Personas jurídicasES414 - Palencia

Bases y convocatoria de ayudas destinadas a las asociaciones y entidades de Palencia, para la realización de programas · 2026

Título oficial: Bases y convocatoria de ayudas destinadas a las asociaciones y entidades de Palencia, para la realización de programas impulso y apoyo al emprendimiento y al tejido empresarial durante 2026.

Es objeto de las presentes bases, la regulación de la convocatoria y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a otorgar en el año 2026 a asociaciones y entidades del municipio de Palencia que presenten programas de

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PALENCIA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 46.000,00 €. Inicio: 01/10/2026. Plazo: Fin: 29/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • beneficiarias de subvención deberán:  Encargarse y realizar la organización completa de las acciones subvencionadas dentro del programa presentado, que deberán presentarse junto a un calendario en el que queden reflejadas las fechas de las actividades propuestas.  Facilitar la Concejalía de Impulso Económico supervisar la realización de las actividades programadas e informarla previamente de todas las acciones que se vayan realizando para la realización las mismas.  Todas las acciones subvencionadas serán ofrecidas a todos los emprendedores y a todo el tejido empresarial, estén asociados o no, en igualdad de condiciones. En todas las acciones subvencionadas y así como en la información o publicidad que se realice por parte de la entidad beneficiaria, se hará constar la colaboración y financiación del Ayuntamiento de Palencia, de tal forma que en toda la documentación que generen los eventos deberá figurar el escudo del Ayuntamiento con el nombre del mismo y de la Concejalía de Impulso Económico. Asimismo, con cargo al presupuesto de la subvención, se difundirán los resultados a través de las Redes Sociales propias y las
  • CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN DE LAS ACCIONES PRESENTADAS Y PARA LA
  • CONCESIÓN DE LAS AYUDAS. A. La solicitud de las ayudas se presentará mediante el modelo oficial facilitado por la Concejalía de Impulso Económico y se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con la puntuación obtenida al aplicar el baremo que figura en la Base 6.III. La documentación a presentar ha de estar completa y cumplir los requisitos exigidos en esta convocatoria. Una vez comprobada la documentación y el cumplimiento de los requisitos y tras valorarse las acciones presentadas se otorgarán las ayudas en número y cuantía que en total no sobrepasen el crédito presupuestario consignado para esta convocatoria. B. Para poder optar a la subvención ha de obtenerse una puntuación igual o superior a 6, a partir de la cual las acciones presentadas entrarán en concurrencia competitiva en función del crédito disponible. Todas aquellas solicitudes que no alcancen esa puntuación mínima serán desestimadas. C. Para la obtención de subvenciones se establecen los siguientes criterios de valoración, otorgando un punto a cada uno de los subcriterios en caso de su cumplimiento, a excepción de la cofinanciación, que se ponderará conforme a
  • Innovación: Carácter innovador de la acción siempre que tenga una relevancia clara de impulso para el emprendimiento, de apoyo a los autónomos y, en general, a las empresas del tejido empresarial (1 punto).
  • Resultados positivos obtenidos por la acción en ediciones anteriores, en grado de participación, aceptación y continuidad en el tiempo (1 punto).
  • Acciones que dinamicen no solo el tejido empresarial sino la actividad general de la ciudad (1 punto).
  • Acciones que difundan la imagen colectiva del tejido empresarial palentino en un ámbito superior al provincial (1 punto).
  • Acciones que promuevan la ciudad de Palencia como destino de emprendimiento y de inversión (1 punto).
  • Organización de Ferias, Certámenes, eventos de dinamización del tejido empresarial y el emprendimiento y otras acciones de similar naturaleza (1 punto).
  • Acciones que complementen la oferta empresarial de la ciudad (1 punto).
  • Acciones dirigidas al fomento de servicios online y la integración de las TICs en el tejido industrial y el emprendimiento (1 punto).
  • PROPIOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE (hasta un máximo de 5 puntos): A.Del 10% al 24,99 % 1 punto B.Del 25 % al 49,99 % 3 puntos C.50% o más 5 puntos La puntuación máxima alcanzable por un proyecto es de 17 puntos. Para poder optar a la concesión de la subvención deberá obtenerse una puntuación total mínima de 6 puntos. La valoración se aplicará individualmente para cada una de las acciones incluidas en cada proyecto presentado a esta convocatoria. En este sentido, se podrá presentar el proyecto presentado por acciones y el mismo proyecto condicionado para la ejecución conjunta de todas las acciones, indicando en el mismo su forma de valoración y ejecución. Las Asociaciones o Entidades podrán presentar proyectos conjuntos, con acciones complementarias para el aprovechamiento de sinergias que tengan como finalidad la obtención de más eficacia y mejores resultados. En este caso puntuará el proyecto global presentado, teniendo en cuenta conjuntamente, a efectos de su puntuación, las características de las entidades.
  • PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días computados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de las presentes bases en el BOP. Las presentadas fuera de dicho plazo no serán tenidas en cuenta por el órgano competente para su resolución. El formato de la solicitud se ajustará al modelo normalizado que se adjunta a las presentes bases conforme al Anexo I.
  • PROCEDIMIENTO Las solicitudes se formalizarán mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde (Anexo I) y se presentarán en la sede Electrónica del Ayuntamiento de Palencia La ordenación y el procedimiento de esta convocatoria corresponde a la Concejalía de Impulso Económico del Ayuntamiento de Palencia, y su aprobación a la Junta de Gobierno Local. A. Si la subvención solicitada no superara los 3.000 €, el solicitante deberá acreditar en el momento de la solicitud que la entidad está al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social mediante una Declaración responsable firmada por el representante de la entidad (Anexo II). Si la subvención solicitada superara los 3.000 € la entidad solicitante deberá acreditar mediante los certificados correspondientes que la entidad está al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, o autorizar al Ayuntamiento de Palencia, en el momento de la solicitud, a que pueda recabar, para los mismos efectos, la información que precise a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social mediante la firma de la autorización que figura en el Anexo II.
  • para cada Acción/Evento, lugar y fechas de realización de las mismas y número estimado de participantes a los que se dirigen.  Presupuesto del programa para el que se solicita la subvención, con la relación de ingresos y gastos. En el mismo deberá especificarse claramente la cuantía aportada por la propia entidad.  Declaraciones juradas o responsables, según el modelo del Anexo II adjunto a esta convocatoria  Certificado del Secretario de la Entidad que acredite la representación que ostenta el solicitante, conforme al Anexo III.  Certificado o declaración jurada del Secretario de la Entidad acreditativa del número de socios.  Se podrá añadir cuanta información se juzgue oportuna para documentar las características del programa en relación con los criterios de prioridad recogidos en la base Sexta de esta convocatoria. C. El extracto de las presentes bases se publicará en el B.O.P. Las bases completas estarán disponibles en la Concejalía de Impulso Económico, en el Tablón de anuncios y en la web corporativa https://www.aytopalencia.es/area/agencia- desarrollo
  • Los programas subvencionados deberán ejecutarse entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2026. Los beneficiarios deberán presentar en el Ayuntamiento, una vez finalizados los
  • deficiencias advertidas, se procederá al reconocimiento de la obligación y al pago de la subvención en los términos establecidos en estas bases. Deberá justificarse cada acción subvencionada en un plazo máximo de 3 meses desde el final de su ejecución. En todo caso, el plazo máximo para justificar las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, finaliza el día 31 de marzo de
  • Podrá anticiparse hasta un 50% de la subvención concedida previa solicitud motivada del beneficiario e informe favorable de la Concejalía de Impulso Económico, ajustándose la realización de nuevos anticipos al calendario de ejecución de la actividad subvencionada. En relación con la justificación y reintegro, en su caso, de la subvención a que se refiere la presente convocatoria será de aplicación lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año 2026, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Palencia y, en general, las disposiciones legales que regulan esta materia. Incumplimientos.
  • – El incumplimiento total o parcial de los requisitos, condiciones, finalidades o cualquier otro incumplimiento del régimen jurídico establecido en las presentes bases, las convocatorias y en las órdenes de concesión, así como la concurrencia de cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, dará lugar a la cancelación total o parcial de la subvención concedida, con la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la misma, y, en su caso, al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pudiera incurrirse
  • – Para la graduación de los incumplimientos se atenderá a los siguientes criterios: I. La no realización del proyecto subvencionado dará lugar a la cancelación total y al no abono de la subvención concedida. II. Si la cantidad justificada y admitida es inferior al presupuesto aceptado al

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Es objeto de las presentes bases, la regulación de la convocatoria y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a otorgar en el año 2026 a asociaciones y entidades del municipio de Palencia que presenten programas de