Personas jurídicasEstudiantes y educaciónES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

Bases reguladoras concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Navia para la realización de actividades culturales, so · 2026

Título oficial: Bases reguladoras concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Navia para la realización de actividades culturales, sociales y centros escolares ejercicio 2026

1.-La presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de las subvenciones del Ayuntamiento de Navia para la realización de actividades culturales, sociales y para centros escolares en el municipio de Navia durante el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE NAVIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 23.500,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • -Podrán ser beneficiarios de este programa de subvenciones las asociaciones que cumplan los
  • Que desarrollen la actividad objeto de subvención en el Municipio de Navia o que atiendan necesidades de usuarios del municipio.
  • Que estén debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Navia.
  • Que estén al corriente de las obligaciones fiscales (con las administraciones del Estado, Autonómica y Local) y frente a la Seguridad Social.
  • En caso de que la actividad objeto de subvención tenga relación directa con menores, deberán acreditar que ninguna de las personas de la entidad, que mantengan contacto habitual con éstos, posean antecedentes por delitos de naturaleza sexual.
  • Que hayan justificado en el tiempo y la forma establecidos al efecto las subvenciones municipales recibidas en años anteriores.
  • Que dispongan de estructura y capacidad suficientes para garantizar la gestión de la subvención.
  • Haber realizado actividad educativa, social o cultural durante el año anterior al de la convocatoria.
  • -Para concurrir a la presente convocatoria de subvenciones, será necesaria la aportación de la
  • Instancia de solicitud de la subvención conforme al modelo normalizado incluido en el Anexo I de esta convocatoria, debidamente cumplimentado en todos sus apartados referentes al proyecto así como firmado y sellado por las personas que tengan capacidad legal para representar a la entidad solicitante. Se incluirán EXCLUSIVAMENTE la relación de facturas vinculadas con el proyecto a efectos de establecer el coste estimado del mismo. Para aquellos casos en los que no se disponga de factura proforma, se podrá consignar el importe del presupuesto facilitado por el proveedor. Del coste estimado total del proyecto, se indicará el IMPORTE de la SUBVENCIÓN SOLICITADA, con un máximo del 50% del total.
  • Certificados expedidos por la administración competente de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales (con las administraciones del Estado, Autonómica y Local) y frente a la Seguridad Social, o en su defecto, autorización, incluida en los impresos de solicitud, para su obtención por parte del Ayuntamiento de Navia.
  • Declaración responsable del Presidente, de que obran en poder de la entidad, los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales, de las personas de la entidad que mantenga contacto habitual con menores. (Solamente en caso de que la actividad objeto de subvención tenga relación directa con menores), que se adjunta como Anexo II.
  • -El Ayuntamiento de Navia podrá requerir la aportación de otra documentación complementaria o aclaratoria para mejor valoración y ponderación de las solicitudes presentadas.
  • -Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días , indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • -La concesión de subvenciones a los beneficiarios no genera derecho alguno en la percepción de cualquier otra ayuda o subvención en futuras convocatorias.
  • Datos de la Convocatoria: Convocatoria de Subvenciones del Ayuntamiento de Navia a entidades culturales, sociales y centros escolares para 2026.
  • - Datos de la Entidad solicitante:
  • -Autorización: Para la tramitación de esta solicitud, el Ayuntamiento de Navia precisará consultar, a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, la información relativa al cumplimiento de obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y con la Tesorería General de la Seguridad Social. En caso de no autorizarla, deberá aportar los certificados.
  • Deberá contener al menos la siguiente información:
  • - Composición de la Junta Directiva.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Quinta.- Gastos subvencionables. · eligible
    -Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en estas Bases, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada, y se realicen en el ejercicio de la correspondiente convocatoria, admitiéndose únicamente los que se devenguen en cualquier momento del año de concesión de la subvención.
  • Quinta.- Gastos subvencionables. · eligible
    -La naturaleza y características de dichos gastos se ajustarán estrictamente a lo dispuesto en el
  • Se consideran, con carácter general, como gastos subvencionables: · eligible
    Gastos directos, aquellos derivados específicamente del desarrollo de la actividad o programa subvencionados.
  • Se consideran, con carácter general, como gastos subvencionables: · eligible
    Gastos indirectos, aquellos costes variables imputables a varias de las actividades que el beneficiario desarrolla o bien costes de estructura que sin ser directamente imputables a la actividad Ayto. de Navia * C/ Real , 6 * 33710 * Navia * ASTURIAS * Tel: 985630094 * Fax: 985473206 * http://www.ayto-navia.es
  • Se consideran, con carácter general, como gastos subvencionables: · eligible
    403P5Z1R5Y3J521Z0G08 concreta subvencionada, sean necesarios para que ésta se lleve a cabo. Serán gastos subvencionables siempre y cuando la convocatoria de la subvención o el convenio de colaboración así lo prevean. El criterio de imputación por el beneficiario a la actividad subvencionada se realizará en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realice la actividad.
  • Se consideran, con carácter general, como gastos subvencionables: · eligible
    No se admitirán como justificantes de la subvención aquellas facturas correspondientes a la adquisición de mercancías o bienes inventariables que más tarde puedan ser objeto de venta generando una plusvalía.
  • Se consideran, con carácter general, como gastos subvencionables: · eligible
    Asimismo no se admitirán como justificantes de la subvención facturas relacionadas con actividades que promuevan actitudes denigrantes, sexistas o discriminatorias frente a determinados colectivos, y en general, aquellas que puedan suponer una vulneración de los derechos de las personas.
  • Se consideran, con carácter general, como gastos subvencionables: · eligible
    Las entidades que disfruten de local municipal no podrán solicitar subvención de funcionamiento interno de aquellos gastos que no estén plenamente asumidos por la Asociación.
  • En ningún caso se considerará gastos subvencionables tributos y demás ingresos de derecho publico del Ayuntamiento de Na · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias. Ayto. de Navia * C/ Real , 6 * 33710 * Navia * ASTURIAS * Tel: 985630094 * Fax: 985473206 * http://www.ayto-navia.es
  • En ningún caso se considerará gastos subvencionables tributos y demás ingresos de derecho publico del Ayuntamiento de Na · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales
  • En ningún caso se considerará gastos subvencionables tributos y demás ingresos de derecho publico del Ayuntamiento de Na · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales”

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

1.-La presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de las subvenciones del Ayuntamiento de Navia para la realización de actividades culturales, sociales y para centros escolares en el municipio de Navia durante el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva.