Personas jurídicasES614 - Granada

Bases que han de regir la VII convocatoria de creación material Atarfe 2026

Título oficial: Bases que han de regir la VII convocatoria de creación material Atarfe 2026

Cód. Validación: 9W9TTQLTH4M7GY9XNPMS74P3P Verificación: https://atarfe.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 13

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES614 - Granada. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ATARFE.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1. La persona joven que presente proyecto deberá estar empadronada en el municipio de Atarfe.
  • 2. La propuesta de material elaborado al amparo de la presente convocatoria deberá ser original (mínimo el 80%), y certificar que el material es fruto de su creatividad personal y que no se han infringido los derechos de autor de otras personas.
  • 3 En caso de contar con textos, imágenes o recursos de otros/as autores/as (máximo 20%), deberá presentar autorización expresa de las personas autoras. 4.4. No podrá estar concurriendo en otros concursos, al mismo tiempo, siendo responsable la personas autora de que así sea.
  • 5. Se entregará en formato digital, pudiendo hacer uso de los diferentes formatos (texto, audiovisual, fotográfico, audio, etc.), que considere más oportuno según la temática elegida y accesible al mayor número de personas destinatarias.
  • 6. Se excluirán todos aquellos materiales que tengan connotaciones sexistas, xenófobas, racistas, homófobas u ofensivas contra personas o instituciones.
  • 7. El material tiene que llevar el logo del Ayuntamiento de Atarfe, poner concejalía de Juventud y el logo de Diputación de Granada.
  • 8. Las personas participantes deberán guardar copias del material enviado, ya que éstos no se devolverán.
  • 9. Cuando el material presentado incluya imágenes, voz u otros datos personales de terceras personas identificadas o identificables, la persona participante deberá disponer de las autorizaciones o habilitación jurídica que resulten necesarias para su incorporación al material y para su posterior utilización y difusión por el Ayuntamiento de Atarfe en los términos previstos en estas bases, debiendo poder acreditarlo cuando le
  • Propiedad Intelectual y Derechos de reproducción.
  • 1. La propiedad de los materiales premiados se cederá al Ayuntamiento de Atarfe, el cual se reserva todos los derechos de propiedad y uso de las propuestas premiadas.
  • 2. El Ayuntamiento de Atarfe se reserva el derecho de uso mediante los formatos y a través de los medios que considere oportunos, el derecho de modificar el material a fin de optimizarlo para su posterior utilización, el de adaptar el material cuando sea necesario.
  • La documentación a presentar será la siguiente:
  • Modelo de solicitud. (Anexo I).
  • Modelo Proyecto (Anexo II). No puede aparecer ningún dato de carácter personal relativo a la persona autora.
  • Modelo de declaración responsable firmada por la persona autora, en la que se exprese que el trabajo presentado es original (mínimo 80%) y no ha sido comercializado ni premiado anteriormente, que la propuesta presentada no está concurriendo en otros concursos y que no ha utilizado el trabajo de ninguna tercera persona o en su caso que tiene el consentimiento de la persona autora (Anexo III).
  • El Material se entregará en un pen en formato digital, en un fichero ejecutable o reproducible, no puede ser una url de un servicio online. No puede aparecer ningún dato de carácter personal relativo a la persona autora. El pen podrá recogerse una vez finalizado el concurso. El cumplimiento de los requisitos de edad y empadronamiento en el municipio de Atarfe será comprobado de oficio por el Ayuntamiento.
  • 5 / 10 Ayuntamiento de Atarfe Cuando dicha comprobación no resulte posible, se requerirá a la persona interesada la documentación necesaria para acreditar el requisito correspondiente.
  • Lugar y plazo de presentación. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Atarfe, habrá 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia Granada. 1º. Se presentará la solicitud (Anexo I), en el registro. 2º. La documentación restante, se presentará en un sobre cerrado en blanco sin ningún dato, este sobre será sellado por la persona de registro con la fecha de entrada únicamente (una vez registrada la instancia general), a su vez, dentro de este sobre, habrá dos sobres más cerrados con la documentación requerida. En estos dos últimos sobres, se pondrá
  • Sobre «A»: “Datos personales”. Incorporar también en este sobre el
  • DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA ☐ Declaración responsable. ☐ Proyecto con las características del trabajo (Anexo II). Sin datos del autor/a. ☐ Material en un pen, sin datos del autor/a. El/La abajo firmante socita ser admitido al concurso convocado por el área de Juventud del Ayuntamiento de Atarfe, “Creación de material Atarfe 2026”, al que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud, y a presentar la documentación según se requiere en las bases de la convocatoria. En Atarfe a de de 2026.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados