Personas jurídicasJóvenesES523 - Valencia / València

subvenciones, a través de procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de acción climátic…

Título oficial: Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones, a través de procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de acción climática local liderados por jóvenes, en el marco del programa "Youth Climate Action Fund (YCAF)".

proyectos. Objeto de la convocatoria La pres ente convocatoria tiene por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones del programa «Juventud y Acción Climática València 2026», financiado en el marco de la iniciativa internacional Youth Climate Action Fund ( YCAF), destinadas a financiar proyectos de acción climática liderados por personas jóvenes y desarrollados principalmente en el término municipal de València, orientados a la mitigación y adaptación al cambio climático, la mejora de la resiliencia urbana, la sensibilización ambiental y la participación juvenil en el diseño e implementación de soluciones frente a los retos climáticos locales…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona FUNDACIÓN DE LA CV PARA LA PROMOCIÓN ESTRATÉGICA, EL DESARROLLO Y LA INNOVACIÓN URBANA (INNDEA).

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €. Plazo: Fin: 02/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán participar en la presente convocatoria las organizaciones dirigidas por jóvenes, las organizaciones al servicio de la juventud y las entidades patrocinadoras o de interés general legalmente constituidas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras. Tendrán la consideración de entidades elegibles, entre otras, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, organizaciones benéficas reconocidas conforme a la normativa aplicable y entidades públicas. Las entidades participantes deberán disponer de fines sociales, educativos, ambientales, comunitarios o benéficos compatibles con el objeto de la presente convocatoria. Entidades excluidas
  • No podrán participar en la presente convocatoria:
  • Las empresas privadas con ánimo de lucro.
  • Las organizaciones vinculadas o afiliadas a partidos políticos. Asimismo, quedarán excluidas aquellas entidades que no cumplan los requisitos de elegibilidad establecidos en las presentes bases o en los criterios del programa Youth Climate Action Fund. Requisitos de las entidades participantes Las entidades solicitantes deberán reunir, en la fecha de finalización del plazo de
  • Estar válidamente constituidas y disponer de personalidad jurídica propia o estatus legal reconocido conforme a la normativa que resulte de aplicación.
  • Disponer de una cuenta bancaria titularidad de la entidad.
  • Contar con capacidad administrativa, técnica y financiera suficiente para gestionar la ayuda concedida y ejecutar adecuadamente el proyecto presentado.
  • Desarrollar actuaciones alineadas con el objeto de la presente convocatoria y con los objetivos perseguidos por el programa Youth Climate Action Fund.
  • No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Subrogación y sucesión de la condición de beneficiaria En caso de fusión, absorción, escisión, transformación, sucesión universal, modificación estructural o cualquier otra circunstancia jurídica que suponga la sustitución de la entidad beneficiaria durante el periodo de ejecución o justificación de la subvenc ión, la entidad resultante podrá subrogarse en los derechos y obligaciones derivados de la presente convocatoria, previa autorización expresa de la Fundación de la Comunitat Valenciana para la Promoción Estratégica, el Desarrollo y la Innovación Urbana.
  • La entidad que pretenda subrogarse deberá acreditar documentalmente:
  • La efectiva sucesión jurídica de la entidad beneficiaria inicial.
  • El cumplimiento de los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria.
  • Plazo de ejecución de los proyectos Los proyectos subvencionados deberán ejecutarse íntegramente dentro del periodo comprendido entre la fecha de publicación de la resolución definitiva de concesión y el 15 de abril de 2027, fecha límite establecida por el programa Youth Climate Action Fund (YCAF) para la finalización de las actuaciones subvencionadas. En ningún caso podrán considerarse subvencionables actividades ejecutadas con posterioridad al 15 de abril de 2027.
  • Plazo y presentación de solicitudes La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Las entidades interesadas deberán presentar su solicitud mediante la cumplimentación del formulario habilitado al efecto, disponible a través del siguiente enlace: FORMULARIO
  • Página 15 de 37 El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València (BOP) y permanecerá abierto hasta el 2 de noviembre de 2026, inclusive. No se admitirán solicitudes presentadas fuera del plazo establecido. La presentación de solicitudes fuera de plazo, así como la falta de utilización del formulario normalizado habilitado al efecto, determinará su inadmisión. Cada proyecto deberá presentarse mediante una solicitud independiente y adscribirse a una única categoría de las previstas en las presentes bases. La Fundación podrá acordar, cuando concurran circunstancias que lo justifiquen, la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, que será objeto de la correspondiente publicidad en los medios legalmente previstos. Documentación a presentar Junto con la solicitud deberán aportarse los documentos que se indican en las
  • Declaración responsable conforme al modelo normalizado.
  • Memoria descriptiva del proyecto.
  • Vídeo de presentación del proyecto.
  • Aquella otra documentación que, en su caso, se establezca en los modelos normalizados de solicitud. El vídeo deberá tener una duración mínima de un (1) minuto y máxima de dos (2) minutos y estar protagonizado, al menos, por una de las personas jóvenes responsables del proyecto. El vídeo podrá aportarse mediante enlace electrónico incorporado al formulario de solicitud.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Gastos subvencionables · eligible
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza del proyecto subvencionado, resulten estrictamente necesarios para su ejecución y se realicen dentro del periodo de ejecución establecido en las presentes bases, de conformidad con lo previsto en el
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Servicios o actuaciones ya financiados o cubiertos mediante programas, contratos o iniciativas municipales existentes.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Gastos generales de funcionamiento ordinario de la entidad beneficiaria, incluyendo alquileres permanentes, suministros generales, gastos estructurales o servicios no vinculados directamente al proyecto subvencionado.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Actividades de lobby, incidencia política, campañas electorales, registro de votantes, actividades partidistas o actuaciones de naturaleza político-electoral.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Actividades comerciales o con finalidad lucrativa.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Retribuciones, dietas o pagos a cargos electos o personal al servicio de cualquier administración pública.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Gastos de constitución, inscripción o registro de asociaciones, fundaciones u otras entidades.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Becas, ayudas individuales o entregas dinerarias directas a personas físicas o familias.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Actividades de captación de fondos, campañas de financiación, constitución de fondos patrimoniales o dotaciones permanentes.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Eventos, actividades o actuaciones que no guarden una relación directa con la acción climática impulsada por personas jóvenes o con los objetivos de la presente convocatoria.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Los impuestos indirectos susceptibles de recuperación o compensación por la entidad beneficiaria, así como los impuestos personales sobre la renta.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Los intereses deudores de cuentas bancarias, recargos, sanciones administrativas o penales, gastos derivados de procedimientos judiciales y cualesquiera otros gastos financieros no directamente vinculados al proyecto subvencionado.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Los pagos realizados en efectivo.
  • No tendrán la consideración de gastos subvencionables los siguientes conceptos: · eligible
    Honorarios, tarifas o retribuciones satisfechas a ponentes, conferenciantes o personas intervinientes en eventos o actividades puntuales.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

proyectos. Objeto de la convocatoria La pres ente convocatoria tiene por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones del programa «Juventud y Acción Climática València 2026», financiado en el marco de la iniciativa internacional Youth Climate Action Fund ( YCAF), destinadas a financiar proyectos de acción climática liderados por personas jóvenes y desarrollados principalmente en el término municipal de València, orientados a la mitigación y adaptación al cambio climático, la mejora de la resiliencia urbana, la sensibilización ambiental y la participación juvenil en el diseño e implementación de soluciones frente a los retos climáticos locales. Finalidad de la convocatoria Las subvenciones tienen por finalidad fomentar la participación activa de las personas jóvenes en el diseño, desarrollo e implementación de soluciones frente a los retos climáticos de la ciudad de València, promoviendo iniciativas alineadas con las prioridades municipales en materia de sostenibilidad, resiliencia urbana y acción climática.