Personas físicasEstudiantes y educaciónES523 - Valencia / València

Ayudas para el desarrollo académico y profesional “ADAP”, para los estudiantes del municipio, curso 2025/2026

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el desarrollo académico y profesional (ADAP), dirigidas al alumnado residente en el municipio de Massanassa que curse estudios de Formación Profesional o Universitarios durante el curso académico 2025/2026, con la finalidad de contribuir a sufragar los gastos derivados de su formación…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MASSANASSA.

● Cerrada

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Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Estar empadronadas en el municipio de Massanassa con una antigüedad mínima de un año respecto de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Cód. Validación: 44SGMY2HJ2G29NAYJQTG3KSNX Verificación: https://massanassa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 10
  • Haber mantenido la matrícula durante el curso académico correspondiente en alguno de los estudios previstos en el artículo 1 de las presentes bases y figurar en el expediente académico oficial emitido por el centro docente con calificación o resultado académico en, al menos, una de las materias, módulos, créditos o unidades formativas matriculadas.
  • No estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y demás ingresos de derecho público con el Ayuntamiento de Massanassa.
  • Las solicitudes se presentarán mediante el modelo normalizado aprobado por el Ayuntamiento de Massanassa, disponible en la Sede Electrónica municipal. Las solicitudes podrán presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Massanassa o, presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento, con cita previa, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la solicitud sea presentada por una persona mayor de edad que figure inscrita en la misma unidad de convivencia que la persona solicitante, se presumirá su representación a los exclusivos efectos de la presentación de la solicitud y de la aportación de documentación durante la tramitación del procedimiento, salvo que existan dudas fundadas sobre la misma, en cuyo caso Cód. Validación: 44SGMY2HJ2G29NAYJQTG3KSNX Verificación: https://massanassa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 10
  • el Ayuntamiento podrá requerir su acreditación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
  • Documento Nacional de Identidad (DNI), Número de Identidad de Extranjero (NIE) o documento identificativo equivalente de la persona solicitante.
  • Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria en la que deba efectuarse el ingreso de la ayuda. La cuenta podrá figurar a nombre de la persona beneficiaria o, cuando esta forme parte de la misma unidad de convivencia, a nombre de su padre, madre o tutor/a legal, quienes actuarán como representantes a los exclusivos efectos del cobro de la ayuda.
  • Expediente académico oficial, certificación académica o cualquier otro documento oficial expedido por el centro docente que permita acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3 de las presentes bases.
  • Facturas y justificantes de pago correspondientes a los gastos subvencionables, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.
  • En caso de que las facturas o justificantes de gasto no estén emitidos a nombre de la persona solicitante, deberá acreditarse que la persona a cuyo nombre figuren forma parte de la misma unidad de convivencia. Dicha circunstancia será comprobada de oficio mediante los datos obrantes en el Padrón Municipal de Habitantes, cuando resulte posible. Cuando existan dudas razonables o no pueda verificarse dicha circunstancia mediante la consulta del padrón, el Ayuntamiento podrá requerir la documentación acreditativa de la relación familiar o de convivencia.
  • El Ayuntamiento comprobará de oficio los siguientes extremos:
  • El empadronamiento de la persona solicitante en el municipio de Massanassa.
  • La inexistencia de deudas de naturaleza tributaria o de otros ingresos de derecho público con el Ayuntamiento de Massanassa. Cód. Validación: 44SGMY2HJ2G29NAYJQTG3KSNX Verificación: https://massanassa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 10
  • La presentación de la solicitud implicará la aceptación íntegra de las presentes bases y de la correspondiente convocatoria.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el Ayuntamiento de Massanassa, así como a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información y documentación les sea requerida.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien los mismos gastos subvencionables, tan pronto como tengan conocimiento de ello y, en todo caso, con anterioridad a la resolución del procedimiento.
  • Conservar los documentos justificativos de los gastos subvencionados durante el plazo legalmente establecido y ponerlos a disposición del Ayuntamiento cuando les sean requeridos en el ejercicio de las actuaciones de comprobación y control.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Gastos y actuaciones

  • ARTÍCULO 13.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Serán subvencionables los gastos directamente relacionados con la realización de los estudios previstos en el artículo 1 de las presentes bases, siempre que resulten necesarios para su adecuado desarrollo, se encuentren efectivamente abonados y se acrediten mediante la correspondiente factura o documento de valor probatorio equivalente, junto con el justificante de su pago. En particular, tendrán la consideración de gastos subvencionables, con carácter enunciativo y no
  • ARTÍCULO 13.- GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Equipamiento general Equipamiento informático destinado al desarrollo de los estudios, tales como ordenadores portátiles, ordenadores de sobremesa, tabletas electrónicas u otros dispositivos de naturaleza análoga. No tendrá la consideración de gasto subvencionable la adquisición de teléfonos móviles.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el desarrollo académico y profesional (ADAP), dirigidas al alumnado residente en el municipio de Massanassa que curse estudios de Formación Profesional o Universitarios durante el curso académico 2025/2026, con la finalidad de contribuir a sufragar los gastos derivados de su formación. A estos efectos, serán susceptibles de financiación los gastos relacionados con la adquisición de material informático y educativo, licencias de software, equipamiento específico, tasas académicas, pruebas de evaluación, formación complementaria y demás recursos directamente vinculados a los estudios cursados, con el objetivo de favorecer la igualdad de oportunidades, reducir el impacto económico que dichos gastos suponen para las familias y facilitar el acceso del alumnado a los recursos necesarios para su formación y futura inserción profesional. Cód. Validación: 44SGMY2HJ2G29NAYJQTG3KSNX Verificación: https://massanassa.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 10