BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CLUBES, ENTIDADES Y FUNDACIONES DEPORTIVAS SIN FINES DE LUCRO · 2026

Título oficial: BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A CLUBES, ENTIDADES Y FUNDACIONES DEPORTIVAS SIN FINES DE LUCRO, CUYAS ACCIONES SE DESARROLLEN REGULARMENTE EN LA COMPETICIÓN FEDERADA AÑO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 177.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y en el de la Comunidad Autónoma de Madrid, con un año de antigüedad como mínimo a la fecha de aprobación por la Junta Local de Gobierno de la presente Convocatoria.
  • Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del Municipio de Rivas Vaciamadrid.
  • Participar en competiciones deportivas de modalidades oficialmente reconocidas que se desarrollen por alguna federación deportiva madrileña o española.
  • No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable de la forma prevista en el Anexo 1 (solicitud electrónica) de estas bases.
  • No haber sido sancionada la entidad mediante resolución administrativa firme por infracción grave o muy grave en materia deportiva, siempre que dicha sanción comporte la imposibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas durante el periodo que resulte de aplicación.
  • -PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Según el artículo 22.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones que dice a tenor literal: “1. El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. A efectos de esta ley, tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios”. Esta subvención se tramitará por régimen de concurrencia competitiva.
  • - PRESUPUESTO El importe máximo de las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria es de 177.000 € con cargo a la partida 0411/34000/48006 “Subvenciones Clubes federados/competiciones y eventos” del presupuesto municipal para el presente año.
  • -COMPATIBILIDAD DE LA SUBVENCIÓN Las subvenciones concedidas serán compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalid ad, procedentes de cualquier Administración o Entes Públicos o Privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos Internacionales. En todo caso, el importe de la subvención concedida por el Ayuntamiento más otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no podrán ser superior al coste de la actividad subvencionada.
  • - PLAZO, FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
  • El modelo de solicitud y las correspondientes Bases se encuentran a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid (https://sede-electronica.rivasciudad.es/)
  • La convocatoria y concesión se publicarán en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
  • Las solicitudes se presentarán según el modelo normalizado establecido como Anexo 1 de la presente convocatoria, en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el diario oficial correspon diente, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, sin perjuicio de su publicación adicional en la Sede Electrónica y en la página web municipal del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.
  • Las solicitudes y documentación adjunta se presentarán, según lo establecido en el art.
  • 4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Según lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos las
  • Las entidades deportivas interesadas deberán presentar la siguiente documentación:
  • Anexo1: Solicitud de ayuda: En el impreso normalizado que se adjunta a la presente convocatoria. Incluye declaración jurada del presidente de la entidad y declaración jurada del cumplimiento norma mínimis de las ayudas percibidas por la entidad solicitante, en el ejercicio fiscal a que se refiera esta convocatoria y en los tres ejercicios fiscales anteriores.
  • Anexo 2: Certificado original expedido por la federación correspondiente, firmado por la presidencia o secretaría general, de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo 2 a la convocatoria, sobre la participación de la entidad en competiciones federadas durante la última temporada deportiva final izada en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, aportando gastos federativos, datos sobre número de licencias federativas, número de personal técnico con diferentes titulaciones y nombres y apellidos del personal técnico federado.
  • Anexo 3: Certificado representante de la entidad : Certificado original expedido por la entidad solicitante, firmado por la persona representante legal (presidencia, secretaría general,..), de acuerdo con el impreso que se adjunta. Se incluirá en formato PDF la documentación oficial (VILEM o ITA), que pueda justificar que la persona trabajadora ha estado contratada, contrastándolo con los nombres expuestos en el Anexo 2 sobre el personal técnico titulado y federado, el número de meses contratado dentro del periodo establecido y el número de horas semanales contratadas.
  • Las ayudas se destinarán a sufragar los gastos derivados de la participación de las entidades beneficiarias en competiciones deportivas de modalidades oficia lmente reconocidas por alguna federación deportiva madrileña o española.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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