Personas físicasES432 - Cáceres

BASES ESPECÍFICAS CONVOCATORIA AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES PARA 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCÁNTARA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Ser mayores de edad o que, aún siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o estén emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la Cód. Validación: 6Q7LTDZR9T57ZS9DW96QZJ7EW Verificación: https://alcantara.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8
  • Residir en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma, con una antigüedad de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. El requisito de antigüedad no será exigible a los emigrantes extremeños retornados, a los transeúntes, a los extranjeros refugiados o con solicitud de asilo en trámite, así como a los que tengan autorizada su estancia por razones humanitarias o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia comprometa gravemente la subsistencia del mismo o de su unidad de convivencia y así se haya acreditado en el informe motivado emitido por el Servicio Social de Atención Social Básica.
  • La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal, establecidas en los artículos 17 a 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
  • Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones Públicas.
  • Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
  • Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.
  • Residan en centros que pertenezcan a instituciones o entidades que estén obligadas a atender las necesidades básicas de subsistencia de sus residentes o estén ingresados con carácter permanente en un centro residencial o de carácter social, sanitario, socio sanitario, ya sea público, concertado o privado.
  • Convivan temporalmente en el mismo domicilio por razones de estudios.
  • Quienes estén conectados fraudulentamente a la red.
  • No haber reintegrado las cuantías indebidamente abonadas, por causa imputable a los beneficiarios, de una ayuda para suministros mínimos vitales concedida en los dos años anteriores, a contar desde la fecha de su concesión. Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y durante la percepción de la ayuda. La concesión de la ayuda para suministros mínimos vitales será compatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o privadas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe total abonado, individualmente o en concurrencia con otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto facturado. Se entenderá como persona beneficiaria de la ayuda a todos los miembros de la unidad de convivencia, si bien solo, podrá ser reconocida a favor de la persona solicitante miembro de dicha unidad. Cód. Validación: 6Q7LTDZR9T57ZS9DW96QZJ7EW Verificación: https://alcantara.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8
  • CUARTA. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia, hasta que se agote el cré dito correspondiente al año 2026 de la subvención concedida para este fin por la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y en todo caso, hasta el día 31 de diciembre de 2026. Las personas interesadas presentarán su solicitud conforme al modelo establecido en la presente convocatoria. Los interesados/as, deberán entregar la solicitud debidamente cumplimentada, con toda la documentación necesaria en registro general de entrada del Ayuntamiento.
  • QUINTA. PRESUPUESTO. A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 10.849,28€ con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del Presupuesto vigente de la entidad (231.480.01). Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en la presente convocatoria para todas las solicitudes que se presenten, dando por cerrada la convocatoria en el momento que se agote el crédito dispuesto.
  • SEXTA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, según proceda en función de las circunstancias personales y/o familiares de cada unidad familiar o de
  • Modelo de solicitud conforme al formato establecido en la presente convocatoria.
  • Fotocopia de DNI, o en su caso, el NIE, de la persona solicitante, y de todos los miembros de la unidad convivencia, en vigor o documento análogo (pasaporte, solicitud o permiso temporal de residencia, solicitud de asilo…).
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Certificado de residencia o volante de convivencia colectivo del Ayuntamiento de Alcántara, donde conste los miembros de la unidad de convivencia.
  • Declaración Jurada de ingresos de la Unidad de Familiar.
  • Informe de Vida Laboral emitido por la TGSS del solicitante y de todos los miembros mayores de 16 años de la Unidad Familiar.

Gastos y actuaciones

  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de energía eléctrica y gas natural y propano , incluyendo potencia contratada, la energía consumida, el alquiler de los equipos de medida y control, en su caso, y los impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua potable y las tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro, incluyendo el alcantarillado y la basura, si constan en la misma factura.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía eléctrica, gas natural, gas propano y agua potable
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Gasto butano. En caso de facturas impagadas, pueden abonarse las mismas con independencia de la fecha de emisión de la factura y del periodo de facturación a que se refieran. En caso de facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a este Programa las ayudas concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior y las emitidas en el año en curso. La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los siguientes
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Ser mayores de edad o que, aún siendo menores de dicha edad, sean huérfanas absolutas o estén emancipadas, por concesión judicial o de quienes ejerzan la Cód. Validación: 6Q7LTDZR9T57ZS9DW96QZJ7EW Verificación: https://alcantara.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Residir en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma, con una antigüedad de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. El requisito de antigüedad no será exigible a los emigrantes extremeños retornados, a los transeúntes, a los extranjeros refugiados o con solicitud de asilo en trámite, así como a los que tengan autorizada su estancia por razones humanitarias o, excepcionalmente, cuando la situación de emergencia comprometa gravemente la subsistencia del mismo o de su unidad de convivencia y así se haya acreditado en el informe motivado emitido por el Servicio Social de Atención Social Básica.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal, establecidas en los artículos 17 a 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones Públicas.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Residan en centros que pertenezcan a instituciones o entidades que estén obligadas a atender las necesidades básicas de subsistencia de sus residentes o estén ingresados con carácter permanente en un centro residencial o de carácter social, sanitario, socio sanitario, ya sea público, concertado o privado.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Convivan temporalmente en el mismo domicilio por razones de estudios.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Quienes estén conectados fraudulentamente a la red.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    No haber reintegrado las cuantías indebidamente abonadas, por causa imputable a los beneficiarios, de una ayuda para suministros mínimos vitales concedida en los dos años anteriores, a contar desde la fecha de su concesión. Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y durante la percepción de la ayuda. La concesión de la ayuda para suministros mínimos vitales será compatible con la percepción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o privadas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe total abonado, individualmente o en concurrencia con otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto facturado. Se entenderá como persona beneficiaria de la ayuda a todos los miembros de la unidad de convivencia, si bien solo, podrá ser reconocida a favor de la persona solicitante miembro de dicha unidad. Cód. Validación: 6Q7LTDZR9T57ZS9DW96QZJ7EW Verificación: https://alcantara.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    AYUNTAMIENTO DE ALCÁNTARA, PROVINCIA DE CÁCERES Plaza de España, 1 Teléfono, 927 39 00 02- 927 39 01 27 CIF: P-1000800-A 10980 ALCÁNTARA Telefax, 927 39 08 31 P á g i n a 5 | 8 Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de convivencia y sea coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del suministro, independientemente del título en virtud del cual se habite la misma, siempre que quede acreditada la legalidad de dicho título.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    SEXTA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, según proceda en función de las circunstancias personales y/o familiares de cada unidad familiar o de
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Modelo de solicitud conforme al formato establecido en la presente convocatoria.
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Fotocopia de DNI, o en su caso, el NIE, de la persona solicitante, y de todos los miembros de la unidad convivencia, en vigor o documento análogo (pasaporte, solicitud o permiso temporal de residencia, solicitud de asilo…).
  • ayudas para suministros vitales se consideran gastos subvencionables: · eligible
    Fotocopia del libro de familia.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social