Ayudas para la puesta en marcha de grupos de cooperación para la innovación en digitalización y gestión sostenible de explotaciones ganaderas 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES53 - ILLES BALEARS. La gestiona FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA).

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • El GC, que podrá tener o no personalidad jurídica propia, deberá cumplir las
  • a.1) Los miembros del GC podrán ser:
  • Titulares de explotaciones ganaderas inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas (REGA) y en el Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA).
  • Organizaciones agrarias u organizaciones de productores (OPA).
  • Cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones.
  • Sociedades Agrarias de Transformación (SAT). En la presente convocatoria, los miembros integrantes del GC no podrán participar en más de un proyecto o GC.
  • Aquesta és una còpia autèntica imprimible d'un document electrònic. Podeu comprovar la seva validesa al següent enllaç: https://csv.caib.es/concsvfront/view.xhtml?hash=fc9480e7e00b76b4d46bc34ac63d4cb0a73356ac89298898aaa9636aefa4598b CSV: fc9480e7e00b76b4d46bc34ac63d4cb0a73356ac89298898aaa9636aefa4598b Pàgina 10/50 C/ de la Reina Constança, 4 07006 Palma Tel. 971 17 60 76 http://www.caib.es 10 La comprobación del hecho de que las explotaciones ganaderas pertenecientes al GC estén inscritas en el REGA y en el REA la realiza de oficio el FOGAIBA, excepto manifestación en contra de la persona peticionaria. En caso de denegar expresamente esta comprobación, deberá aportarse el documento acreditativo correspondiente.
  • a.2) El GC deberá estar formado por los siguientes miembros:
  • En todo caso, por un mínimo de cinco explotaciones ganaderas.
  • Al menos, por una organización profesional agraria o entidad asociativa agraria de las previstas en el epígrafe a.1) anterior, que será la entidad coordinadora del GC. En su caso, el GC podrá estar formado solo por cinco explotaciones ganaderas cuando la persona titular de alguna de ellas pueda ser una entidad coordinadora, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior, y sea designada a tal efecto. a.3) Cada miembro del GC deberá asumir una parte del coste total subvencionable del proyecto. a.4) Con carácter general, el GC no podrá disolverse antes de la finalización del proyecto. No obstante lo anterior, en caso de que el GC no posea personalidad jurídica propia, no podrá disolverse hasta que hayan transcurrido cuatro años, de acuerdo con el plazo de prescripción previsto por la normativa aplicable según lo dispuesto en el punto 2 del presente apartado tercero. a.5) Solo podrá concederse ayuda en virtud de esta intervención para promover nuevas formas de cooperación, de conformidad con el apartado cuarto de esta Resolución.
  • El GC deberá disponer de un plan de cooperación, con el contenido mínimo del
  • Estar suscrito electrónicamente por todas las personas integrantes del GC.
  • Explicar el valor añadido de la cooperación para alcanzar los objetivos del proyecto, así como la contribución de cada explotación ganadera y de cada entidad participante integrante del GC.
  • Garantizar que cada explotación ganadera participante aborda, como mínimo, dos de las actuaciones de digitalización en la gestión y el manejo de la explotación ganadera, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.a) del apartado cuarto de esta Resolución.
  • Identificar las necesidades que pretenden cubrirse con el proyecto de cooperación.
  • Justificar claramente cómo se dará respuesta a las necesidades abordadas, detallando un plan de acción adecuado para alcanzar los objetivos propuestos y señalando los resultados esperados.
  • Incluir un plan de comunicación del proyecto y difundir sus resultados.
  • Incluir una descripción de los gastos asociados al plan de acción con base en las actuaciones subvencionables previstas en el apartado cuarto de esta Resolución.
  • Estructura del grupo y detalle de sus integrantes, identificados por el nombre completo o la razón social y el DNI o NIF, la persona representante y el porcentaje de participación en el GC.
  • Entidad coordinadora del GC.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación