BASES ESPECÍFICAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES703 - El Hierro. La gestiona CABILDO INSULAR DE HIERRO, EL.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 100.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que la actividad subvencionable o los recursos necesarios para su realización sean medibles en unidades físicas
  • Que exista una evidencia o referencia del valor de mercado de la actividad subvencionable o, en su caso, del de los recursos a emplear.
  • Que el importe unitario de los módulos, que podrá contener una parte fija y otra variable en función del nivel de actividad, se determine sobre la base del informe técnico motivado, en el que contemplarán las variables técnicas, económicas y financieras que se han tenido en cuenta para la determinación del módulo, sobre la base de valores medios de mercado estimados para la realización de la actividad o del servicio objeto de la subvención. La cuenta justificativa deberá tener el siguiente contenido
  • Una memoria de actuación justificativa de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica con el siguiente contenido mínimo: o Acreditación o, en su defecto, declaración del beneficiario sobre el número de unidades físicas consideradas como módulo. o Cuantía de la subvención calculada sobre la base de las actividades cuantificadas en la memoria de actuación y los módulos contemplados en las bases reguladoras o, en su caso, en órdenes de convocatoria. o Información de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. o La cuenta justificativa se presentará junto a la propuesta de concesión de dichas subvenciones. Cabildo Insular de El Hierro Pág.11 de 13
  • - Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente, cuando se produzca alguno de los supuestos previstos en el artículo 37 de la
  • - Las personas beneficiarias de las subvenciones quedarán sometidas a las responsabilidades y régimen sancionador regulado en el Título IV de la LGS, sobre infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones. El procedimiento sancionador se regirá por lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
  • - El derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro de las subvenciones prescribirá a los cuatro años, computándose dicho plazo según lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. La prescripción del plazo para exigir al beneficiario de la subvención el reintegro de ésta no exime de la obligación de justificar el objeto que dio lugar a la concesión, no siendo el mero transcurso del tiempo un medio de justificación. DÉCIMOTERCERA. - Tratamiento de datos personales. De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y a los efectos correspondientes, se
  • Responsable del tratamiento de los datos: Cabido Insular de El Hierro (CIF: P-3800003J; C/Doctor Quintero Magdaleno, 11 -38900- Valverde), en su condición de único destinatario de la información aportada voluntariamente.
  • Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar la solicitud de subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de inversiones y obras de actuación en las explotaciones ganaderas.
  • Tiempo de conservación de los datos: Durante el plazo de vigencia de este expediente. No obstante, los datos serán conservados con fines de archivo de interés público o fines estadísticos.
  • Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de los poderes públicos o competencias propias.
  • Cesión a terceras personas: Los datos no serán cedidos a terceras personas ajenas al Cabildo Insular, salvo que deban ser comunicados a otras entidades públicas por imperativo legal.
  • Derechos: Derecho de acceso a los datos por los interesados, solicitar su rectificación o, en su caso, cancelación, oposición o solicitar su supresión. Podrá solicitar la limitación del Cabildo Insular de El Hierro Pág.12 de 13
  • - La subvención concedida será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones, entes u organismos del sector público o privado, nacionales, internacionales o de la Unión Europea.
  • - El importe de las subvenciones complementarias percibidas no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada, de conformidad con lo previsto en el artículo 19.2 de la LGS. Asimismo, se deberá comunicar de forma inmediata al Cabildo de El Hierro la concesión de cualquier otra subvención para la misma actividad.
  • - Cuando se produzca exceso de la subvención otorgada por el Cabildo y por otras Entidades públicas o privadas respecto del coste de la actividad objeto de la presente convocatoria, el beneficiario deberá reintegrar tal exceso junto con los intereses de demora. Sin perjuicio de lo anterior, cuando el Cabildo advierta este exceso de financiación exigirá el reintegro por dicho importe hasta el límite de la subvención otorgada. Cabildo Insular de El Hierro Pág.13 de 13

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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