AYUDAS MUNICIPALES A LOS MERCADOS DE DISTRITO DEL GRAO Y MOSEN SORELL 2026

El objeto de esta convocatoria es subvencionar los gastos corrientes derivados de su actividad de venta a los titulares de concesiones administrat ivas existentes en los mercados de distrito del Grao y Mosen Sorell , con la finalidad de promover, consolidar y reforzar comercialmente dichos mercados de distrito.

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • Sólo podrá presentarse una solicitud por titular de la concesión administrativa. Excepcionalmente, un titular podrá recibir la ayuda por 2 puestos siempre que ambos sean discontinuos y con diferente nombre comercial.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 apartados 2º y 3º LGS y no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Valencia
  • La persona que desarrolle la actividad de venta en el puesto tiene que estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad S ocial (general o autónomo)
  • Permanencia de alta en la actividad durante todo el año 2026
  • Cumplir con el horario troncal aprobado por el Ayuntamiento de manera ininterrumpida reflejado en la concesión administrativa Las obligaciones de las personas beneficiarias están recogidas en el artículo 14 LGS y en el artículo 11 de la OGS del Ayuntamiento de Valencia
  • Impresos: * Autorizaciones para el acceso a datos personales * Declaración responsable de becas, premios y subvenciones * Memoria de actuación y Cuenta justificativa
  • Vida Laboral de la persona que ejerce la actividad de venta
  • Facturas de los gastos de los puestos que tenga cada titular en los mercados objeto de esta convocatoria y sus correspondientes justificantes bancarios de pago comprendidos entre el 1 de enero de 2026 hasta la fecha de presentación de la solicitud (gastos que aparecen en el punto 8º)
  • Certificado de titularidad bancaria actualizado de la persona solicitante con IBAN completo
  • PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD El plazo de solicitud será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. La convocatoria será publicada en la Base d e Datos Nacional de Subvenciones, que remitirá el extracto de ésta al Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, así como en la página web municipal. La presentación de las solicitudes se efectuara mediante la solicitud normalizada únicamente por vía tel emática a través del procedimiento habilitado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia, https://sede.valencia.es  Trámites  Materias  Actividad Económica, Empleo y Consumo  Comercio  AYUDAS MUNICIPALES A LOS
  • Presidencia: El jefe del Servicio de Comercio o persona en quien delegue.
  • Vocales: dos personas funcionarias del Ayuntamiento de Valencia adscritas al Servicio de Comercio y Mercados.
  • CRITERIOS DE VALORACIÓN De conformidad con el artículo 60 RGS, entre los criterios señalados en el
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos (cumplimentar impreso Memoria de actividades realizadas), art. 29 OGS
  • Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación de la empresa o persona acreedora y del documento, su importe y de las fechas de emisión y de pago, que se justificará en los términos indicados en el artículo 29 de la OGS (requerida en impreso Cuenta justificativa). No se tendrán en cuenta los gastos reflejados en la solicitud que no queden acreditados documentalmente mediante las correspondientes facturas y justificantes de pago ni aquellas facturas o justificantes que no se encuentren relacionadas en el impreso de la cuenta justificativa.
  • Facturas y justificantes bancarios del pago (no se admiten pantallazos, movimientos de cuenta, ni pagos en metálico) que justifiquen el gasto subvencionable, que cumplan los requis itos establecidos en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, a nombre del titular de la concesión del puesto.
  • PAGO Tras la Resolución de concesión de las ayudas, se efectuará un pago único, mediante transferencia bancaria y por la totalidad del importe de la subvención a cada una de las personas beneficiarias.
  • REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES Se regirá por lo dispuesto en el Título II de la LGS, Título III del RGS y el

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Gastos corrientes de suministros: agua, electricidad
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Póliza de seguro del puesto
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Gastos de asesoramiento fiscal y laboral
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Gastos del personal contratado en el puesto (nóminas)
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Cuotas de autónomo (Seguridad Social)
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Gastos de la tasa municipal por ser titular de la concesión del puesto Cuantía
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    000 € por persona titular de la concesión de los mercados Grao y Mosen Sorell que lo solicite y reúna los requisitos, teniendo en cuenta la excepción prevista en el apartado nº4 en el caso de los puestos discontinuos.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos (cumplimentar impreso Memoria de actividades realizadas), art. 29 OGS
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación de la empresa o persona acreedora y del documento, su importe y de las fechas de emisión y de pago, que se justificará en los términos indicados en el artículo 29 de la OGS (requerida en impreso Cuenta justificativa). No se tendrán en cuenta los gastos reflejados en la solicitud que no queden acreditados documentalmente mediante las correspondientes facturas y justificantes de pago ni aquellas facturas o justificantes que no se encuentren relacionadas en el impreso de la cuenta justificativa.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Facturas y justificantes bancarios del pago (no se admiten pantallazos, movimientos de cuenta, ni pagos en metálico) que justifiquen el gasto subvencionable, que cumplan los requis itos establecidos en el RD 1619/2012, de 30 de noviembre, a nombre del titular de la concesión del puesto.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    Justificación: La subvención no requiere otra justificación que la acreditación de las condiciones y requisitos necesarios para acceder a la ayuda, l os gastos
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    PAGO Tras la Resolución de concesión de las ayudas, se efectuará un pago único, mediante transferencia bancaria y por la totalidad del importe de la subvención a cada una de las personas beneficiarias.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS · eligible
    REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES Se regirá por lo dispuesto en el Título II de la LGS, Título III del RGS y el

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

document_text · grant_document_contents[16974].extracted_segments[1]

El objeto de esta convocatoria es subvencionar los gastos corrientes derivados de su actividad de venta a los titulares de concesiones administrat ivas existentes en los mercados de distrito del Grao y Mosen Sorell , con la finalidad de promover, consolidar y reforzar comercialmente dichos mercados de distrito.