AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD EN EL MUNICIPIO DE CONGOSTO AÑO 2026

Ayuntamiento de Congosto C/ Era s/n, Congosto. 24398 (León). Tfno. 987467131. Fax: 987467600 Cód. Validación: 4HDEK95RWKW5KWKHTH73GFD4E Verificación: https://congosto.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 6

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CONGOSTO.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 10/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Serán beneficiarios los progenitores o adoptantes del niño/a, titulares del Libro de Familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción. Si en el libro de familia figurase un solo progenitor, éste será el único beneficiario.
  • - En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la prestación será el padre/madre a cuya custodia hayan de quedar los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.
  • - –En los supuestos de familias monoparentales o uniones de hecho, tendrá la condición de beneficiario el progenitor o adoptante titular del Libro de familia que convive con el hijo que motiva la prestación.
  • - En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.
  • - Los extranjeros que residan en el Ayuntamiento de Congosto podrán ser beneficiarios de esta prestación, siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, y los requisitos establecidos en esta normativa.
  • - En el momento de la solicitud, los beneficiarios, titulares del libro de Familia, deberán estar empadronados en el Ayuntamiento de Congosto. Y contar con una antigüedad mínima de (6) seis meses, o, al menos uno de los titulares del libro de familia deberá estar empadronado con la misma antigüedad de (6) seis meses. Ayuntamiento de Congosto C/ Era s/n, Congosto. 24398 (León). Tfno. 987467131. Fax: 987467600
  • - El/la niño/a o niños/as nacidos o adoptados deberán inscribirse en el padrón municipal de habitantes previo a la solicitud.
  • - El padre/madre o los padres deberán comprometerse a seguir empadronados, tanto ellos como el/los niños/as, por un periodo de un año, desde el nacimiento o adopción. El empadronamiento conllevará la residencia efectiva, por lo que los beneficiarios y sus hijos deberán vivir habitualmente en este municipio. Este extremo podrá ser comprobado en cualquier momento por el Ayuntamiento recabando los informes que procedan.
  • -. Los titulares del Libro de Familia deberán estar al corriente de pago con la Hacienda Local. Solo se admitirá una solicitud por menor, no pudiendo estar incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y cumplir con las solicitudes y documentos requeridos en las presentes Bases, en los plazos establecidos en la convocatoria
  • - En todos aquellos casos y situaciones especiales que pudieran plantearse y que no estuviesen previstas en l as presentes bases, se r esolverán mediante resolución de la Presidencia pre via solicitud de la documentación e informes que se estimen necesarios.
  • La solicitud d e ayuda se cumplimentará según modelo de Anexo I de las presentes bases y deberá
  • D.N.I. de los beneficiarios.
  • Libro de familia, o en su defecto, la certificación de la inscripción del hijo cuando estos datos no consten automatizados en el registro civil.
  • Certificado de empadronamiento emitido por el Ayuntamiento que acredite la residencia en el municipio de Congosto, tanto de los progenitores como del niño/a nacido o adoptado.
  • En los supuestos de nulidad, separación o divorcio se presentará el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, en su caso.
  • Se facilitará un n.º de cuenta bancaria (certificado de titularidad bancaria) donde se efectuará el ingreso de la Ayuda.
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda local.
  • Copia de resolución judicial en caso de adopción.
  • - La solicitud, acompañada de la documentación complementaria especificada en el artículo 9, de las presentes bases se presentará en el registro municipal o por cualquier otro procedimiento previsto en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
  • - El plazo de presentación de la solicitud será de (9) nueve meses a contar desde el día siguiente al nacimiento del niño/a, o en el caso de adopción, a partir del día siguiente a la inscripción en el Libro de Familia, sin que sobrepase el 10 de diciembre de 2026.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Ayuntamiento de Congosto C/ Era s/n, Congosto. 24398 (León). Tfno. 987467131. Fax: 987467600