colaborar con las actuaciones de seguimiento del Área de Comercio Local y Economía y Hacienda, facilitando cuanta información y/o documentación complementaria se considere necesaria para la comprensión y evaluación de la solicitud de la ayuda, así como cualesquiera otras de comprobación del Ayuntamiento y las de control financiero que correspondan a la Intervención del mismo.
  • Comunicar al Ayuntamiento la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad; así como cualquier incidencia o variación que se produzca en relación a la ayuda concedida. Ayuntamiento de Alcalà de Xivert C/ Purissima, nº 21, Alcalà de Xivert. 12570 (Castellón). Tfno. 964410301. Fax: 964410139
  • Acreditar si le es exigido con anterioridad a la concesión y cobro de la ayuda, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Aceptar el cumplimiento de las presentes bases durante el periodo que se establezca.
  • Estar en posesión de la correspondiente licencia de apertura.
  • Para poder atender la demanda de las personas portadoras de los bonos de una manera eficaz y rápida, deberán disponer de material escolar suficiente.
  • El establecimiento deberá mostrar en un lugar visible el cartel identificador de la campaña “Bonos material escolar”.
  • Importe de la ayuda. La ayuda económica que corresponda a cada beneficiario (comercio adherido) vendrá determinada por el número de bonos que presente en el momento de la justificación. Cada bono tendrá un valor de 20.00 € y necesariamente deberá estar acompañada por el justificante de la acción comercial desarrollada (factura, factura simplificada con indicación de los artículos de venta de manera detallada y precisa).
  • ‐ Solicitudes y documentación.
  • Para tener la consideración de comercio adherido a la campaña “Bonos material escolar”, las personas interesadas tendrán que cumplimentar el formulario que se adjunta como
  • Copia del DNI/NIE acompañado de pasaporte, si lo indica, del solicitante.
  • Documento acreditativo de alta como autónomo (modelo 036 o 037).
  • Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la que presenta la solicitud, en caso de no ser la misma persona.
  • NIF de la persona jurídica.
  • DNI o NIE acompañado de pasaporte, si lo indica de la persona administradora.
  • Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
  • Certificado actualizado de Situación Censal que indique la actividad económica y el domicilio del local de desarrollo de la actividad.
  • Poder de representación del representante legal, en su caso.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    Son gastos subvencionables el material escolar no curricular que abarca un amplio contenido como: libros de lectura de varias asignaturas, diccionarios y material relacionado con la gramática y las conjugaciones verbales de las diversas lenguas presentes en el curriculum escolar; cuadernos de actividades del alumno de diversas asignaturas, que suelen ser rellenables y no se traspasan, atlas, agendas, material o elementos de papelería (libretas, cuadernos, útiles de escritura, compases, reglas, folios, cartulinas…), material para las asignaturas de Plástica y/o Tecnología, instrumentos musicales exigido en la asignatura de Música, biblias u otros materiales para la asignatura de Religión, así como mochilas, estuches, carteras o cualquier otro que se utilice para contener y trasportar el material Ayuntamiento de Alcalà de Xivert C/ Purissima, nº 21, Alcalà de Xivert. 12570 (Castellón). Tfno. 964410301. Fax: 964410139
  • Gastos subvencionables · eligible
    Funcionamiento. El régimen de funcionamiento de la presente convocatoria de ayudas económicas se
  • Gastos subvencionables · eligible
    materializa conforme al siguiente procedimiento:
  • Gastos subvencionables · eligible
    Desde la fecha de publicación en el BOP de Castellón y durante el periodo establecido para ello en la base octava, los comercios interesados en participar en la convocatoria presentarán la solicitud de adhesión junto con la documentación prevista en la base 7ª, en el registro general del Ayuntamiento de Alcalà de Xivert o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
  • Gastos subvencionables · eligible
    A medida que se validen los comercios participantes en la campaña mediante Resolución de la Concejalía de Hacienda una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos, se publicará el listado de estos en la página web www.alcaladexivert, y el tablón de edictos, y se les hará entrega de un distintivo para que puedan mostrarlo en su establecimiento de forma visible. Asimismo, el Ayuntamiento procederá a dar la correspondiente publicidad de estos y de la fecha de inicio de la campaña en los medios de comunicación habituales.
  • Gastos subvencionables · eligible
    El alumnado interesado podrán usar los bonos descuento en los comercios adheridos, correspondiendo un bono nominativo por valor de 20,00 € a cada uno, desde el 8 de septiembre hasta el 31 de octubre de 2026.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Los bonos podrán ser canjeados:
  • Gastos subvencionables · eligible
    Individualmente cada uno de ellos, siempre que el importe de la compra en material escolar supere los 20,00 €.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Podrán ser acumulables para una misma compra de material escolar los bonos de dos o más personas distintas siempre que el importe total de la compra sea igual o superior al de los bonos presentados.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Los comercios adheridos a la campaña podrán presentar la documentación justificativa a efectos de poder cobrar la correspondiente ayuda a la acción de ventas realizada hasta el 15 de diciembre de 2026. Dicha documentación para presentar en el Registro General del Ayuntamiento, o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16. 4 de la Ley
  • Gastos subvencionables · eligible
    Relación de bonos canjeados en su establecimiento.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Justificante de las ventas efectuadas imputables a la subvención: factura normal o factura simplificada de cada venta efectuada, con indicación especifica de los artículos de la venta. No se admitirán en su caso bonos canjeados a partir del 31 de octubre de 2026. Una vez valoradas las justificaciones presentadas, se procederá a tramitar su pago dentro del mes de la presentación de la documentación justificativa, o en su caso durante los primeros 15 días siguientes.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Devoluciones de los productos adquiridos con los bonos. La política de devolución de los productos adquiridos mediante los bonos no admitirá el reintegro de la cantidad desembolsada.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Disponibilidad presupuestaria y priorización. Las ayudas previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 326.480.05 con una dotación para la presente convocatoria de 20.000,00 € Ayuntamiento de Alcalà de Xivert C/ Purissima, nº 21, Alcalà de Xivert. 12570 (Castellón). Tfno. 964410301. Fax: 964410139
  • Gastos subvencionables · eligible
    Forma de pago. La liquidación y pago de las ayudas se efectuará siempre que se haya justificado el cumplimiento de los requisitos con la documentación presentada junto con la solicitud y presentada la relación de bonos canjeados junto con los justificantes de las ventas efectuadas mediante factura de cada venta efectuada. Una vez valoradas las justificaciones presentadas, se procederá a tramitar su pago dentro del mes de la presentación de la documentación justificativa, o en su caso durante los primeros 15 días del mes siguiente. El pago de la subvención se realizará en la cuenta que se indique en la solicitud mediante transferencia bancaria.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Reintegro de las ayudas. El incumplimiento por las personas beneficiarias de cualquiera de los requisitos, condiciones, obligaciones y demás circunstancias que dieron lugar al otorgamiento de la ayuda, dará lugar a la incoación, por el órgano competente para la concesión de las ayudas, del correspondiente expediente, que podrá finalizar, en su caso, con la anulación de la ayuda concedida y la obligación de reintegrar las ayudas percibidas en concepto de anticipo y los intereses de demora desde el momento del pago de las mismas.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Plazo de resolución, notificación y publicidad
  • Gastos subvencionables · eligible
    El plazo para resolver y notificar la resolución será de 3 meses a partir del momento en el que toda la documentación requerida para el desarrollo del expediente esté entregada en la oficina responsable del mismo. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
  • Gastos subvencionables · eligible
    La resolución del procedimiento se deberá notificar a los interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Gastos subvencionables · eligible
    El Ayuntamiento de Alcalà de Xivert dará publicidad de las ayudas concedidas en los términos establecidos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El Ayuntamiento de Alcalà de Xivert a través del Área de Comercio Local y Hacienda y Economía mediante la presente convocatoria, ofrece un instrumento que tiene por objeto apoyar al tejido comercial de la localidad a través del fomento del consumo local mediante la creación de bonos de descuento que permita a los comercios beneficiarios su implantación en las acciones de promoción de ventas. Esta línea de actuación está destinada a los establecimientos comerciales dedicados a la venta de material escolar con sede física y actividad económica establecida en el término municipal de Alcalà de Xivert que ejerzan las actividades y cumplan los requisitos que se establecen en las presentes bases.