BASES CAMPAÑA FOMENTO AL CONSUMO: V BONO-CONSUMO CATRAL 2026.

Se trata de una iniciativa de apoyo a la ciudadanía, mayor de 18 años, consistente en la emisión de bonos de consumo que se gestionarán por los establecimientos que se adhieran a la Campaña de V Bonos Consumo Catral 2026, con el objetivo de inyectar liquidez y hacer partícipe a nuestra ciudadanía para beneficiarse de descuentos en su compra o servicio.

En resumen: Está orientada a AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CATRAL.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 178.360,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Solicitud bonos consumo mediante formulario web, se anunciará previamente en la página web https://bonos.catral.es, web municipal www.catral.es y en redes sociales con al menos 48 horas de antelación. Al realizar la solicitud se podrán descargar el bono solicitado. La solicitud de la subvención conlleva la aceptación de las presentes bases en su integridad. Junto con la solicitud de la subvención se declarará de forma
  • Que cumple todos los requisitos para participar en la convocatoria y acepta las bases en su integridad.
  • Hallarse al corriente con el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Hacienda Municipal y con la Seguridad Social.
  • No encontrase incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que la persona solicitante asume el compromiso de destinar la subvención a la finalidad prevista.
  • Que la persona solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.
  • Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro de otras subvenciones concedidas
  • Autorización para el tratamiento de datos personales necesarios para el desarrollo de la campaña al Ayuntamiento de Catral, y a la entidad encargada de la gestión de la plataforma digital. Inicio Gasto Bonos: Desde el anuncio de apertura de plazo para la solicitud de los bonos, que se publicará en la web oficial del Ayuntamiento y en redes sociales con una antelación mínima de 48 horas. Fin Gasto Bonos: 30 de noviembre de 2026. En el caso de que no se consumiera todo el importe designado se volvería a abrir un nuevo periodo hasta consumir el importe total sin que pueda duplicarse la solicitud por DNI /NIE. Las personas beneficiarias podrán saber cuáles son los comercios adheridos a través de la cartelería asociada a la campaña y en la página web municipal www.catral.es y en redes sociales.
  • Solicitud adhesión comercios: mediante formulario en el siguiente enlace https://bonos.catral.es/#!/alcantir/formulario/adhesioncomercio por un plazo de 5 días hábiles desde la publicación del extracto de las presentes Bases y convocatoria en el BOP.
  • La gestión de los bonos se realiza mediante plataforma por lo que no será necesario la entrega de documentación en el ayuntamiento. Para poder participar como establecimiento adherido deberá solicitarse expresamente por sede electrónica, disponible en la página web https://bonos.catral.es/#!/alcantir/formulario/adhesioncomercio junto con el documento acreditativo IAE y certificado bancario. La participación en la Campaña de bonos implica la aceptación de las presentes bases por parte de los establecimientos colaboradores. Junto con la solicitud de la subvención se declarará de forma
  • Que cumple todos los requisitos para participar en la convocatoria y acepta las bases en su integridad
  • Que ejerce la actividad económica en el término municipal de Catral antes de la publicación de la convocatoria, en establecimiento permanente con licencia de actividad o ambiental.
  • Que mantendrá la actividad, como mínimo, durante el período de participación en esta campaña.
  • Que se compromete a aceptar los bonos que le entreguen los clientes, siempre que realicen una compra y el valor de los bonos NO superará el 50% del importe total de la compra. En caso de que la compra sea inferior al descuento, no se reembolsará la diferencia.
  • Que colaborará en las actuaciones de promoción comercial y seguimiento del Ayuntamiento de Catral, aportando cuanta información le sea requerida, así como cualesquiera otras de comprobación y control que fuesen necesarias con la finalidad de verificar el cumplimiento específico de las obligaciones asociadas a la ayuda.
  • Que acepta ser incluido como establecimiento colaborador del programa de bonos en los soportes publicitarios del programa: webs, redes sociales, etc.
  • Que autoriza para el tratamiento de datos personales necesarios para el desarrollo de la campaña al Ayuntamiento de Catral, y en su caso a la entidad encargada de la gestión de la plataforma digital No cabe la posibilidad de reformulación de solicitudes prevista en el
  • LOS BENEFICIARIOS. El abono de las subvenciones reguladas en las presentes bases se realizará por medio de transferencia a la cuenta bancaria del titular del establecimiento en que la persona beneficiaria haya hecho uso de su bono. Según lo previsto en el artículo 34.4 de la Ley General de subvenciones 28/2003, de 17 de noviembre “ Cuando la naturaleza de la subvención así lo justifique, podrán realizarse pagos a cuenta. Dichos abonos a cuenta podrán suponer la realización de pagos fraccionados que responderán al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada”. Los beneficiarios y establecimientos adheridos, estarán sometidos a las
  • Facilitar las comprobaciones documentales encaminadas a garantizar la correcta realización de la actividad subvencionada.
  • Conservar la documentación justificativa durante el plazo de 4 años desde el abono de la subvención.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Se trata de una iniciativa de apoyo a la ciudadanía, mayor de 18 años, consistente en la emisión de bonos de consumo que se gestionarán por los establecimientos que se adhieran a la Campaña de V Bonos Consumo Catral 2026, con el objetivo de inyectar liquidez y hacer partícipe a nuestra ciudadanía para beneficiarse de descuentos en su compra o servicio.