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BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA COMPENSAR A USUARIOS Y USUARIAS DE PISCINA CUBIERTA Y GIMNASIO DEL POLIDEPORTIVO DE…

Título oficial: BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA COMPENSAR A USUARIOS Y USUARIAS DE PISCINA CUBIERTA Y GIMNASIO DEL POLIDEPORTIVO DE SEDAVÍ, AFECTADOS Y AFECTADAS POR LA DANA.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SEDAVÍ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 100.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronadas en el municipio de Sedaví, extremo que el Ayuntamiento de Sedaví comprobará de oficio.
  • Acreditar, por cualquier medio admisible en derecho, el uso del gimnasio y piscina cubierta municipal, en cualquiera de sus formas, durante el período mínimo de tres meses establecido en artículos anteriores, e independientemente del tipo de abono adquirido (a modo de ejemplo no exhaustivo, abono general, abono mañanas, reducido, etc.…)
  • Base quinta. Gastos subvencionables. Se pretende compensar el perjuicio ocasionado por la DANA a la práctica deportiva, el daño se considerará efectivamente padecido cuando se acrediten los requisitos de la Base cuarta. No obstante, el Ayuntamiento de Sedaví se reserva la posibilidad de efectuar las comprobaciones que en su momento se determinen, y que podrán afectar a cualquier expediente derivado de esta línea de ayudas, comprobación que podrá hacerse de oficio en cualquier momento.
  • Base sexta. Cuantía de la ayuda. Crédito presupuestario. El crédito máximo disponible para esta convocatoria asciende a 100.000 Euros, procedente de la partida afecta a la subvención por el Artículo 80 del Real Decreto Ley 7/2024. Esa ayuda, será en concepto de compensación por una parte de la cuota que la pìscina y el gimnasio municipal cobrarán al/la usuario/a del servicio. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. La ayuda consistirá en un pago único, a la persona beneficiaria, en el número de cuenta aportado, según el siguiente
  • Usuarios/as del abono general individual. Ayuda de hasta 150€ por el mínimo de tres meses de inscripción que establecen estas bases.
  • Usuarios/as de abono familiar. Ayuda de hasta 150 € por el mínimo de tres meses de inscripción que establecen estas bases.
  • Abono anual mañanas. Ayuda de 100€ por por el mínimo de tres meses de inscripción que establecen estas bases.
  • Abono joven. Ayuda de 100€ por el mínimo de tres meses de inscripción que establecen estas bases.
  • Abono mañanas. Ayuda de 100€ por el mínimo de tres meses de inscripción que establecen estas bases.
  • Abono general reducido. Ayuda de 100€ por el mínimo de tres meses de inscripción que establecen estas bases.
  • Abono mañanas reducido. Ayuda de 100€ por el mínimo de tres meses de inscripción que establecen estas bases.
  • Base séptima. Solicitud, documentación y procedimiento. La publicación de esta convocatoria abrirá un plazo que se prolongará desde el día siguiente a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta el 15 de noviembre. Dicha prestación se hará de manera telemática, al procedimiento que el Ayuntamiento de Sedaví habilitará en su sede electrónica, pudiendo hacerse de manera presencial, en el registro general del Ayuntamiento.
  • La instancia se acompañará de:
  • Elemento probatorio de la inscripción en la piscina cubierta y/o gimnasio del polideportivo municipal, así como el mantenimiento de la misma durante el período mínimo.
  • El Ayuntamiento de Sedaví comprobará de oficio el empadronamiento del/de la usuario/a.
  • Acreditación del pago de la cuota o cuotas del periodo de inscripción y/o permanencia.
  • Base octava. Pago y justificación. El pago de las presentes ayudas se efectuará por medio de transferencia a la cuenta bancaria que la persona determine.
  • Base novena. Órganos competentes para la instrucción y resolución. Será instructor/a la Agencia de Desarrollo Local.
  • 2 técnicos de la Agencia de Desarrollo Local
  • 1 técnica de Servicios Sociales

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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