Personas físicasES30 - COMUNIDAD DE MADRID

AYUDAS A LOS PARTICIPANTES EN LA EXPOSICION DE BELENES 2026/2027

Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El Ayuntamiento con el ánimo fomentar y premiar a todas las asociaciones que, haciendo gala de su buen empeño, cada año dedican parte de su tiempo a decorar de forma muy laboriosa sus Belenes, con el plan de avivar las tradiciones lúdico -festivas de la celebración de la Navidad en nuestra ciudad.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES30 - COMUNIDAD DE MADRID. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €. Plazo: Fin: 30/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la entidad o persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. Podrán participar en la exposición de belenes programada por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con motivo de las fiestas navideñas y ser beneficiarios de estas ayudas, cualquier asociación o entidad legalmente constituida en Torrejón de Ardoz. Las entidades solicitantes deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos 1 año de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, así como, estar dadas de alta en la Sede Electrónica Municipal. Tener justificada la subvención concedida en el ejercicio anterior, o en caso de no haber ejecutado parcial o totalmente el proyecto por causa debidamente justificada, haber reintegrado el importe que corresponda. No será requisito exigible haber solicitado la subvención en el ejercicio inmediatamente anterior para la otorgación de la subvención en la presente convocatoria, o futuras.
  • La solicitud irá acompañada de los siguientes documentos que, en todo caso deberán
  • ANEXO I. Datos de la entidad, presidente o representante y bancarios
  • (LAS SUBVENCIONES SOLO SE PODRÁN HACER EFECTIVAS MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA). Adjuntar justificante de pago o certificado de titularidad de la cuenta a este anexo. Código para validación: TV2H5-VXF4S-X5LCV Documento generado desde la Plataforma Firmadoc | Página 3/10
  • ANEXO II. Declaración responsable del solicitante: a. Que esta entidad no está incursa en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones, previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. b. No haber obtenido otras ayudas y/o subvenciones concurrentes para el mismo proyecto. En caso de sí haber percibido, especificar cuáles. c. Certificado bancario. C. Acreditación de la personalidad.
  • Copia del NIF. o CIF. si se trata de persona jurídica.
  • Composición de la Junta/Equipo Directivo de la entidad, con DNI., Teléfono y e-mail de cada uno de los componentes.
  • Si se actúa en representación, ésta deberá acreditarse con la solicitud.
  • D. Si es la primera vez que solicita la subvención además deberá presentar:
  • Copia compulsada del NIF. o CIF. si se trata de persona jurídica.
  • Razón social: Escritura de constitución y Estatutos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, la definición de los criterios y la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones en el municipio de Torrejón de Ardoz, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El Ayuntamiento con el ánimo fomentar y premiar a todas las asociaciones que, haciendo gala de su buen empeño, cada año dedican parte de su tiempo a decorar de forma muy laboriosa sus Belenes, con el plan de avivar las tradiciones lúdico -festivas de la celebración de la Navidad en nuestra ciudad.