Personas físicasES511 - Barcelona

Ayudas urgencia social 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE FONOLLOSA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Que la entrega se haga sin contraprestación directa de los beneficiarios.
  • Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya efectuados o para efectuar, o la concurrencia de una situación, en el entendido de que el beneficiario deberá cumplir las obligaciones materiales y formales que se deriven.
  • Que el proyecto, la acción, la conducta o la situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o de interés social o de promoción de una finalidad pública.
  • - Ámbito de aplicación subjetivo Esta Ordenanza será de aplicación a las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Fonollosa.
  • Esta Ordenanza no será de aplicación en los siguientes casos:
  • Subvenciones impropias reguladas por la legislación tributaria o sectorial aplicable.
  • Las cesiones de uso de bienes inmuebles a entidades públicas o privadas.
  • Premios que se otorguen sin la solicitud previa del beneficiario.
  • Subvenciones otorgadas al concesionario de un servicio público que las recibe como contraprestación del funcionamiento del Servicio y/o para mantener el principio de equilibrio económico.
  • Las ayudas o auxilios para atender necesidades perentorias que satisfagan finalidades de carácter social.
  • Subvenciones concedidas por otras administraciones en las que el Ayuntamiento actúe como simple intermediario.
  • Aportaciones del Ayuntamiento destinadas a financiar globalmente las actividades de los entes receptores: consorcios, mancomunidades, fundaciones, asociaciones, etc. en las que está representado el Ayuntamiento y a los que, anualmente se hacen aportaciones económicas para financiar sus presupuestos.
  • Aportaciones dinerarias en forma de cuotas a favor de las asociaciones a que se refiere la disposición adicional 5a. de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ayudas económicas a los grupos políticos representados en el Ayuntamiento para atender sus gastos de funcionamiento.
  • Cuotas abonadas a entidades que con carácter científico, técnico o especializado del tipo que sea, se hayan constituido con cualquier ámbito geográfico, y de las que el Ayuntamiento forme parte como socio.
  • Aquellos otros previstos en la LGS y en el RLGS.
  • La presente Ordenanza sólo tendrá carácter supletorio, respecto a la correspondiente normativa
  • Subvenciones concedidas o financiadas con Fondos Europeos o de otras administraciones públicas, que se regirán en primer lugar por la normativa o condiciones establecidas por la Administración que financie, total o parcialmente, la subvención. En caso de que la normativa mencionada no regule la forma de otorgamiento de la subvención, será de aplicación esta Ordenanza.
  • Subvenciones impuestas en virtud de norma legal, que se regirán en primer lugar por ésta.
  • La Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Gastos y actuaciones

  • En ningún caso son gastos subvencionables: · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso son gastos subvencionables: · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • En ningún caso son gastos subvencionables: · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    El beneficiario debe imputar los costes indirectos a la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda, de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que estos costes correspondan al periodo en el que efectivamente se lleva a cabo la actividad.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    - Comprobación de las justificaciones
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    El órgano otorgante de la subvención comprobará que las justificaciones se presenten en los plazos fijados y las comprobará formalmente, y podrán requerir al beneficiario para que enmiende defectos, complete la documentación o amplíe la información.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    En el caso de justificación mediante cuenta justificativa simplificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 75.3 del RLGS, comprobará los justificantes que estime oportunos con el fin de obtener una evidencia razonable de la adecuada aplicación de la subvención, requiriendo al beneficiario para que los aporte.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    El centro gestor podrá comprobar el valor de mercado de los gastos subvencionados, utilizando los criterios señalados en el art. 33 de la LGS.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    El centro gestor podrá comprobar directamente la ejecución de la obra o actividad subvencionada, ya sea mediante personal propio, o bien, a través de empresas contratadas al efecto.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    La Intervención determinará el procedimiento de fiscalización y los criterios de control de las justificaciones de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    - Subcontratación de actividades subvencionadas El beneficiario de subvenciones para actividades podrá subcontratar la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención, de conformidad con lo previsto en el art. 29 de la LGS y el artículo 68 del RLGS.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    - Invalidez de las resoluciones de concesión de subvenciones
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    Son causas de nulidad de las resoluciones de concesión:
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    Las indicadas en el art. 62.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    La carencia o insuficiencia de crédito presupuestario.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    Son causas de anulabilidad de la resolución de concesión las demás infracciones del ordenamiento jurídico, y, en especial, de las reglas contenidas en la LGS, de conformidad con lo dispuesto en el art. 63 de la citada Ley 30/1992.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    La tramitación y declaración de nulidad se ajustará a lo dispuesto en el art. 36 de la LGS y los artículos 102 y 103 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    - Modificaciones de la resolución de concesión
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    Con posterioridad al acuerdo de concesión y antes de la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada, se podrá modificar, de oficio o previa solicitud del beneficiario, el importe, la actividad, el plazo de ejecución y otras obligaciones, cuando no se perjudiquen los intereses de
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona de manera efectiva. En ningún · eligible
    Cuando se produzca una alteración en las condiciones que determinaron la concesión de la subvención.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social