BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION, EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES A FAVOR DE DEPORTIS · 2026

Título oficial: BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESION, EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES A FAVOR DE DEPORTISTAS FEDERADOS MENORES DE EDAD DE PERSONAS, QUE COMPITEN A NIVEL AUTONOMICO, PARA EL AÑO 2026 (GEX 10815/2026)

Las presentes bases tienen por objeto convocar subvenciones a deportistas menores de edad federados (según art. 4 de las presentes Bases), para las actividades deportivas que desarrollen en el año 2026. La finalidad de la concesión de estas subvenciones es contribuir a la ayuda de la formación del deporte practicado por deportistas federados menores de edad que no tengan posibilidad de disponer de club deportivo local que los apoye a sufragar parte de los gastos en el municipio de Posadas (Córdoba).

En resumen: Está orientada a Deportistas, Personas físicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES613 - Córdoba. La gestiona AYUNTAMIENTO DE POSADAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Deportistas, Personas físicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 7.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Podrán participar en esta convocatoria deportistas menores de edad federados que tengan su domicilio en el municipio de Posadas (Córdoba), y que
  • cumplan uno de los dos requisitos siguientes: ● Que compitan a nivel autonómico o superior en deporte individual, y que no tengan la posibilidad de pertenecer a un club o asociación local de su deporte practicado, por no existir éste en la localidad o no estar activo. ● Que compitan a nivel autonómico o superior en deporte de equipo, y que no tengan la posibilidad de pertenecer a un club o asociación local de su
  • P á g i n a 3 | 24 deporte practicado por no existir éste en la localidad o no estar activo, o en su caso, que aun existiendo un club o asociación local de su deporte practicado no puedan pertenecer a ellos porque la categoría donde compiten dichos clubes o asociaciones es inferior a las categorías autonómicas o superior.
  • - Así mismo, será requisito común para obtener la condición de beneficiarios/as de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, que los/as deportistas beneficiarios/as hayan justificado en su totalidad las subvenciones anteriormente percibidas del Ayuntamiento de Posadas, y en su caso, que se hallen al corriente del pago de obligaciones por reintegro de las mismas.
  • - Las solicitudes y el resto de la documentación requerida en estas Bases, se encontrarán a disposición de los/as deportistas interesados/as en las oficinas del Ayuntamiento de Posadas, sitas en la Plaza del Ayuntamiento, 1, y en la página web del Ayuntamiento.
  • - La solicitud se formalizará mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Posadas, conforme al Anexo I de las presentes Bases y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Posadas o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • - A cada ejemplar de solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
  • Certificado emitido por la entidad bancaria referido al número de cuenta de titularidad del menor solicitante donde, en su caso, se deba ingresar la subvención.
  • Copia del DNI del deportista menor de edad y del Padre, Madre o Tutor.
  • Copia de ficha federativa o certificado de la federación donde se indique que el deportista solicitante está federado en el año 2026.
  • Declaración del Padre, Madre o Tutor del deportista sobre las subvenciones o ayudas solicitadas y/o concedidas por Administraciones públicas o privadas para la realización de las actividades para las que se solicita subvención, conforme al modelo que figura como Anexo II.
  • Memoria o proyecto deportivo, fechado y firmado por el padre, madre o tutor del deportista menor, en el que se incluya de forma precisa y
  • pormenorizada los siguientes contenidos: ○ Descripción de cada una de las actividades, competiciones y eventos deportivos que va a realizar durante el año. Dicha descripción debe permitir aplicar los criterios de valoración que determinan la puntuación final. ○ Presupuesto total del proyecto especificando ingresos y gastos previstos, desglosados por conceptos y especificando los conceptos solicitados. Deberá aparecer expresamente el importe de subvención solicitado y la posible obtención de subvenciones de otras Administraciones.
  • Declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones establecidos en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social y de no ser deudor por reintegro de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Posadas, conforme al Anexo III.
  • - Notificada la resolución de concesión de la subvención, se entenderá aceptada si en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la notificación, u otro que el órgano competente determine por causas justificadas, no se presenta renuncia expresa.
  • - La aceptación de la subvención por parte de los beneficiarios/as, implica la aceptación de las obligaciones derivadas de la normativa general en materia de subvenciones, reflejadas en el artículo 1 de las presentes Bases y el cumplimiento de las obligaciones relacionadas en el art. 14 de la Ley 38/2003.
  • - La Comisión de Valoración podrá solicitar más información o verificar cualquier aspecto relacionado con la solicitud subvencionada.
  • - Los beneficiarios/as asumen las obligaciones siguientes: ● Cumplir todas las normas establecidas en la Legislación General aplicable de Subvenciones y en las Bases de esta convocatoria. ● Responder de la veracidad de los datos de la solicitud, bajo la responsabilidad personal de la persona que suscriba la solicitud de subvención. ● Cumplir las Medidas de Difusión establecidas en la LGS. Se deberá reflejar en toda publicidad generada por la actividad subvencionada la leyenda
  • - Los/las beneficiarios/as de la subvención tendrán derecho a utilizar con carácter gratuito las instalaciones deportivas municipales específicas de su disciplina deportiva, previa solicitud y según disponibilidad de las mismas.
  • - Los/as deportistas beneficiarios/as deberán justificar el 100% del importe establecido en la Memoria de Actuación, mediante la aportación de la siguiente

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Artículo 3. Gastos subvencionables. · eligible
    - Serán gastos subvencionables todos aquellos que estén directamente relacionados con la actividad realizada por el deportista durante el año 2026, y
  • Artículo 3. Gastos subvencionables. · eligible
    referidos a los siguientes conceptos: ● Arbitrajes, jueces, cronometradores y secretarías técnicas. ● Personal técnico deportivo (entrenadores/as, delegados/as, fisioterapeutas, personal médico, coordinadores de cantera o asimilados a estas categorías, excluyéndose el personal administrativo). ● Tasas / altas / cuotas de tramitación de licencias de deportistas. ● Derechos de organización / participación de campeonatos /competiciones. ● Canon de Federaciones Deportivas de Andalucía o Española.
  • Artículo 3. Gastos subvencionables. · ineligible
    P á g i n a 2 | 24 ● Derechos y obligaciones de participación en competiciones. ● Cuotas de Mutualidades Deportivas. ● Cuotas de afiliación a seguros deportivos. ● Seguros de Responsabilidad Civil del club y entrenadores /monitores ● Desplazamientos. ● Alquiler de instalaciones deportivas. ● Gastos médicos / botiquines / material farmacéutico. ● Material técnico deportivo (excluido material inventariable, como mesas, sillas, etc.). ● Alojamientos (pudiendo incluir con el alojamiento desayunos, medias pensiones y pensiones completas), que el deportista realice con motivo de su participación en competiciones, torneos y ligas federadas o amistosas u organización de eventos deportivos. ● Los gastos bancarios asociados a la cuenta bancaria titularidad del beneficiario, como las comisiones por el mantenimiento de cuentas, transferencias, tarjetas, entre otros.
  • Artículo 3. Gastos subvencionables. · eligible
    - No se incluyen los gastos de protocolo o representación.
  • Artículo 3. Gastos subvencionables. · eligible
    - Los gastos subvencionables deberán producirse y realizarse dentro del plazo comprendido entre el día 1 de enero y el día 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos.
  • Artículo 3. Gastos subvencionables. · eligible
    - La justificación documental de los gastos subvencionables se realizará conforme a la forma y plazos regulados en el art. 13 de estas Bases.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes bases tienen por objeto convocar subvenciones a deportistas menores de edad federados (según art. 4 de las presentes Bases), para las actividades deportivas que desarrollen en el año 2026. La finalidad de la concesión de estas subvenciones es contribuir a la ayuda de la formación del deporte practicado por deportistas federados menores de edad que no tengan posibilidad de disponer de club deportivo local que los apoye a sufragar parte de los gastos en el municipio de Posadas (Córdoba).