Personas jurídicasES213 - Bizkaia

Bases y convocatoria para la concesión de ayudas económicas por el estudio del euskera durante el curso 2025-2026

Mediante la presente Ordenanza se establece la política para la concesión de subvenciones para el pago de las matrículas de los cursos de euskaldunización realizados por las personas empadronadas en Valle de Trápaga-Trapagaran.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VALLE DE TRÁPAGA-TRAPAGARAN.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 23.000,00 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 31/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Certificado de cada uno de los euskaltegis o centros homologados por HABE o de la Escuela Oficial de Idiomas en los que se haya estudiado durante el curso, en el cual se habrá de especificar: La cantidad o cantidades abonadas en concepto de precio total de la matrícula. El porcentaje de asistencia a las clases. Se especificará el número total de horas impartidas por el centro y el número de horas recibidas por el alumno/a.
  • Las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la sede eléctronica del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran, o presencialmente, en el registro municipal de entrada (planta baja) del 1 al 31 de octubre de 2025 (ambos inclusive)
  • REQUISITOS A CUMPLIR POR LA PERSONA SOLICITANTE: Certificar debidamente la documentación detallada en el apartado “Documentación requerida” Haber abonado el precio total de la matrícula. Haber asistido como mínimo al 85% de las horas de los cursos realizados. No se sumarán al cómputo de faltas aquellas ausencias probadas mediante justificantes oficiales Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Si el alumno/a no presenta los certificados en los plazos fijados, se entenderá que renuncia a la subvención.
  • El importe de la subvención será ingresado en el nº de cuenta especificado en el impreso de solicitud.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Mediante la presente Ordenanza se establece la política para la concesión de subvenciones para el pago de las matrículas de los cursos de euskaldunización realizados por las personas empadronadas en Valle de Trápaga-Trapagaran.