Personas físicasES512 - Girona

BASES Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS DE CARNAVAL DE SANT FELIU DE GUÍXOLS 2027

El objeto de estas bases es regular el otorgamiento de prem ios vinculados a la participación en las actividades programadas por el Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols con motivo del Carnaval 2027, con la finalidad de fomentar la participación, la calidad, la vistosidad y la animación. De acuerdo con la disposic ión adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS), para todo lo no previsto en estas bases serán aplicables las Bases generales para el otorgamiento y justificación de subvenciones municipales, publicadas en el BOP d e Girona núm…

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT FELIU DE GUIXOLS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 35.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Documento acreditativo de la personalidad y, en su caso, de la representación de la persona solicitante.
  • Declaración responsable de que la persona o entidad solicitante no incurre en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria de subvenciones públicas previstas en el artículo 13 de la LGS.
  • En el caso de agrupaciones de nueva participación o de agrupaciones que hayan modificado los datos bancarios, tramitación del alta o modificación de acreedor y acreditación de la cuenta bancaria mediante el procedimiento municipal correspondiente.
  • Memoria o proyecto de participación, con indicación expresa del número de participantes, el nombre o título de la propuesta y una descripción de la actividad.
  • Declaración responsable de que los disfraces utilizados no han sido utilizados en años anteriores en cualquier otro desfile.
  • Designación de la persona responsable de la comparsa, agrupación o carroza, con un número de teléfono operativo y disponibilidad durante los días de los desfiles.
  • Declaración responsable sobre la antigüedad de participación en el Desfile del Viernes.
  • Compromiso de aportación de la documentación técnica exigible o aportación de esta documentación cuando ya se disponga de ella.
  • 1. Modalidades y características técnicas  Carroza: conjunto formado por una plataforma decorada y una comparsa mínima de 25 personas.  Carroza de animación: conjunto formado por una plataforma decorada con el grupo de personas situado principalmente sobre la carroza.
  • - Nuria Cherta Montoya (TCAT), 30/10/2026 17:45
  • Categorías de carrozas:  Carroza pequeña: hasta 7,00 metros de longitud.  Carroza grande: a partir de 7,50 metros de longitud.  Las carrozas de entre 7,01 y 7,49 metros podrán escoger la categoría en la que quieren participar.  Carroza de animación.  Anchura mínima: 2,00 metros. Anchura máxima: 4,00 metros.  Altura máxima de los elementos fijos: 4,50 metros.  Los conjuntos formados por dos plataformas decoradas tendrán la consideración de carroza grande.
  • 2. Documentación técnica de los vehículos En el caso de vehículos de motor y de vehículos adaptados como plataformas, deberá aportarse la
  • CRITERIOS DE ADMISIÓN Para el Desfile del Viernes 5 de febrero se admitirá n un máximo de 60 agrupaciones, más las tres agrupaciones representantes de los Carnestoltes de Santa Cristina d’Aro, Castell d’Aro, Platja d’Aro y S’Agaró y Sant Feliu de Guíxols. Para el Desfile matinal del Domingo 7 de febrero se admitirán todas las ag rupaciones que lo soliciten y cumplan los requisitos establecidos. Las agrupaciones miembros de la Federació de Colles de Carnaval Ganxones, de la Associació de Colles de Carnaval de Santa Cristina d’Aro y de la Federació de Colles de Carnaval de Castell d’Aro, Platja d’Aro i S’Agaró tendrán garantizada la plaza de participación.
  • SANT FELIU DE GUÍXOLS Para formalizar esta reserva, las asociaciones o federaciones correspondientes deberán remitir al correo activitats@guixols.cat, antes del viernes 8 de enero de 2027, el listado d efinitivo de agrupaciones adheridas que participarán en los desfiles. Posteriormente, cada una de las agrupaciones incluidas en estos listados deberá presentar igualmente la solicitud de inscripción dentro del plazo establecido, con la finalidad de actual izar y validar sus datos. La garantía de plaza no exime del cumplimiento del resto de requisitos administrativos, técnicos, de seguridad y de participación establecidos en estas bases y en la convocatoria. Las agrupaciones de estas tres poblaciones deber án presentar la documentación técnica requerida únicamente ante su respectiva administración local. Los ayuntamientos de Sant Feliu de Guíxols, Castell d’Aro, Platja d’Aro y s’Agaró y Santa Cristina d’Aro coordinarán entre sí el intercambio de la información y documentación necesarias para garantizar una gestión técnica conjunta y coordinada. En caso de que el número de inscripciones supere el límite máximo establecido, la selección de las
  • PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN El procedimiento de concesión será el previsto en la base 3 de las bases reguladoras.
  • EFECTIVIDAD DE LA CONVOCATORIA La convocatoria será efectiva a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona. [Firma01-01] [Firma02-01] Sant Feliu de Guíxols, 29 d´octubre de 2026

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de estas bases es regular el otorgamiento de prem ios vinculados a la participación en las actividades programadas por el Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols con motivo del Carnaval 2027, con la finalidad de fomentar la participación, la calidad, la vistosidad y la animación. De acuerdo con la disposic ión adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS), para todo lo no previsto en estas bases serán aplicables las Bases generales para el otorgamiento y justificación de subvenciones municipales, publicadas en el BOP d e Girona núm. 80, de 24 de abril de 2024, y el resto de normativa estatal y autonómica en materia de subvenciones, salvo los aspectos que resulten incompatibles con la naturaleza de los premios. Dada la naturaleza específica de los premios, el contenido de estas bases específicas prevalecerá, en lo que sea incompatible, sobre las Bases generales.