Personas jurídicasES212 - Gipuzkoa

BASES POR LA QUE SE ESTABLECE LA CONCESION DE SUBVENCIONES POR LA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO DE COMPARSAS Y CARROZAS · 2027

Título oficial: BASES POR LA QUE SE ESTABLECE LA CONCESION DE SUBVENCIONES POR LA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO DE COMPARSAS Y CARROZAS Y OTRAS ACTIVIDADES DE LOS CARNAVALES DE SAN SEBASTIÁN Y CONVOCATORIA AÑO 2027.

Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones por la participación en el Concurso de Comparsas y Carrozas y otras actividades de los carnavales de Donostia/San Sebastián el año 2027, en régimen de concurrencia competitiva. La participación de las Comparsas que se inscriban en el Concurso se determinará en aplicación de las Bases de Participación aprobadas por la Dirección - Gerencia de DONOSTIA KULTURA para el año 2027. Las citadas bases podrán consultarse en la página web www.donostiakultura.eus. Estas ayudas quedan enmarcadas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES212 - Gipuzkoa. La gestiona ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL DE CULTURA- DONOSTIA KULTURA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 35.607,59 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 31/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las entidades interesadas deberán solicitar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos en los términos indicados en el
  • actividades Las solicitudes, realizadas conforme al formulario web de solicitud, deben ir acompañadas necesariamente
  • de la siguiente documentación: * En caso de que la persona solicitante no sea quien ostente la presidencia de la entidad, la representación de la entidad solicitante podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. * En el supuesto de que la persona firmante no coincida con la que figura en los respectivos registros se procederá a requerir a la entidad la documentación acreditativa del nombramiento actualizado y será incorporada al expediente. Una vez presentada la solicitud de subvención, las entidades solicitantes, a requerimiento del órgano instructor, deberán aportar toda la información relativa a la actividad a realizar, así como aquella que pudiese incidir en la valoración conforme a lo di spuesto en el
  • De acuerdo al artículo 30.7 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre y de acuerdo al artículo 72.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a efectos de considerar justificada la actividad, Donostia Kultura comprobará de oficio la participación en la actividad objeto de la subvención mediante la comprobación de su realización a través de la autorización municipal pertinente , la constatación de las actividades para la que la subvención se solicita. Sin perjuicio de lo anterior, el órgano competente podrá solicitar a los beneficiarios cuantas aclaraciones o documentos estime necesarios para la verificación de la justificación.
  • Son obligaciones de la entidad beneficiaria: a. Realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. b. Acreditar la realización de la actividad o la adopción del comportamiento, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la subvención. c. Obtener cuantas autorizaciones sean precisas para el desarrollo de la actividad subvencionada y cumplir sus determinaciones. d. Someterse y colaborar en los términos de la legislación vigente a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones por la participación en el Concurso de Comparsas y Carrozas y otras actividades de los carnavales de Donostia/San Sebastián el año 2027, en régimen de concurrencia competitiva. La participación de las Comparsas que se inscriban en el Concurso se determinará en aplicación de las Bases de Participación aprobadas por la Dirección - Gerencia de DONOSTIA KULTURA para el año 2027. Las citadas bases podrán consultarse en la página web www.donostiakultura.eus. Estas ayudas quedan enmarcadas en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026.