BASES AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR Y USO DEL SERVICIO DE COMEDOR PARA EL CURSO 2026/2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES114 - Pontevedra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 40.000,00 €. Plazo: Fin: 16/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en las presentes bases las personas que sean padre, madre, tutor/a o persona acogedora del alumnado matriculado en el curso 2026/2027 en alguno de los niveles educativos objeto de cada modalidad de ayuda y que cumplan los requisitos establecidos en esta base.
  • Ayudas para libros y material escolar_ podrán ser beneficiarias las unidades familiares
  • Estar empadronadas en el Ayuntamiento de Mos, aún que el alumnado no esté escolarizado en un centro educativo de otro ayuntamiento.
  • Tener alumnado matriculado en un centro educativo del Ayuntamiento de Mos, aunque la unidad familiar esté empadronada en otro Ayuntamiento.
  • Ayudas para el servicio de comedor escolar: podrán ser beneficiarias exclusivamente las unidades familiares con alumnado matriculado en centros públicos de educación infantil (2º ciclo) o educación primaria del Ayuntamiento de Mos que dispongan del servicio de comedor escolar, siempre que el alumnado no goce de gratuidad en dicho servicio. Para esta modalidad será req uisito necesario que el alumnado esté escolarizado en uno de estos centros del Ayuntamiento de Mos, con independencia del ayuntamiento de empadronamiento de la unidad familiar.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • Estar al corriente por todos los conceptos en las obligaciones tributarias y non tributarias con la hacienda local, y sus organismos autónomos. En c aso contrario deberán presentar solicitud de fraccionamiento de deuda cuyo cumplimento será tenido en cuenta para la concesión de futuras prestaciones de igual naturaleza.
  • Cumplir con el baremo económico recogido en la base VI. Corrección: https://mos.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 2 a 15
  • BASE V: PUBLICIDAD, PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN La publicación de las presentas bases y convocatoria, así como la resolución de las ayudas se realizará en la sede electrónica y página web del Ayuntamiento de Mos y se anunciarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones que publicará el texto competo y remitirá un extracto al Boletín Oficial da Provincia para su publicación. Las solicitudes deberán presentarse según el modelo facilitado por el Ayuntamiento, disponible na sede electrónica y en la página web municipal, desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPPO hasta el 16 de octubre de 2026, y podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Mos o por cualquier medio establecido en el artículo
  • Copia del D.N.I de la persona solicitante, de la persona conyugue, tutores/as familias de acogida en su caso
  • Fotocopia del libro de familia. En caso de separación o divorcio se entregará también copia de la sentencia judicial o convenio regulador donde conste la custodia del / de la menor.
  • Certificado de convivencia de la unidad familiar, excepto las unidades familiares empadronadas en el Ayuntamiento de Mos, que se comprobará de oficio.
  • Declaración de la renta del ejercicio 2025 de la persona solici tante y de la persona conyugue o persona unida por análoga relación. En el caso de no tener hecha la declaración de la renta, se presentará, en el momento de la solicitud, certificado Corrección: https://mos.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 3 a 15
  • Vida laboral de aquellas personas que formen la unidad familiar y no hagan la declaración de la renta
  • Justificante de matrícula del centro escolar del alumnado para el que se solicita la ayuda.
  • Facturas o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico-mercantil, a nombre de la persona solicitante o de la persona menor beneficiaria, con el detalle suficiente del material adquirido y, si es el caso, ju stificante de la ANPA o del centro escolar del gasto realizado.
  • Justificante de la empresa concesionaria o de la ANPA de la solicitud del servicio de comedor, con indicación del número de días mensuales que acudirá cada menor.
  • Declaración jurada de no tene r deudas con la Hacienda Pública (administración local, seguridad social y Hacienda)
  • Certificado expedido por la Tesorería del Ayuntamiento de Mos o del Ayuntamiento de residencia o organismo dependiente de los tributos municipales de no tener deudas con la entidad municipal de la persona solicitante y de la persona cónyuge, excepto las unidades familiares empadronadas en el Ayuntamiento de Mos, que se comprobará de oficio.
  • Certificado del número de cuenta bancaria

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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