Personas físicasES522 - Castellón / Castelló

AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL USO DEL TREN O DEL AUTOBUS DIRIGIDAS A RESIDENTES EN ALCALA DE XIVERT Y QUE CURSEN ESTUDIOS R · 2026/2027

Título oficial: BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL USO DEL TREN O DEL AUTOBUS DIRIGIDAS A RESIDENTES EN ALCALA DE XIVERT Y QUE CURSEN ESTUDIOS REGLADOS FUERA DEL MUNICIPIO. CURSO 2026-2027

1.1Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Alcalá de Xivert, a través del Área de Economía y Hacienda, podrá otorgar a fin de sufragar parte de los gastos derivados del uso del tren o del autobús, a los residentes en Alcalà de Xivert que cursen estudios reglados fuera del municipio. Estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido, siempre que el solicitante tenga la condición de estudiante, resida en Alcalà de Xivert, y curse estudios reglados fuera del municipio, y reúna el resto de requisitos dispuestos en estas bases.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCALÀ DE XIVERT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1Podrán solicitar estas ayudas económicas aquellas personas que acrediten documentalmente que están cursando estudios superiores en modalidad presencial, siempre que no exista en el municipio oferta de los estudios que motivan el uso del
  • Estar empadronados/as en el municipio de Alcalà de Xivert, al menos con un año de antigüedad y residir en el término municipal durante el curso académico.
  • Tener la condición de estudiante.
  • Estar al corriente de pago de los distintos ingresos de derecho público municipales.
  • Estar matriculado/a en un centro oficial que otorgue título con validez profesional y/o académica de algunas de las siguientes enseñanzas y que no
  • Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional y que no se
  • Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en
  • Ha de tratarse de enseñanzas presenciales.
  • Únicamente se admitirá una solicitud de subvención por persona que reúna los requisitos exigidos. En el caso de matrículas en centros de formación para personas con discapacidad, la ayuda económica también se concederá al acompañante, en su caso.
  • La concesión de la ayuda económica durara todo el año académico.
  • 2 Para poder ser beneficiarios/as de las ayudas económicas destinadas a financiar los gastos derivados del uso del autobús por parte de los/las estudiantes residentes en Alcossebre, Cap i Corp y Las Fuentes que utilizan este medio de transporte para desplazarse hasta la estación de tren o del autobús ubicada en Alcalà de Xivert, además, deberán estar empadronados/as en Alcossebre, Cap i Corp o Las Fuentes al menos con un año de antigüedad y residir en Alcossebre, Cap i Corp o Las Fuentes durante el curso académico.
  • 1 Se considera presupuesto a los efectos previstos en las presentes Bases, el coste real derivado del uso del tren o del autobús desde la estación o parada de autobús de Alcalà de Xivert hasta la localidad donde se impartan los estudios en los que se haya matriculado el/la beneficiario/a. El coste real dependerá de la modalidad de billete contratada, que en todo caso para los usuarios del tren deberá ser un bono de 10 viajes o un abono mensual.
  • 2 Se considera presupuesto a los efectos previstos en las presentes Bases, el coste real derivado del uso del autobús desde Alcossebre, Cap i Corp o Las Fuentes hasta la estación de tren o parada de bus de Alcalà de Xivert.
  • CUANTIA DE LAS SUBVENCIONES.
  • 1 Para los usuarios del tren o del autobús podrá ser subvencionado hasta el 50 % del presupuesto protegible, con el límite máximo de 100.-€ /mes o parte proporcional según la modalidad de billete de tren contratada, ya sea un bono de 10 viajes o un abono mensual.
  • 2 Para los usuarios del autobús desde Alcossebre, Cap i Corp o Las Fuentes hasta la estación de tren o parada de bus de Alcalà de Xivert, podrá ser subvencionado hasta el 50 % del presupuesto protegible.
  • 3 Las cuantías máximas de las ayudas previstas podrán ser objeto de revisión en los términos que se acuerden por la Junta de Gobierno Local.
  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA Y PRIORIZACIÓN. Ayuntamiento de Alcalà de Xivert C/ Purissima, nº 21, Alcalá de Xivert. 12570 Castellón / Castelló. Tfno. 964410301. Fax: 964410139
  • Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 323 480.04 “Ayudas bono tren y bono bús.” del Presupuesto municipal y con un importe inicial de 6.000,00 €. Esta cantidad prevista podrá ser incrementada o disminuida previo acuerdo de la Junta de Gobierno en función de las disponibilidades de la partida. La concesión de las ayudas estará condicionada a las cuantías aprobadas, priorizándose siempre las solicitudes según fecha de registro de entrada.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención del mismo.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.1Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Alcalá de Xivert, a través del Área de Economía y Hacienda, podrá otorgar a fin de sufragar parte de los gastos derivados del uso del tren o del autobús, a los residentes en Alcalà de Xivert que cursen estudios reglados fuera del municipio. Estas ayudas económicas tienen la forma de subvenciones a fondo perdido, siempre que el solicitante tenga la condición de estudiante, resida en Alcalà de Xivert, y curse estudios reglados fuera del municipio, y reúna el resto de requisitos dispuestos en estas bases.