Personas jurídicasES521 - Alicante / Alacant

BASES CONVOCATORIA SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES VECINALES PARA EL FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN - ANUALIDAD 2026

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos y actividades ejecutados por las asociaciones vecinales del municipio para la promoción de la participación ciudadana, así como actuaciones que propicien la convivencia y la integración de los ciudadanos en la vida sociocultural de la población, a través de actuaciones formativas, artísticas, recreativas y/o socioculturales y colaborar en los gastos de funcionamiento de dichas entidades. Se subvencionarán los gastos que se desarrollen dentro del período del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALCOY/ALCOI.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • documentation
    El plazo de solicitud de estas ayudas será de veinte días hábiles (20 días) siguientes a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Se presentará una única solicitud por entidad. Las solicitudes se realizarán exclusivamente mediante los documentos ajustados al modelo oficial y, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se presentarán de forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcoi, accediendo al trámite en la url https://sedeelectronica.alcoi.org. Para poder realizar la presentación telemática, la entidad solicitante deberá disponer de un sistema de firma electrónica de los admitidos en la sede electrónica del ayuntamiento. El Departamento de Participación Ciudadana pondrá a disposición de los interesados las bases íntegras de la convocatoria, junto con el modelo de solicitud, así como los anexos que deben acompañarla, en la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Alcoi.
  • Podrán presentar solicitud de subvención en esta convocatoria las entidades que
  • Estar legalmente constituidas.
  • Tener domicilio social en Alcoi y desarrollar sus actividades dentro del ámbito municipal.
  • Tener carácter vecinal y estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Alcoi, o que acrediten haber solicitado su inscripción con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
  • Estar al corriente en el pago de deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • No podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes tengan pendiente de justificar cualquier otra subvención municipal concedida anteriormente o sean deudores por resolución de procedencia de reintegro.
  • documentation
    Solicitud debidamente cumplimentada y firmada (Modelo de solicitud de subvención), donde deberá hacerse constar el importe de la subvención que se solicita, y que no deberá exceder del 90 % del presupuesto presentado, ni de 5.000 euros. Este importe únicamente tendrá carácter estimatorio y no será vinculante, ya que la subvención otorgada se fijará en base al sistema y a los criterios establecidos en estas bases.
  • documentation
    Fotocopia del NIF de la entidad y de la persona que ostente la representación legal de la misma, salvo que ya se hubiera presentado con anterioridad.
  • documentation
    Fotocopia de los estatutos de la entidad, salvo que ya se hubieran presentado con anterioridad.
  • documentation
    Memoria o proyecto explicativo de las actividades a realizar, con el desglose económico por actividad, firmado y sellado por la persona que ostente la representación legal de la entidad (anexo 1). En este documento deberán de detallarse las actividades, jornadas o fiestas del barrio organizadas, la colaboración
  • documentation
    Presupuesto de ingresos y gastos de las actividades a realizar. Los presupuestos deben relacionar el proyecto/actividad, con el gasto (anexo 2).
  • documentation
    Certificado de acreditación de la persona que ostente la representación legal de la entidad a fecha de la solicitud (anexo 3).
  • documentation
    Certificado del número de personas asociadas de la entidad y de la cuota aportada (Anexo 4).
  • documentation
    En caso de que el número de cuenta se haya modificado respecto al año anterior o sea la primera vez que se solicita subvención, deberá presentar el documento de mantenimiento de terceros en la sede electrónica municipal, en el trámite ‘alta o modificación de mantenimiento de terceros’. Este trámite deberá de realitzarse préviamente a la presentación de la sol·licitud de la subvención. No será necesario aportar la documentación señalada con los números 2, 3 y 8 cuando ya obren en el Ayuntamiento de Alcoi y no hayan tenido modificaciones. La falsedad en los datos aportados por los solicitantes dará lugar a la exclusión inmediata. El Ayuntamiento se reserva el derecho de solicitar cualquier otra documentación complementaria a la prevista en las presentes bases, a fin de aclarar, con más detalle, alguno de los extremos de la documentación aportada.
  • documentation
    Para el planteamiento de las actividades se deberán de poner en marcha todas la medidas de protección y seguridad básicas necesarias para poder desarrollar, con garantía, la actividad planteada. La valoración de cada solicitud para la determinación del importe a conceder a cada
  • documentation
    Actividades organizadas para el fortalecimiento del tejido asociativo, la ampliación de la base social y la mejora de la participación interna (Fiestas del barrio, fiestas populares, actividades de convivencia, actividades intergeneracionales, etc.) Criterio Puntuación Por aportar el programas de las fiestas del barrio (una fiesta anual) 0,50 puntos Por cada actividad planteada dentro de las fiestas del barrio 0,10 puntos Por cada actividad planteada para el fomento de la convivencia en el barrio (fuera del programa de las fiestas del barrio) 0,50 puntos Si, además, estas actividades tienen alguna de las características siguientes, se sumará la
  • documentation
    Actividades para el fomento de la cultura y la formación (actividades formativas,

Gastos y actuaciones

  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Serán objeto de subvención los gastos directamente relacionados con el objeto de esta convocatoria hasta un máximo del 90% de la cuantía total de estos. La asociación deberá de aportar el restante 10%. Se considerarán gastos directamente relacionados los derivados específicamente del desarrollo del proyecto o de las actividades subvencionadas. También se incluirán dentro
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Gastos derivados del alojamiento y el dominio web de la asociación
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Los servicios de protección de datos
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Seguros de responsabilidad civil
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    El alquiler de espacios o locales destinados a la realización de actividades organizadas por la asociación Que no estén directamente relacionados con el proyecto o actividades objeto de la subvención.
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Facturas de empresas de servicios por trabajos realizados para la asociación Que no estén directamente relacionados con el proyecto o actividades objeto de la subvención.
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Servicios de limpieza o la compra de material para esta finalidad
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Compra de material de oficina fungible destinado al uso general de la asociación
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Teléfono e internet
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Consumo de electricidad
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Consumo de agua potable
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Gastos de comunidad y alquiler
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Trabajos de reparación por imprevistos urgentes
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Revisiones de los equipos de extinciones de incendios
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Otros gastos similares
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    En ningún caso serán subvencionables los gastos siguientes:
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias, gastos por mantenimiento de cuentas o por las operaciones realizadas con estas entidades.
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • Novena.- Gastos subvencionables. · eligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos y actividades ejecutados por las asociaciones vecinales del municipio para la promoción de la participación ciudadana, así como actuaciones que propicien la convivencia y la integración de los ciudadanos en la vida sociocultural de la población, a través de actuaciones formativas, artísticas, recreativas y/o socioculturales y colaborar en los gastos de funcionamiento de dichas entidades. Se subvencionarán los gastos que se desarrollen dentro del período del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026.