ayudas para financiar la adquisición de libros de texto así como el material escolar para el curso 2026-2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLANOS DE MORISCOS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

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    E S (Adjuntar documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria indicada) En Castellanos de Moriscos , a ____ de _________________ de 2026. Los/ El solicitante/s,
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    MATERIAL ESCOLAR, CURSO 2026/2027 La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina en su artículo 83.1, que para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con condiciones económicas desfavorables tendrán derecho a obtener becas y ayudas al estudio. Además, la Ley 4/2012, de 16 de julio, de Medidas Financieras y Administrativas, dice en su artículo 20, que atendiendo a la mayor racionalización y sostenimiento del gasto público, dispone que las subvenciones, ayudas, prestaciones, becas, beneficios tributarios, y en general cualquier tipo de beneficio o aportación de contenido económico o material, se determine teniendo en cuenta la capacidad económica de las personas físicas destinatarias.
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    TERCERO.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIACIÓN El crédito máximo disponible para la financiación de las ayudas a conceder asciende a 21.000 €, cantidad que se podrá ampliar sin requerir una nueva convocatoria en caso de agotar todo el crédito destinado a la convocatoria, habiendo quedado solicitudes sin atender, con cargo a la bolsa de vinculación correspondiente. Las ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria 231.480.01 “Ayudas para la adquisición de libros escolares. Curso 2026/2027” de los Presupuestos Municipales aproba dos en Castellanos de Moriscos para 2026.
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    SEXTO.- BENEFICIARIOS Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el padre, la madre o el tutor legal de los alumnos/as que cursen 2º ciclo de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria, que cumplan los
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    Que ambos progenitores estén empadronados en el mismo domicilio, en el Municipio de Castellanos de Morisco con al menos 3 meses de antigüedad, sin perjuicio de las peculiaridades que se indicaran más adelante.
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    Que el alumno/a para el que se solicita la subvención esté empadronado en el municipio con al menos 3 meses de antigüedad.
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    Que ambos progenitores, se encuentren al corriente al pago de las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, sin perjuicio de las peculiaridades que se indicaran más adelante.
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    Que ambos progenitores, no estén incursos en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de la subvención regulada en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de las peculiaridades que se indicaran más adelante En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, o cuando no existiendo matrimonio los progenitores del menor ya no son pareja, en todo caso deberá aportarse convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, y se podrán dar los siguientes
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    CUSTODIA EXCLUSIVA DE UNO DE LOS PROGENITORES: Cuando la custodia del menor le corresponda en exclusiva a uno de los progenitores, el solicitante y beneficiario de la prestación será el padre/madre a cuya custodia hayan de quedar los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio que en su caso deberá aportarse; en estos supuestos solo deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en la letra a), c) y d), el progenitor que tenga otorgada a su favor la custodia completa del menor.
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    CUSTODIA COMPARTIDA: En caso de custodia compartida, podrá ser único beneficiario de la ayuda y por tanto solicitar la misma, el progenitor con el que se encuentre empadronado el menor/es; en este supuesto, solo deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en la letra a), c) y d), el progenitor que esté empadronado con el menor, además de aportarse convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio. C/La Rosa 10 37439 Castellanos de Moriscos (Salamanca) Tfno: 923 361 423 Web: www.castellanosdemoriscos.es e-mail: info@castellanosdemoriscos.es Cód. Validación: 64TH9N5ZGL2ZGXWF3JLFYEZET Verificación: https://castellanosdemoriscos.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 9
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    Las solicitudes donde todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años se encuentren en situación de desempleo.
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    Las solicitudes donde todos los miembros de la unidad familiar tengan tarjeta sanitaria en el municipio. A efectos de este criterio se considera equiparable a la tarjeta sanitaria en el municipio la adscripción a mutualidades.
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    El resto de solicitudes ordenadas en sentido creciente según renta per cápita.
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    Los cónyuges unidos en matrimonio (del mismo o distintos sexos) y los hijos menores de edad naturales o adoptados (excepto los que vivan de manera independiente y con autonomía económica) o los mayores de edad incapacitados judicialmente si los hubiera y sujetos a patria potestad prorrogada, que residan en el mismo domicilio que el solicitante.
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    En caso de que no exista matrimonio por separación, divorcio o fallecimiento de uno de los cónyuges, la unidad familiar estará formada por el padre o la madre y los hijos que convivan con uno de ellos (y cumplan los requisitos del anterior punto), que residan en el mismo domicilio que el solicitante. Si existiera nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación al padre, madre, tutor o tutora, que resida en el domicilio familiar con la persona progenitora del alumno/a, también se entenderá por unidad familiar salvo en los casos de custodia compartida.
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    En caso de que no exista matrimonio pero ambos progenitores se encuentren empadronados en el mismo domicilio y no exista convenio regulador de la custodia de los hijos que convivan con ellos (y cumplan los requisitos del punto 1), la unidad familiar estará formada por las mismas personas que se enumeran en el punto 1. C/La Rosa 10 37439 Castellanos de Moriscos (Salamanca) Tfno: 923 361 423 Web: www.castellanosdemoriscos.es e-mail: info@castellanosdemoriscos.es Cód. Validación: 64TH9N5ZGL2ZGXWF3JLFYEZET Verificación: https://castellanosdemoriscos.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 9
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    En caso de que no existir matrimonio y exista convenio regulador entre los progenitores que regule de la custodia de los hijos, la unidad familiar estará formada por las mismas personas que se enumeran en el punto 2. La renta familiar a los efectos de esta convocatoria se obtendrá por agregación de todas las rentas percibidas por los miembros de la unidad familiar en el ejercicio 2025.
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    El cálculo de la renta familiar se determinará de la siguiente forma: o Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro. (Casillas 435+460). o En el caso de miembros computables que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por estar exentos de presentación, se procederá de forma equivalente respecto al Certificado de Rentas emitido por la AEAT, y a las imputaciones íntegras se les restarán los gastos y deducciones de trabajo. Se entiende como renta per cápita de la unidad familiar, el resultado de dividir la renta de la unidad familiar entre el número de miembros que la componen.
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    la que se accede a través de la siguiente dirección: https://castellanosdemoriscos.sedelectronica.es/info.0 El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día 15 de septiembre de 2026 hasta el 15 de octubre de 2026. Forma de presentación Las solicitudes se formalizarán, conforme al Anexo I establecido en las bases de la convocatoria y se acompañará de la documentación acreditativa correspondiente. Cuando un mismo solicitante tenga varios hijos que cursen enseñanzas objeto de esta subvención para el curso 2026/2027, se formalizará la petición de las ayudas a través de una única solicitud. C/La Rosa 10 37439 Castellanos de Moriscos (Salamanca) Tfno: 923 361 423 Web: www.castellanosdemoriscos.es e-mail: info@castellanosdemoriscos.es Cód. Validación: 64TH9N5ZGL2ZGXWF3JLFYEZET Verificación: https://castellanosdemoriscos.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 9
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    Documentación optativa para una mayor valoración:  Fotocopia de las tarjetas de inscripción de desempleado de todos los miembros mayores de 16 años, si no se encuentran cursando acción formativa alguna. En caso de que estén cursando acciones formativas deberán presentar documentación acreditativa de dicha circunstancia, mediante certificado expedido en el centro correspondiente.  Fotocopia de las tarjetas sanitarias o mutualidades de todos los miembros de la unidad familiar.  Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los miembros computables de la unidad familiar. Y en el caso de unidades familiares que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del IRPF, certificado de no estar obligado a su presentación. La no presentación de esta documentación no será requerida para su subsanación al interesado, considerando que éste declina de su intención de ser valorado para ocupar un lugar preferente en la determinación del orden de las solicitudes.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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