AYUDAS A LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DEL BIERZO, 2026

La presente convocatoria tiene por objeto por un lado establecer medidas complementarias de apoyo a las unidades familiares del municipio y por otro, diseñar mecanismos que ayuden a fijar la población dentro de este territorio, evitando así el despoblamiento que se viene sufriendo en el ámbito rural de Castilla y León, pretendiendo con la presente normativa la regulación del procedimiento de solicitud, tramitación y concesión de las Ayudas que el Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo concede por nacimiento o adopción de hijos a partir del 1 de enero de 2026.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DEL BIERZO.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.500,00 €. Plazo: Fin: 15/01/2027.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Serán beneficiarios los progenitores o adoptantes del niño/a, titulares del Libro de Familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción. Si en el libro de familia figurase un solo progenitor, éste será el único beneficiario.
  • - En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la prestación será el padre/madre a cuya custodia hayan de quedar los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.
  • - En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.
  • - Los extranjeros que residan en el Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo podrán ser beneficiarios de esta prestación, siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, y los requisitos establecidos en esta normativa.
  • - Los progenitores deben estar empadronados en el municipio de Villafranca del Bierzo a la fecha de la convocatoria.
  • - El/la niño/a o niños/as nacidos o adoptados deberán inscribirse en el padrón municipal de Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo Plaza Mayor, 1, Villafranca del Bierzo. 24500 (León). Tfno. 987540089. Fax: 987542479
  • - El empadronamiento conlleva la residencia efectiva, por lo que el/los beneficiario/s y el hijo nacido causante de la subvención deberán vivir habitualmente en este municipio. Este extremo podrá ser comprobado en cualquier momento por el Ayuntamiento recabando los informes que procedan.
  • - Los beneficiarios no han de tener pendiente de justificación ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo, salvo que se le concediera excepcionalmente prórroga o bien hubiera desistido de forma motivada y por escrito
  • - Los beneficiarios deberán estar al corriente de pago en sus deberes tributarios con la Hacienda Local, autonómica, Estatal y con la Seguridad Social.
  • - En todos aquellos casos y situaciones especiales que pudieran plantearse y que no estuviesen previstas en las presentes bases, se resolverán mediante resolución de la Alcaldía, previa solicitud de la documentación e informes que se estimen necesarios.
  • 1º.- Plazo: las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de exposición de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de León, y en todo caso, antes de finalizar el año. No obstante, para los nacimientos o adopciones que tengan lugar dentro de los quince últimos días de diciembre las solicitudes podrán cursarse hasta el día quince de enero de 2027 (para las adopciones se tomará como referencia la fecha de inscripción en el libro de familia). La convocatoria y concesión de estas ayudas será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Las solicitudes presentadas fuera de plazo fijado, serán inadmitidas mediante resolución motivada que se notificará a los interesados. 2º.- Lugar: Registro General del Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo, de 9:00 a 14:00 horas. 3º.- Documentación a presentar: la solicitud se cumplimentará en el modelo normalizado que se facilitará por el Ayuntamiento, firmada por el/los progenitores del menor, o por quien
  • D.N.I. / N.I.E. del/los solicitante/s.
  • Volante de empadronamiento emitido por el Ayuntamiento. En los supuestos de nulidad, separación o divorcio se presentará el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio. En el caso de uniones de hecho, certificado del registro de uniones de hecho competente, bien de su constitución o extinción. Las familias monoparentales acreditarán su convivencia mediante el certificado de empadronamiento.
  • Certificación de los datos bancarios del solicitante, donde conste donde el número de cuenta bancaria donde se efectuará el ingreso de la ayuda.
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición que determina el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Certificación municipal acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo Plaza Mayor, 1, Villafranca del Bierzo. 24500 (León). Tfno. 987540089. Fax: 987542479

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto por un lado establecer medidas complementarias de apoyo a las unidades familiares del municipio y por otro, diseñar mecanismos que ayuden a fijar la población dentro de este territorio, evitando así el despoblamiento que se viene sufriendo en el ámbito rural de Castilla y León, pretendiendo con la presente normativa la regulación del procedimiento de solicitud, tramitación y concesión de las Ayudas que el Ayuntamiento de Villafranca del Bierzo concede por nacimiento o adopción de hijos a partir del 1 de enero de 2026.