Bases y convocatoria por las que se regulan los anticipos financieros reintegrables destinados a atender necesidades tr…

Título oficial: Bases y convocatoria por las que se regulan los anticipos financieros reintegrables destinados a atender necesidades transitorias de tesorería de los municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Sevilla. SAD Dependencia

Las presentes Bases tienen por objeto regular el pr ocedimiento de concesión de anticipos financieros reintegrables destinados a atender nece sidades transitorias de tesorería de los municipios y entidades locales autónomas de la prov incia de Sevilla con población inferior a

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser entidades beneficiarias de los anticipos regulados en las presentes bases los municipios y entidades locales autónomas con poblac ión inferior a 20.000 habitantes que tengan suscrito y vigente, en el momento de present ación de la solicitud, convenio de cooperación para el desarrollo del Plan Provincial de Cohesión Social e Igualdad.
  • Las entidades locales participantes deberán de acreditar los siguientes requisitos:
  • Aprobación definitiva del Presupuesto del ejercicio 2026. Excepcionalmente, en caso de prórroga del presupuesto 2025, se estará a los regulado en el artículo 50 del RDL 2/2004 que aprueba el TRLRHL.
  • Que el total de operaciones de tesorería vigentes, incluyendo la solicitada, no superen el 30% de los recursos liquidados en el ejercicio 2025.
  • 3 convocatoria. Dicho informe será facilitado a la Tesorería, al menos cinco días hábiles antes de la celebración de la reunión de la Comisión de Valoración de solicitudes. Asimismo, no podrán ser beneficiarias de una nueva convocatoria aquellas entidades que mantengan saldos pendientes de reintegro derivados de convocatorias anteriores de esta línea de anticipos reintegrables una vez finalizado el pl azo máximo de reintegro y se encuentren pendiente de devolver.
  • Las solicitudes de anticipos reintegrables reguladas en las presentes bases deberán presentarse conforme al modelo que se apruebe en la convocatori a (Anexo II), a través del Registro Electrónico de la Diputación de Sevilla, dirigidas al Área de Hacienda, Tesorería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 y 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Junto con la solicitud, las entidades locales deberán aportar la siguiente documentación: Código Seguro De Verificación zXW5ic/mY2dHHwNB8hHYeg== Estado Fecha y hora Firmado Por Alejandro Talavera Gallego Firmado 19/08/2026 12:33:17 Observaciones Página 4/15 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirma/code/zXW5ic%2FmY2dHHwNB8hHYeg%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Código Seguro De Verificación aRTSpv03Hl0Pl6WH3IeuMA== Estado Fecha y hora Firmado Por Fernando Fernandez Figueroa Guerrero Firmado 28/09/2026 08:12:27 Observaciones El presente documento fue aprobado por el Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 24 de septiembre de 2026, en el Punto 15 del orden del día. El Secretario General, a fecha de la firma electrónica. Página 4/15 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirma/code/aRTSpv03Hl0Pl6WH3IeuMA%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • Certificado del acuerdo del órgano competente, para acogerse a la convocatoria que regulan las presentes bases, en el que deberán cons tar la cantidad solicitada, y la aceptación expresa del régimen de reintegro regulad o en el artículo 13. En particular que el número de plazos de reintegro del citado ant icipo será de tres mensualidades, que la Diputación Provincial practique la compensación del anticipo con las cantidades que deba abonarle por razón del SAD Dependencia y, en caso de insuficiencia, con otros derechos de cobro que procedan, incluidos, en su ca so, los anticipos de recaudación gestionados a través del OPAEF así como el reconocimiento del carácter preferente de estas retenciones.
  • Certificado del Interventor/a o Secretario/a de la aprobación definitiva del Presupuesto del ejercicio 2026 o de la situación de prórroga de l Presupuesto del ejercicio 2025, en caso de acogerse a la excepción recogida en el artículo 50 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el TRLRHL.
  • Certificado del Interventor/a relativo al cumplimiento de los requisitos recogidos en el
  • Las entidades beneficiarias deberán facilitar cuant a información les sea requerida por la Diputación Provincial para el seguimiento y control del destino de los anticipos. A tal efecto, la Diputación podrá requerir certificación expedida por la Intervención de la entidad local acreditativa de la aplicación del anticipo a la finalidad de tesorería prevista en estas Bases, así como cualquier otra documentación necesaria para verificar el correcto cumplimiento de las condiciones establecidas.
  • SE SOLICITA La concesión del anticipo reintegrable previsto en las bases reguladoras por el importe individual asignado a esta entidad en el anexo I de la convocatoria que se cifra en la cantidad del siguiente Importe: ……………………………..… € Declaro bajo mi expresa responsabilidad que son cie rtos cuantos datos figuran en la presente solicitud y que la entidad que presido se compromete a cumplir las obligaciones que se derivan de la concesión del anticipo reintegrable regulado en las bases de la convocatoria para la financiación del servicio de ayuda a domicilio vinculado a la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. En _________________, a _________de_______________de_2026

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes Bases tienen por objeto regular el pr ocedimiento de concesión de anticipos financieros reintegrables destinados a atender nece sidades transitorias de tesorería de los municipios y entidades locales autónomas de la prov incia de Sevilla con población inferior a