Personas físicasES212 - Gipuzkoa

BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A LAS PERSONAS QUE ESTUDIAN EUSKARA EN LOS EUSKALTEGIS PARA EL CURSO 2026-2027

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES212 - Gipuzkoa. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BEASAIN.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 37.000,00 €. Plazo: Fin: 31/10/2027.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Ser mayor de 16 años, para cuando finalice el curso por el que se ha solicitado la subvención.
  • Estar empadronado en Beasain durante el periodo de duración del curso objeto de subvención. Quienes no hayan estado empadronados en Beasain durante todo el periodo de duración de los cursos escolares, percibirán la subvención proporcionalmente No podrán ser beneficiarias de estas
  • Las personas en quienes concurra algunas de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003)
  • Los/as particulares que se hallen incursos en procedimientos de cobro por
  • Zigor eta administrazioaren arloan dirulaguntza publikoak jasotzeko debekurik ez izatea, ezta laguntzak jasotzeko ezgaitzen duen legezko debekurik ere, sexua dela -eta eragindako bereizkeriengatikoak barne direlarik, hain zuzen Emakumeen eta Gizonen Berdintasunerako otsailaren 18ko 4/2005 Legeak xedatutakoarekin bat etorriz. vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Beasain, ni aquellas personas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento hasta que dichas deudas sean efectivamente satisfechas y saldadas o cumplidas, salvo que las mismas se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
  • Quienes hayan sido sancionados/as penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o estén incursas en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • - DIRULAGUNTZA LORTZEKO BETE
  • Eskabidea (I. Eranskina) behar bezala beteta eta nahitaezko dokumentazioa dagozkien epeen barruan aurkeztea.
  • Ikastaroa amaitzerako matrikula ordainduta izatea. Ordainketaren gaineko informazioa dagokion euskaltegiak egiaztatuko du ikastaro amaierako ebaluazio txostenean.
  • Euskarazko ikastaroan gutxienez %85eko asistentzia egiaztatzea. Langabetuentzako dirulaguntza eskatzaileek %90eko asistentzia egiaztatu beharko dute. Horretarako, ikastaroaren hasiera- eta amaiera -data hartuko dira kontuan.
  • - REQUISITOS PARA OBTENER LA
  • Presentar la hoja de solicitud (Anexo I) cumplimentada, junto con la debida documentación dentro de los plazos correspondientes.
  • Haber abonado el importe de la matrícula para cuando finalice el curso. El euskaltegi correspondiente confirmará dicho abono en el informe de valoración del final del curso.
  • Acreditar una asistencia mínima del 85% en el curso de euskera. Las personas solicitantes de las ayudas para desempleados deberán acreditar una asistencia del 90%. Para ello se tendrá en cuenta la fecha de inicio y finalización del curso.
  • - DIRULAGUNTZA EMATEKO 5.- PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR
  • Neguko ikastaroen kasuan (urria -ekaina bitartean egiten direnak), hurrengo irailean.
  • Udako ikastaroen kasuan (uztaila -iraila bitartean egiten direnak), abenduan.
  • En el caso de los cursos de invierno (que se realizan entre octubre y junio), en el siguiente mes de septiembre.
  • En el caso de los cursos de verano (que se realizan entre julio y septiembre), en diciembre.
  • SUBVENCIONES Las subvenciones contempladas en estas bases serán compatibles con las concedidas por otras entidades, en cuyo caso deberán comunicarse al Ayuntamiento. Sin embargo, en ningún caso puede haber casos de sobrefinanciación, es decir, la cantidad concedida en concepto de subvención junto con otras entidades no puede ser superior al valor del gasto.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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