Ayudas de minimis para compensar las pérdidas de productividad en los sectores apícola y cunícola.

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.300.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La persona solicitante debe tener los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con lo que establecen las bases reguladoras.
  • Cuantía total máxima de la convocatoria
  • 1 La cuantía máxima prevista para esta convocatoria es de 2.300.000,00 euros y está consignada en la aplicación presupuestaria AG03/D/470000100/6120/0000 “A empresas privadas” de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del año 2026.
  • 2 El presupuesto previsto se distribuye para cada línea de ayuda en las cantidades
  • 1.500.000,00 euros para la línea 1, sector apícola.
  • 800.000,00 euros para la línea 2, sector cunícola.
  • 3 Si la ayuda concedida a una línea no agota el presupuesto asignado a esta línea, la cantidad sobrante se reasigna a la otra línea.
  • 4 La cuantía total máxima para esta convocatoria se puede ampliar de acuerdo con lo que prevé el artículo 92.4. b del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.
  • El importe de la subvención
  • 1 El importe de la subvención por persona beneficiaria es el siguiente:
  • Línea 1, sector apícola: a.1) Hasta un máximo de 16 euros por colmena trashumante declarada en el censo, en el caso de los apicultores profesionales que ejerzan la actividad en régimen de trashumancia. a.2) Para el resto de los casos distintos al punto anterior, hasta un máximo de 10 euros por colmena declarada. a.3) Se entiende por apicultor profesional el que tenga una capacidad igual o superior a 150 colmenas.
  • Línea 2, sector cunícola: Se prorratea el importe disponible entre todas las solicitudes, hasta un máximo de 8 euros por animal declarado en el censo. Para el cálculo del importe máximo por animal, se tienen en cuenta las conejas reproductoras, los machos reproductores y los animales de reposición.
  • 2 Para el cálculo del importe de la subvención, se tiene en cuenta el último censo declarado en la aplicación Gestión Telemática Ganadera (GTR) dentro del plazo que establece el apartado 13 de esta Resolución.
  • 3 En ningún caso se subvenciona el censo de animales que supere la capacidad que establece la categoría particular de la aplicación GTR. Para el cálculo de la subvención, en caso de que se haya declarado un censo superior a la capacidad máxima de la explotación, se considera como censo la capacidad máxima que establece la aplicación GTR, sin tener en cuenta el exceso declarado.
  • 4 El importe de la subvención nunca puede ser de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • 5 La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar la cantidad de 50.000 euros por empresa beneficiaria en cualquier período de tres años. En este cómputo, se deben tener en cuenta todas las ayudas de minimis que haya recibido la empresa durante el período considerado, independientemente de la forma o la administración pública otorgante. El período de tres años a tener en cuenta a efectos del Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 , se debe contar de forma continua.
  • La documentación que se debe adjuntar con la solicitud es la siguiente:
  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia de ella, si procede.
  • Reformulación de la solicitud No se pueden reformular las solicitudes para esta subvención, de acuerdo con lo que establece el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • 1 El pago de la subvención se lleva a cabo con la comprobación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria o con la justificación previa por parte de la persona beneficiaria de que se ha ejecutado la actividad, el proyecto o el objetivo, o bien que se ha adoptado el comportamiento para el que se concedió la subvención en los términos que establecen las bases reguladoras correspondientes y esta convocatoria.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    Son subvencionables las siguientes líneas: Línea 1. Sector apícola: Es subvencionable la pérdida de rentabilidad y de productividad de las explotaciones apícolas derivada del incremento de los costes de producción, de la disminución de los rendimientos productivos y de la reducción del potencial productivo asociado a la disminución del censo de colmenas. Línea 2. Sector cunícola: Es subvencionable la pérdida de rentabilidad y de productividad de las explotaciones cunícolas derivada del incremento de los costes de producción, de la disminución de los rendimientos productivos y de la reducción de la viabilidad económica de las explotaciones asociada al descenso sostenido del censo y de la actividad productiva del sector.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    Comisión de Valoración
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    1 La Comisión de Valoración está integrada por:
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    La persona titular de la Subdirección General de Ganadería.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    La persona titular del Servicio de Sanidad Animal.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    La persona titular del Servicio de Alimentación Animal y Seguridad de la Producción Ganadera.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    2 El órgano instructor puede designar tanto a la persona que ocupa la secretaría como a los miembros suplentes de la Comisión, que sustituyen a los miembros titulares en los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada. Los suplentes se pueden designar por tiempo indefinido o para una sesión determinada.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    Criterios de valoración de las solicitudes de la línea 1 Para priorizar las solicitudes de la línea 1, sector apícola, el órgano colegiado aplica los
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    Se priorizan las colmenas trashumantes de los apicultores profesionales hasta llegar al importe máximo que establece el apartado 6.1 a.1.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    En caso de que no se agote el presupuesto asignado a la línea 1, sector apícola, una vez priorizadas las colmenas trashumantes de la letra a, se subvencionan el resto de colmenas hasta el importe máximo que establece el apartado 6.1 a.2.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    En caso de insuficiencia de presupuesto para atender a alguna de las prioridades, se prorratea el importe restante entre esta prioridad, respetando los importes máximos que establece el apartado 6.1. a.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    Resolución del procedimiento y notificación a la persona interesada
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    1 Las propuestas provisionales de concesión, las resoluciones y los acuerdos resolutorios de subvenciones se publican en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), sin perjuicio de que se puedan utilizar otros medios electrónicos adicionalmente. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    2 La persona titular del órgano concedente es quien debe resolver sobre la concesión o la denegación de la subvención o ayuda, a través de una resolución que se debe dictar y publicar en el plazo máximo de seis meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    3 Contra la resolución de la persona titular de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Alimentación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado. En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Alimentación se puede interponer en cualquier momento a partir del día siguiente al día en el que se agote el plazo para resolver y notificar, tal y como establece el apartado anterior.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    4 Finalizado este plazo, si no se ha dictado y notificado una resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo que establecen el artículo 54.2.e de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Actuaciones y gastos subvencionables · eligible
    Plazo de ejecución de la actividad El censo que se tiene en cuenta para otorgar la subvención se debe haber declarado en el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el día anterior a la publicación de esta convocatoria, ambos incluidos.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Agricultura, Pesca y Alimentación