Bases convocatoria pública de subvenciones del área de Educación dirigidas a las Asociaciones de Familias de Alumnos de · 2026

Título oficial: Bases convocatoria pública de subvenciones del área de Educación dirigidas a las Asociaciones de Familias de Alumnos de Dénia 2026 bajo el procedimiento de concurrencia competitiva

Educación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE DÉNIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 12.000,00 €. Inicio: 27/07/2026. Plazo: Fin: 07/08/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ser una Asociación de Familias de Alumnos (AFA) de un centro educativo público o concertado, de educación infantil segundo ciclo, primaria o secundaria de los municipios de Dénia, La Xara o Jesús Pobre.
  • Estar legalmente constituida e inscrita en el registro oficial correspondiente y en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Dénia.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias tanto en el ámbito estatal, autonómico, local, y con la tesorería General de la Seguridad Social. Igualmente, no estar en ningún supuesto establecido en la legislación vigente que la inhabiliten para recibir subvenciones públicas.
  • No tener pendiente de justificar ninguna subvención concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Dénia.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones que se determinan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • QUINTA. - SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. Las asociaciones y entidades interesadas deberán dirigir sus peticiones a través de medios electrónicos al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Dénia, accediendo a los medios telemáticos establecidos para ello en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Dénia, en la dirección https://sede.denia.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALO
  • Junto a la solicitud se presentará la siguiente documentación:
  • Hoja de mantenimiento de terceros correctamente cumplimentada y actualizada, con los datos bancarios de la asociación, donde se ha de llevar a cabo el pago de la subvención en el caso de la correcta justificación.
  • Declaración responsable donde se ponga de manifiesto los siguientes aspectos:
  • Que la asociación está al corriente de sus obligaciones tributarias en el ámbito estatal, autonómico, local y con la Tesorería General de la Seguridad Social, además de no estar en ninguno de los supuestos establecidos en la legislación vigente, que lo inhabiliten para recibir subvenciones púbicas.
  • Que no tiene pendiente justificar ninguna subvención concedida con anterioridad por parte del Ayuntamiento de Dénia.
  • Que no tiene pendiente de reintegrar ninguna subvención.
  • Que cumple con los requisitos previstos en la normativa vigente, para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones, y concretamente a lo que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Declaración de número de socios durante el curso escolar.
  • Acreditación de la representación de la persona que en nombre de la asociación o entidad presente la solicitud.
  • Proyecto de actividades y la valoración económica de las mismas para la cual se solicita la subvención. Los proyectos para ser valorados deberán estar claramente identificados de forma precisa, con objetivos claros, conteniendo una descripción detallada de las acciones presupuestadas y con un cronograma de las mismas. La Comisión de Valoración podrá no aceptar proyectos de actuaciones vacíos de contenido, insuficientemente detallados o sin interés en función de la finalidad de la presente convocatoria.
  • 000’00€ (doce mil euros), con un máximo a conceder de 800’00€ (ochocientos euros) por asociación, con cargo a la aplicación presupuestaria 32000/48900 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Dénia para el ejercicio 2026, con la descripción “Subvenciones AMPA”. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.
  • OCTAVA.- JUSTIFICACIÓN, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO. La documentación justificativa de la subvención se presentará por medio de la sede electrónica del Ayuntamiento de Dénia. El plazo de presentación de la justificación finalizará el 30 de septiembre de 2026, aportando la siguiente documentación, en formato de cuenta
  • Relación clasificada en formato Excel de los gastos de las actividades llevadas a cabo, o del material adquirido con indicación del número de factura o justificante, importe, proveedor, concepto, fecha de emisión y fecha de pago.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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