Personas físicasES41 - CASTILLA Y LEON

AYUDAS PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE MEJORA DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS Y LUGARES DE TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS MENORES DE 2.000 HABITANTES

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones para financiar al sector agrario (agricultura, ganadería, la caza y sus servicios de apoyo, la silvicultura y la explotación forestal, la pesca y la acuicultura) los costes derivados de las actividades de mejora de la seguridad y salud de los centros y lugares de trabajo de los municipios menores de 2.000 habitantes en la provincia de la provincia de Ávila.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES41 - CASTILLA Y LEON. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • 1. Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones las personas físicas, personas jurídicas con ánimo de lucro, cooperativas agrarias, sociedades agrarias de transformación (SAT), explotaciones de titularidad compartida, comunidades de bienes y sociedades civiles, que estén encuadrados dentro del CNAE 01: Actividades de agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas; 02 Silvicultura y explotación forestal y 03 Pesca y acuicultura. B a s e s d e s e g u r i d a d y s a l u d . S e c t o r a g r a r i o ( Á v i l a ) P á g i n a 1 | 23 Plaza Corral de las Campanas, s/n 05001 – Ávila. España. Tel. (+34) 920 357 313 www.diputacionavila.es Cód. Validación: 7G5TJH96AFGLEEE7YM55TQKDQ Verificación: https://diputacionavila.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 25
  • 2 Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos :
  • Que tengan domicilio fiscal y desarrollen su actividad profesional o empresarial en algún municipio de la provincia de Ávila con menos de
  • 000 habitantes. Se tomarán como referencia las cifras oficiales de población a fecha 1 de enero del año 2025 publicadas por el INE (en aplicación del art. 17 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, LRBR).
  • Que estén válidamente constituidas con su correspondiente alta en la Agencia Tributaria (CNAE 01, 02 o 03) y en la Seguridad Social.
  • Que los solicitantes no sean beneficiarios de otra ayuda o subvención de la Diputación de Ávila para la misma finalidad.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  • Hallarse al corriente de las obligaciones devengadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2025, respecto de la Diputación de Ávila, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
  • No haber sido sancionados con carácter firme, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de la presente convocatoria.
  • No concurrir en el solicitante las circunstancias establecidas en el art.
  • 2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que puedan resultarle de aplicación.
  • 3. Obligaciones de los beneficiarios. g.1) Los beneficiarios deberán destinar la subvención al fin concreto para la que se concedió, y deberán mantener la actividad, desde el momento de la presentación de la solicitud de la subvención, a lo largo del proceso de tramitación y hasta su liquidación. B a s e s d e s e g u r i d a d y s a l u d . S e c t o r a g r a r i o ( Á v i l a ) P á g i n a 2 | 23 Plaza Corral de las Campanas, s/n 05001 – Ávila. España. Tel. (+34) 920 357 313 www.diputacionavila.es Cód. Validación: 7G5TJH96AFGLEEE7YM55TQKDQ Verificación: https://diputacionavila.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 25
  • 4. No podrán ser beneficiarios:
  • Las Administraciones públicas y entidades del sector público, sea cual sea su ámbito territorial, así como cualquier empresa participada por cualquier ente, organismo o entidad que forme parte del sector público, a estos efectos, se entenderá que forman parte del sector público los entes, organismos y entidades enumerada en el artículo 3 de la LCSP.
  • No podrán concurrir en una misma convocatoria empresas del mismo grupo, conforme a lo establecido en el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de que empresas de un mismo grupo presenten solicitud, el órgano competente para la tramitación de la subvención atenderá a la solicitud que tenga entrada con anterioridad en el Registro. B a s e s d e s e g u r i d a d y s a l u d . S e c t o r a g r a r i o ( Á v i l a ) P á g i n a 3 | 23 Plaza Corral de las Campanas, s/n 05001 – Ávila. España. Tel. (+34) 920 357 313 www.diputacionavila.es Cód. Validación: 7G5TJH96AFGLEEE7YM55TQKDQ Verificación: https://diputacionavila.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 25
  • A estos efectos deberán cumplimentar la declaración responsable conforme al formulario que figura como ANEXO IV
  • - PERIODO DE ELEGIBILIDAD. El período para la realización de las actividades objeto de subvención a través de esta convocatoria de la Diputación de Ávila será el comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 agosto de 2026.
  • - CONCEPTOS SUBVENCIONABLES Se consideran conceptos subvencionables las actividades que repercutan de forma directa y favorable en la mejora de las condiciones de salud y seguridad laboral de los centros de trabajo en los municipios menores de
  • 000 habitantes, referidas a:
  • Adquisición o adaptación de vehículos propios de la actividad agrícola y ganadera.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones para financiar al sector agrario (agricultura, ganadería, la caza y sus servicios de apoyo, la silvicultura y la explotación forestal, la pesca y la acuicultura) los costes derivados de las actividades de mejora de la seguridad y salud de los centros y lugares de trabajo de los municipios menores de 2.000 habitantes en la provincia de la provincia de Ávila.