Entidades socialesPersonas jurídicasES523 - Valencia / València

BASES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN A LA JUNTA PROVINCIAL VALENCIANA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE NÁQUERA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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Gastos y actuaciones

  • CUARTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Se considerarán gastos justificables:  Gastos de la actividad desarrollada (contratación de talleres, actividades, folletos divulgativos sobre el cáncer o vida saludable, etc)  Gastos de alquiler de material técnico para el desarrollo de la actividad objeto de subvención.  Gastos del material divulgativo, en el que aparezca que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento Nàquera. Estos no podrán contener ningún tipo de publicidad de terceros.
  • CUARTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES · ineligible
    No serán subvencionables:  Los gastos derivados de la compra de material de oficina ni la adquisición de material inventariable.  No se admitirán gastos de inversiones en infraestructuras, obras o acondicionamientos de locales.  En ningún caso serán subvencionables los gastos derivados de celebraciones gastronómicas.  En ningún caso podrá destinarse la subvención objeto del presente convenio a la financiación de gastos corrientes no inherentes al desarrollo de las actividades propias de la AECC. El Ayuntamiento no aceptará justificantes de gasto de esta tipología.  Gastos que ya hayan sido financiados por aportaciones de terceros.
  • CUARTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    siguiente documentación: Facturas originales y fotocopias fechadas en el ejercicio económico 2026. Las facturas deberán contener los requisitos exigidos con carácter general en el real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las obligaciones de facturación. Se deberán adjuntar los documentos que justifiquen que dichas facturas han sido abonadas. Cuenta justificativa del gasto que recoja como mínimo memoria detallada de las actividades, presupuesto, calendario de actividades realizadas, declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas. Documento bancario. La asociación se compromete a hacer constar de forma clara que la actividad ha sido subvencionada o patrocinada por el Excmo. Ayuntamiento, en los ejemplares de publicidad, convocatorias de las actividades, etc... Copias de los documentos o imágenes en las que conste la publicidad el patrocinio del Ayuntamiento. Certificado de estar al corriente en las obligaciones fiscales y con la Seguridad social
  • CUARTO.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    SEXTO.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES La valoración de las solicitudes se realizará por la concejalía de Bienestar Social que emitirá un informe acerca del grado de cumplimiento de los fines para los que se concedió la subvención y la adecuación de los gastos a los mismos. Estas actuaciones se elevarán a intervención para su fiscalización. Una vez emitido el informe favorable de intervención, se elevará propuesta para su aprobación a la Alcaldía . Se desestimará cualquier solicitud que no cumpla los requisitos detallados en las presentes bases.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social