BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL TRANSPORTE UNIVERSITARIO (GRADO Y MÁSTER), FORMACIÓN PROFESIONAL (GRADOS BÁS…

Título oficial: BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL TRANSPORTE UNIVERSITARIO (GRADO Y MÁSTER), FORMACIÓN PROFESIONAL (GRADOS BÁSICO, MEDIO Y SUPERIOR), BACHILLERATO Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE NUCIA, LA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 85.000,00 €. Inicio: 01/09/2026. Plazo: Fin: 16/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Estar empadronado en este municipio durante el periodo al que se refiere la concesión de la subvención.
  • Haber estado debidamente matriculado en el curso 2025/2026 en alguna de las
  • No ser usuario de los servicios de transporte público que facilita la Generalitat Valenciana o el propio Ayuntamiento de la Nucía y acreditar una distancia igual o superior a 3 km entre el domicilio de residencia y el centro educativo. La distancia
  • Presentar la solicitud, justificante de titularidad de la cuenta bancaria y el resto de la documentación correspondiente en tiempo y forma.
  • No se admitirán solicitudes en los que la enseñanza sea imp artida en régimen a distancia, semipresencial u online. Base 5ª. Presentación de solicitudes. Para poder acogerse a la concesión de la citada subvención, los beneficiarios deberán presentar la documentación que a continuación se detalla en cualquiera de los registros de que dispone el Ayuntamiento del 1 de septiembre de 2026 a 16 de octubre de 2026,
  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I).
  • Fotocopia del DNI del Interesado.
  • Certificado académico oficial de calificaciones final de curso expedido por la secretaría de la institución o centro educativo con su Código Seguro de Verificación, firma o sello electrónico en la que esté matriculado el solicitante y en el que deberá constar el nombre y/o número de DNI del/de la estudiante y el curso a cadémico al que pertenece (2025/ 2026). No se admitirán aquellos que carezcan de validez académica o que no estén debidamente firmados o acreditados.
  • Certificado bancario expedido por la entidad bancaria en el que conste el código IBAN (formado por 24 dígitos). En el caso de los alumnos menores de edad en el momento de presentar la solicitud, el titular deberá ser el padre, madre, tutor/a legal del alumno/a que haya formulado la solicitud. Si se tratase de alumnos mayores de edad el titular deberá ser el propio alumno.
  • Declaración de la Renta 2025 o certificado emitido por la Agencia Tributaria de no estar obligado a realizarla de todos los miembros de la unidad familiar. Esta documentación podrá ser sustituida por autorización expresa del interesado y demás miembros de la Unidad Familiar para que el Ayuntamiento de La Nucía pued a recabar los datos tributarios relativos al nivel de Renta de la Agencia Tributaria (Anexo II). Base 6ª. Importe de la subvención.
  • Renta per cápita anual por cada miembro de la unidad familiar: El importe por cumplimiento de las condiciones de este apartado es de 100,00€ . Los criterios para la asignación de las subvenciones se regirán conforme a lo establecido por el Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el
  • Distancia del lugar de residencia al centro educativo: Centro educativo Importe En la Nucía y Comarca 200,00€ Fuera de la Comarca pero dentro de la Provincia 300,00€ Fuera de la Provincia pero en territorio español 400,00€
  • AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA Subvención al transporte Universitario, FP, Bachillerato y Enseñanzas de Régimen Especial Curso – 2025/2026 El importe total de la subvención otorgada será el resultado de la suma de los apartados anteriores. El pago se realizará en el número de cuenta bancaria facilit ado por la persona beneficiaria que deberá ser titular de la misma. Base 7ª. Órganos competentes. Son órganos competentes para la gestión de la subvención mencionada en las presentes bases el Departamento de Intervención para la iniciación e instrucción de los expedientes y la Junta de Gobierno Local para la resolución de los mismos. Base 8ª. Procedimiento para la concesión. El procedimiento de concesión de esta subvención es el de tramitación en régimen de
  • Recibida la solicitud, ésta se remitirá al departamento correspondiente para su tramitación pudiendo éste, en todo momento, a tenor de los criterios establecidos en las presentes bases, pedir cuantos informes estime necesarios para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan la ayuda.
  • Las solicitudes, siempre y cuando se adecuen a las presentes bases y reúnan la documentación exigida, serán objeto de tramitación conforme a lo dispuesto en la siguiente base, otorgándose la cuantía correspondiente. En el supuesto que la solicitud no reúna los requisitos exigidos, se requerirá para su subsanación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Evaluadas las solicitudes, se emitirán los informes correspondientes y, a la vista de los mismos y previo informe de la existencia de crédito, se formulará por el concejal delegado propuesta de concesión que se elevará al órgano competente. Este, a la vista del expediente, dictará resolución provisional debidamente motivada, que deberá publicarse en el tablón de edictos del Ayuntamiento, concediendo a los interesados un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
  • Finalizado el plazo indicado en el apartado anterior, s e dictará resolución definitiva resolviendo, en su caso , las alegaciones presentadas e indicando la relación de solicitantes a los que se co ncede la ayuda y aquellos a los que, en su caso y de manera expresa, se les desestiman sus solicitudes.
  • El plazo máximo para resolver, notificar y publicar la subvención concedida no podrá exceder de 3 meses. Transcurrido dicho plazo, desde la fecha de fin alización del plazo de presentación de la solicitud sin haber notificado resolución alguna por parte de la administración, se deberá entender que ha sido denegada tácitamente.
  • FIRMA / SIGNATURA DECLARO / DECLARE No ser usuario de los servicios de transporte público que facilita la Generalitat Valenciana o el propio Ayuntamiento de La Nucía y acreditar una distancia igual o superior a 3 Km entre el domicilio de residencia y el centro educativo. No ser usuari dels serveis de transport públic que facilita la Generalitat Valenciana o el propi Ajuntament de La Nucia i acreditar una distància igual o superior a 3 Km entre el domicili de residència i el centre educatiu. Plaça Major, 1 · 03530 La Nucía (Alicante)
  • Fotocopia del DNI del interesado / Fotocòpia del DNI de l’Interessat.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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