BASES ESPECIFICAS AYUDAS AL TRANSPORTE DE ESTUDIANTES HERREÑOS CURSO ESCOLAR 2026-2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES703 - El Hierro. La gestiona CABILDO INSULAR DE HIERRO, EL.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • - Estén empadronados en cualquier municipio de la isla de El Hierro, al menos durante el último año. En el supuesto de que el interesado no cumpla la condición mencionada anteriormente, podrá acreditar tal condición de empadronamiento con el empadronamiento de su padre, madre o tutor legal, al menos durante los tres últimos años. En el caso de no poder cumplir alguna de las condiciones anteriores t endrán la condición de beneficiario los hijos de emigrantes herreños retornados a esta isla en los últimos tres años.
  • - Tener menos de treinta años o haberlos cumplido dentro del curso escolar correspondiente, entendiendo como fecha de finalización del mencionado curso el 30 de septiembre del último ejercicio, es decir el 30 de septiembre de 2027, para el curso 2026-2027.
  • - Han de acreditar documentalmente que están realizando o pretenden iniciar los estudios para los que soliciten la ayuda.
  • - En relación a aquellos solicitantes de beca para la realización de Estudios de Postgrado y Master, tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas que se encuentren realizando sus estudios en el último año, o en su defecto, que los hayan finalizado en el periodo de los tres últimos cursos escolares. Para todos estos supuestos se entenderá como fecha límite para el cumplimiento de la condición de empadronamiento la del cierre del plazo establecido en la Base Séptima.
  • .- La determinación de las cuantías de las becas, se calcularán en relación a la ubicación geográfica del Centros de Estudios donde cada interesado realiza los mismos, y serán las siguientes cuantías, para estudios
  • .- Se entenderá, a los efectos de determinar la cuantía de todas estas becas, que la ubicación geográfica del Centro de Estudios será aquella donde se localice la secretaria del Centro donde se formalice la matricula oficial de los estudios correspondientes. Tal circunstancia será comprobada por la Consejería de Educación y Cultura previo a la propuesta de concesión.
  • .- Para los estudios en las Escuelas Oficiales de I diomas, el importe de la beca será en relación a la parte proporcional de las cuantías establecida anteriormente y a la jornada en horas lectivas a realizar por el alumno, según el estudio matriculado. La jornada lectiva general de referencia será la deter minada por la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Canarias, para cada año escolar de 9 meses correspondiente.
  • .- En el caso de un estudiante realice sus estudios universitarios o Ciclo Formativos y participe en programas de intercambio, la cuantía de su beca será la que le corresponda por su lugar de estudios, más la cuantía por sus estudios de intercambio, en relaciona los 1.625€ por el curso completo (9 meses). Si el estudiante cursará intercambio por menor tiempo se cuantificará de manera proporcional.
  • .- Los estudios en el extranjero objeto de estas bases, y que serán becados son aquellos conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales impartidos por universidades o instituciones de educación superior oficialmente reconocidas en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), que integra las titulaciones de grados, másteres, créditos ECTS. Cód. Validación: RK2G3ZJDJ9TNRWJ5DEP276JXC Verificación: https://elhierro.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 17
  • .- Los programas de inmersión lingüística deberán ser organizados directamente por centros educativos, instituciones académicas, organismos públicos, entidades educativas o empresas especializadas en la organización de cursos, estancias o programas educativos en el extranjero. Cuando el programa sea gestionado por una entidad privada especializada, deberá acreditarse suficientemente su solvencia, experiencia y capacidad para organizar estancias educativas internacionales de estudiantes, debiendo el interesado aportar toda la documentación necesaria, si así fuese solicitada por el órgano gestor de estas becas para acreditarlo.
  • .- Únicamente se podrá solicitar estas becas al Transporte de Estudiantes Herreños para la realización de un tipo de estudios durante el curso escolar al que se refiere la convocatoria, a excepción de los estudios de intercambio que se regularán como se determina en esta base.
  • QUINTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Se adjuntará al formulario normalizado de solicitud, accesible desde el catálogo de procedimientos de la sede electrónica del Cabildo Insular de El Hierro (https://sede.elhierro.es) , y cuyo uso es obligatorio, la siguiente
  • - Certificado de Empadronamiento del solicitante, y en su caso, del padre, madre o tutor legal en los que deberá figurar expresamente la fecha de alta en el correspondiente Padrón Municipal de Hab itantes. No se entenderá valido este certificado si es emitido por el ayuntamiento que corresponda, antes de la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de estas becas.
  • - Documento de estar matriculado oficialmente, donde se detallen las asignaturas y/o créditos a cursar, firmado y sellado por el Centro Docente. Estudios universitarios: Fotocopia del documento de Matricula. Estudios no universitarios: Certificado original o copia compulsada de certificado de matricula emitido por el centro de estudios, que acredite el estar matriculado en los estudios para los que se pide la beca, en el curso escolar de la convocatoria. No se considera válida la solicitud de matrícula. En el caso de que se cursen estudios en centros privados n o públicos, se deberá acreditar la homologación de los estudios por centros oficiales reconocidos.
  • - Fotocopia del Documento acreditativo de haber abonado al menos un pago correspondiente a las tasas (excepto los solicitantes de la Beca del MEC, Gobierno de Canarias y estudios no universitarios).
  • - Fotocopia del N.I.F/N.I.E. del solicitante.
  • - En el caso de ser hijo de emigrantes, Fotoco pia de la documentación que acredite la calidad de emigrante herreño del padre, madre o tutor legal del solicitante, en la que deberá figurar expresamente la fecha a partir de la cual se ha adquirido la condición de emigrante retornado. En el caso de los tutores legales habrá de aportar la justificación documental correspondiente.
  • - Formulario de Alta de Terce ros debidamente cumplimentado, en sede electrónica Cabildo de El Hierro, procedimiento Alta y Modificación de Terceros (Ciudadanos y Empresas), disponible en el enlace : Sede Electrónica de Cabildo Insular de El Hierro (elhierro.sedelectronica.es)
  • - Aquellos estudiantes que participan en progra mas de Intercambio (Programas Sócrates, Séneca, Erasmus, Leonardo, Intercampus, etc.), además del documento de matrícula deberán aportar acreditación de estar autorizado a la realización de los estudios de Intercambio, emitida por la Universidad de Pro cedencia, en el que figurará el periodo de estancia en el extranjero, programa de intercambio en el que va a participar, así como la Universidad de Destino. Cód. Validación: RK2G3ZJDJ9TNRWJ5DEP276JXC Verificación: https://elhierro.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 17
  • - En el caso de Master, documentación acredita tiva del cumplimiento del requisito establecido en la base 3.4, en el que el solicitante de beca se encuentre realizando sus estudios en el último año, o en su defecto, que los hayan finalizado en el periodo de los tres últimos cursos escolares.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Educación