Bases reguladoras y convocatoria campaña de fomento del consumo, bono consumo en sus municipios, relativa a la subvenci · 2026

Título oficial: Bases reguladoras y convocatoria campaña de fomento del consumo, bono consumo en sus municipios, relativa a la subvención concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante. Bono-Consumo Guardamar 2026.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GUARDAMAR DEL SEGURA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 271.676,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Instrucción del procedimiento.
  • Cobro de los bonos por los comerciantes.
  • Del tratamiento fiscal de las ayudas.
  • Tener el domicilio fiscal en el municipio de Guardamar del Segura o en su caso, establecimiento físico o venta no sedentaria afecta a la actividad económica en el término municipal de Guardamar del Segura
  • Quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro y el personal autónomo colaborador. La solicitud de participación en la campaña se realizará mediante LA PRESENTACIÓN
  • Solicitud adhesión Campaña Bono Consumo Guardamar 2026 (ANEXO I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT.
  • Mantenimiento de Terceros debidamente cumplimentado, firmado y sellado por la entidad bancaria (Anexo V)
  • Certificado del cumplimiento de las obligaciones tributarias frente de Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), y frente a la Tesorerı́a General de la Seguridad Social (TGSS) Se realizará una única solicitud de adhesión por establecimiento o local afecto a la actividad económica y que cumpla con los requisitos de la convocatoria. Si los datos facilitados por el establecimiento no se correspondieran con los requisitos exigidos en estas bases, este podrá quedar excluido de la campaña. No se considerará solicitud válida aquella que no haya presentado la documentación establecida en la base 5ª. El plazo de presentación de solicitudes para los establecimientos que deseen participar, será desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP hasta el 23 de octubre de 2026, incluido. Una vez concluido el plazo y publicado el listado de establecimientos adheridos recibirán en su mail el usuario y la contraseña para acceder a la plataforma ubicada en la web https://guardamar.bonoconsumo.app
  • - Documentación para la adhesión de los establecimientos a la campaña.
  • Los establecimientos deberán rellenar en la web junto con la solicitud de adhesión:
  • Declaración responsable (Anexo II) en relación a las siguientes circunstancias: Que son ciertos los datos que constan en la presente solicitud y en la documentación adjunta.
  • Que acepto cada una de las bases y convocatoria de las BASES REGULADORAS Y
  • Que asume el compromiso de colaborar con la campaña de bonos, aplicando el importe del bono que después le será abonado por el Ayuntamiento, una ver aportados los justificantes requeridos en las presentes bases.
  • Que acepto ser incluido como establecimiento colaborador del programa de bonos en los soportes publicitarios del programa webs, redes sociales, etc… Página 4 de 12 Ayuntamiento de Guardamar del Segura Plaza Constitución nº 5, Guardamar del Segura. 03140 Alicante. Tfno. 965729014. Fax: 966728195
  • Que acepto adjuntar factura a nombre del consumidor final indicando nombre y apellidos, DNI/NIE y concepto (incluirá el descuento del bono con su identificación numérica) conforme con la normativa legal aplicable como prueba del canje del bono y ser responsable de requerir el DNI/NIE previo a la venta con bono a los efectos de verificar la relación del mismo con la identificación del bono a canjear.
  • Ficha de Mantenimiento de Terceros debidamente cumplimentado, firmado y sellado por la entidad bancaria (Anexo V)
  • Certificado del cumplimiento de las obligaciones tributarias frente de Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), y frente a la Tesorerı́a General de la Seguridad Social
  • - Beneficiarios. Serán beneficiarios de esta campaña las personas físicas, mayores de 18 años, estén o no empadronadas en el municipio de Guardamar del Segura, que soliciten la subvención a través de la adquisición de los bonos en la plataforma habilitada para ello y, hasta agotar el crédito disponible y aceptando la totalidad de las bases publicadas en el BOP de Alicante.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Comercio, Turismo y Pymes