Bases para la regulación de la convocatoria para hacer la concesión de las ayudas para salidas y colonias escolares del · 2026

Título oficial: Bases para la regulación de la convocatoria para hacer la concesión de las ayudas para salidas y colonias escolares del curso 2026-27

El objeto de la convocatoria es ayudar, a través de una prestación económica, a las personas y familias con menores a cargo, empadronadas en Vilassar de Dalt que estén en edad escolar, cursando educación infantil de segundo ciclo, primaria y/o secundaria obligatoria y con dificultades socioeconómicas, en el marco de salidas escolares durante el curso 2026-27. Estas ayudas son individuales y se realiz arán a través de la concesión de una prestación económica a favor de la entidad en la cual se realice la actividad.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILASSAR DE DALT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €. Inicio: 08/09/2026. Plazo: Fin: 29/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Las personas menores empadronadas en Vilassar de Dalt que estén escolarizadas en centros de Educación Infantil de segundo ciclo , Primaria/Secundaria obligatoria (de I3 a 4o de la ESO).
  • Pueden so licitar las ayudas los padres, madres y personas encargadas temporalmente de la guarda de la persona menor también en el caso que no se encuentre empadronada en el municipio (se exigirá presentar documentación que lo acredite).
  • Las personas que cumplan con los requisitos económicos establecidos.
  • 1 Además de reunir las condiciones para ser persona beneficiaria previstas en el punto 2, para participar en el proceso de concesión de ayudas, es necesario dar
  • Presentar la solicitud y la documentación imprescindible descrita en el artículo 6, así como aquella documentación que sea procedente en función de cada cas o, prevista en estas bases, en los plazos y la forma establecida en la convocatoria.
  • Cómputo de renta familiar: El cómputo se calculará en función de los miembros computables de la unidad familiar y por la agregación de las unidades de consumo
  • Primer adulto (sustentador principal) : 13.861,50€
  • Segundo adulto (sustentador principal) y otros adultos que integren la unidad familiar: 6.930,70€
  • Por cada menor de la unidad familiar: 4.158,45€
  • 2 Para poder ser beneficiario de estas ayudas, hará falta que las familias solicitantes estén al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Vilassar de Dalt, la Seguridad Social y el resto de las administraciones públicas.
  • 3 En casos excepcionales, el Ayunta miento podrá otorgar la ayuda pa ra la actividad de salidas y colonias escolares curso 2026 -2027, a pesar de que no se cumplan los requisitos a que se hace referencia en el apartad o anterior, cuando los Servicios Sociales lo consideren y propongan, mediante la presentación de un informe motivado. El Ayuntamiento de Vilassar de Dalt se reserva el derecho de solicitar información complementaria no prevista en estas bases, así como de acuerdo con la normativa vigente, de revocar, modificar o anular las subvenciones y ayudas concedidas por alteración sustancial de las condiciones que han motivado su otorgamiento.
  • Importe máximo de la ayuda El importe de las ayudas para salidas y coloni as escolares curso 202 6-27 irá a cargo de la aplicación presupuestaria “ 26.02.23100.4800016 – Subv. concurrencia salidas y colonias” del vigente presupuesto municipal, por un importe de 10.000 (EUROS).
  • 45,00 € (CUARENTA Y CINCO EUROS) por alumnado de I3, I4 de Educación Infantil y 1º, 3º, 5º de Primaria
  • 65,00 € (SESENTA Y CINCO EUROS) por alumnado de 2º, 3º y 4º de Secundaria.
  • 105,00 € (CIENTO CINCO EUROS) por alumnado de I5 de Educación Infantil 2º, 4º, 6º de Primaria y 1º ESO. En el supuesto de que el crédito presupuestado sea insuficiente para dar cobertura a todas las solicitudes presentadas con derecho a beca, el Ayuntamiento podrá, previa modificación presupuestaria, incrementar la dotación asignada en la partida que se indica en el punto anterior, previamente a la reunión de la comisión calificadora. De esta forma, cuando la comisión calificadora se reúna para emitir su propuesta de otorgamiento, la partida presupuestaria dispondrá del crédito sufic iente para la aprobación del listado definitivo de otorgamientos y denegaciones.
  • Baremo específico de la valoración
  • 1. Según la puntuación obtenida por el baremo que se transcribe a continuación:
  • Situación económica (puntuación máxima 6 puntos): Umbral de renta familiar. 6 puntos, calculado automáticamente, en caso de no superar los umbrales establecidos en el cuadro de la cláusula 3.1.b)
  • Situación familiar (puntuación máxima 15 puntos):
  • Familia numerosa (A creditación con la tarjeta de familia numerosa general o especial):

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de la convocatoria es ayudar, a través de una prestación económica, a las personas y familias con menores a cargo, empadronadas en Vilassar de Dalt que estén en edad escolar, cursando educación infantil de segundo ciclo, primaria y/o secundaria obligatoria y con dificultades socioeconómicas, en el marco de salidas escolares durante el curso 2026-27. Estas ayudas son individuales y se realiz arán a través de la concesión de una prestación económica a favor de la entidad en la cual se realice la actividad.