AYUDAS MUNICIPALES PARA TERÁPIAS ESPECIALES Y DE APOYO AL ESTUDIO PARA EL CURSO 2026/2027 DESTINADAS AL ALUMNADO MATRICULADO EN EDUCACIÓN INFANTIL (4º, 5º e 6º), FP BÁSICA, CICLOS FORMATIVOS Y BACHILLERATO. CONVOCATORIA DEL AÑO 2026.

El objeto de la convocatoria es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones a las familias con ingresos limitados para el apoyo al estudio en

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES114 - Pontevedra. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PONTEAREAS.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las familias empadronadas en el Ayuntamiento de Ponteareas que tengan menores a su cargo, matriculados para el curso escolar 2026/2027 en algún centro de enseñanza de Ponteareas en Educación Infantil (4°, 5º y 6°), FP Básica, Ciclos Formativos y Bachillerato, o en otra localidad en el caso de CF que no se impartan en el municipio, para ayudas de libros de texto y material escolar y que no dispongan de ninguna otra ayuda de organismo público. La persona beneficiaria será uno de los progenitores o tutor/a legal del/a menor para quienes se solicitan las ayudas y se podrán conceder tantas ayudas como número de menores tengan matriculados en Educación Infantil, FP Básica, Ciclos Formativos y Bachillerato.
  • Para ser beneficiario de esta ayuda es preciso cumplir los siguientes
  • Unidad familiar censada en Ponteareas. 3 de 11
  • Ser padre/madre/tutor o tutora legal del alumnado matriculado en Educación Infantil (4°, 5º y 6°), FP Básica, Ciclos Formativos y Bachillerato en un centro escolar del Ayuntamiento de Ponteareas en el curso escolar 2026/27, o en otra localidad en el caso de CF, que no se impartan en centros educativos de nuestro Ayuntamiento.
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Tener una renta per cápita igual o inferior la 11.000 € durante el año 2025. Para la determinación de la renta per cápita familiar se tendrá en cuenta lo dispuesto a continuación en esta base de la convocatoria.
  • Deberán en este caso presentar certificación de los ingresos percibidos de empresa, organismo correspondiente o pensión alimenticia mediante sentencia de separación/divorcio o convenio regulador. Con la firma de la solicitud la persona solicitante declara, bajo su responsabilidad, que reúne el requisito de ingresos de la unidad familiar que hace constar, y queda sometida al régimen de infracciones y sanciones a que se refiere la base décimo segunda de esta convocatoria. Unidad familiar A los efectos previstos en esta convocatoria, y con referencia a la situación familiar al 31 de diciembre de 2025, se considera que conforman la unidad
  • familiar: Los padres no separados legalmente y, en su caso, el/a tutor/a, o persona encargada de la guardia y protección del menor. Tendrán la misma consideración si no existe vínculo matrimonial. Los hijos e hijas menores de edad, con excepción de los emancipados. Los hijos e hijas mayores de edad con discapacidad física, psíquica o sensorial o incapacitados judicialmente, sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada. Los hijos e hijas solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar. En el caso de fallecimiento de alguno de los progenitores, se acreditará tal circunstancia mediante un certificado de defunción. Los casos de separación o divorcio se acreditarán mediante sentencia judicial o convenio regulador donde conste la custodia del menor. Si hay custodia compartida, las rentas de ambos progenitores se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar. En casos especiales, deberá acercarse el certificado de convivencia donde figure el/a alumno/a por el que se solicita la ayuda y todas las personas que convivan con él, o el certificado de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ponteareas.
  • FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Y PRESENTACIÓN DE
  • DOCUMENTACIÓN Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ponteareas o por cualquier de los procedimientos establecidos en el artículo 5 de 11
  • 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. No se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas fuera de plazo. Las solicitudes, se presentarán junto con la siguiente documentación compulsada en el registro de entrada o copia original para tramitación
  • DNI de la persona solicitante, pasaporte o NIE vigente.
  • Libro de familia completo o documento oficial acreditativo de los miembros de la unidad familiar con su fecha de nacimiento.
  • El ayuntamiento consultará de oficio el empadronamiento familiar. Deberán tener fecha de alta anterior a un año natural. En el caso de lo contrario, deberán acreditar el domicilio familiar mediante contrato de alquiler, escritura de la vivienda o algún recibo de suministros (agua, electricidad, gas...). certificado de convivencia.
  • Justificante de la matrícula en cualquier de los centros de enseñanza de Ponteareas, o en su caso, de otras localidades, o la justificación de reserva de plaza.
  • Certificación del grado de discapacidad y/o dependencia de los miembros de la unidad familiar reconocidos como tales, en su caso.
  • Declaración del IRPF del 2025.
  • Certificación de la cuenta bancaria en el que conste el código de cuenta del cliente, que deberá coincidir con la de la persona solicitante de la ayuda.
  • Declaración de no percibir, o tener solicitadas, otras ayudas con la misma finalidad, de cualquier organismo público.
  • Original de la factura o factura pro forma del gasto a realizar. Las facturas tienen que tener los siguientes datos: número de factura, fecha de expedición, datos completos del emisor de la factura y del solicitante de la ayuda, incluidos los números de identificación fiscal y la dirección de ambos y la descripción de la operación realizada con detalle con los impuestos desglosados, (Real decreto 1496/2003, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y si modifica el Reglamento del Impuesto sobre el valor añadido). Para justificar el pago las facturas deberán venir firmadas por el vendedor y con el serlo corresponsal del establecimiento.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables: · eligible
    Serán objeto de estas ayudas los libros de texto y material escolar didáctico (LÍNEA A) y los servicios profesionales de apoyo especializado o terapias NEAE (Logopedia, PT, refuerzo especializado, etc.) (LÍNEA B) para el alumnado de Educación Infantil (4°, 5º y 6°), FP Básica, Ciclos Formativos y Bachillerato. En ningún caso se incluirán en estas ayudas prendas de vestir ni útiles de aseo.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Cuantía de las ayudas:
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Cuantía por línea: Se establece un importe máximo de 100,00 € por cada línea de ayuda (A y B).
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Acumulación: Un mismo alumno o alumna podrá percibir un tope máximo de 200,00 € siempre que presente justificación de gasto suficiente para 2 de 11
  • Gastos subvencionables: · eligible
    ambas modalidades (hasta 100 € en material y hasta 100 € en apoyo especializado).
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Límite del gasto real: En ningún caso la ayuda será superior al gasto total justificado mediante facturas. Si el importe de las facturas fuera inferior a los máximos establecidos, la ayuda se limitará al importe real del gasto.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Criterio de prioridad por agotamiento de crédito: Dado que el presupuesto total de 20.000,00 € es cerrado y no susceptible de ampliación, las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva atendiendo al estricto orden de entrada de las solicitudes en el Registro del Ayuntamiento de Ponteareas (presencial o telemático), siempre que cumplan con los requisitos económicos y técnicos exigidos en estas bases, y hasta el agotamiento total de los fondos disponibles.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Vasos comunicantes entre partidas: Se establece una reserva inicial de crédito de 12.000,00 € para la Línea A y de
  • Gastos subvencionables: · eligible
    000,00 € para la Línea B. Si tras atender todas las solicitudes presentadas en plazo, una de las líneas no agotara el crédito asignado, el remanente pasará automáticamente a financiar las solicitudes de la otra línea que quedaran en lista de espera por orden de registro, hasta alcanzar el objetivo de ejecución del gasto total de 20.000,00 €. •
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Serán obxecto destas axudas os libros de texto e material escolar didáctico (LIÑA A) e os servizos profesionais de apoio especializado ou terapias NEAE (Logopedia, PT, reforzo especializado, etc.) (LIÑA B) para o alumnado de Educación Infantil (4º, 5º e 6º), FP Básica, Ciclos Formativos e Bacharelato. En ningún caso se incluirán nestas axudas prendas de vestir nin útiles de aseo.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Contía das axudas:  Contía por liña: Establécese un importe máximo de 100,00 € por cada liña de axuda (A e B).  Acumulación: Un mesmo alumno ou alumna poderá percibir un tope máximo de 200,00 € sempre que presente xustificación de gasto suficiente para ambas modalidades (ata 100 € en material e ata 100 € en apoio especializado).  Límite do gasto real: En ningún caso a axuda será superior ao gasto total xustificado mediante facturas. Se o importe das facturas fose inferior aos máximos establecidos, a axuda limitarase ao importe real do gasto. Concello de Ponteareas Xardíns da Xiralda s/n, Ponteareas. 36860 (Pontevedra). Tfno. 986640000. Fax: 986660647 Cod. Validación: 9E2DMEMX43LEN97KPCM56SFEX Corrección: https://ponteareas.sedelectronica.gal/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 2 a 9
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Criterio de prioridade por esgotamento de crédito: Dado que o orzamento total de 20.000,00 € é pechado e non susceptible de ampliación, as axudas concederanse en réxime de concorrencia competitiva atendendo ao estrito orde de entrada das solicitudes no Rexistro do Concello de Ponteareas (presencial ou telemático), sempre que cumpran cos requisitos económicos e técnicos esixidos nestas bases, e ata o esgotamento total dos fondos dispoñibles.
  • Gastos subvencionables: · eligible
    Vasos comunicantes entre partidas: Establécese unha reserva inicial de crédito de 12.000,00 € para a Liña A e de 8.000,00 € para a Liña B. Se tras atender todas as solicitudes presentadas en prazo, unha das liñas non esgotase o crédito asignado, o remanente pasará automaticamente a financiar as solicitudes da outra liña que quedasen en lista de espera por orde de rexistro, ata acadar o obxectivo de execución do gasto total de 20.000,00 €.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de la convocatoria es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones a las familias con ingresos limitados para el apoyo al estudio en