Personas físicasES523 - Valencia / València

BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA DEPORTISTAS DE ÉLITE DE VILAMARXANT, TEMPORADA 2025-2026

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • 1.- Tendrán la consideración de beneficiarios de la ayuda los deportistas de elite locales, no profesionales, que se encuentren en la situación que legitima su concesión según el
  • 1- De acuerdo con el artículo 18.3 de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones, los beneficiarios deberán de dar publicidad de las subvenciones según los términos y condiciones establecidas a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • 2.- Comunicar el Ayuntamiento de Vilamarxant la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos que han financiado su actividad si esta se produce con posterioridad a su solicitud.
  • 3.- Cumplir con la Ley antidopaje vigente.
  • Procedimiento de reintegro. Se ajustará a lo previsto en el artículo 41 i siguientes de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Régimen jurídico. Estas bases entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el tablón de anuncios y la página web municipal, según el artículo 6 de la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Vilamarxant (BOP núm. 213, de 7 de noviembre de
  • . Para lo que no se regule expresamente en estas Bases se entenderá lo que disponga la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento aprobado por Real decreto 887/2006 de 21 de julio, la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Vilamarxant (BOP núm. 213, de 7 de noviembre de 2017)
  • Régimen de incompatibilidades. Las ayudas reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado con el límite, en todo caso, del indicado en la Base 5.2.
  • Protección de datos. En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal y la información facilitada por los solicitantes serán incorporadas y tratadas en un fichero informatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Vilamarxant, con la finalidad de facilitar la gestión administrativa que le es propia. El interesado podrá en todo momento, y de conformidad con la legislación vigente, ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación por medio de solicitud dirigida al Ayuntamiento de Vilamarxant.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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