Personas físicasES424 - Guadalajara

AYUDAS GUARDERÍA 2026-2027

La subvención tiene por finalidad regular el sistema de acceso y cobertura de dieciocho plazas subvencionadas por el Ayuntamiento de Torrejón del Rey en el Centro Cód. Validación: 76F7ZNYW5GTPLTAFL4E3DMJ75 Verificación: https://torrejondelrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 13

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DEL REY.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 11.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Pueden solicitar la subvención los progenitores, tutores, guardadores o acogedores de los niños cuya edad no exceda de tres años el 31 de diciembre de 2026.
  • Los requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes en la siguiente forma:  Fotocopia del libro de familia completo o certificados de nacimiento  Fotocopia del D.N.I., NIE, o en su caso, pasaporte, de padres o tutores.
  • Pza. Mayor, 1. 19174-Torrejón del Rey (Gu). Tlf: 949 339 351. e-mail: secretaria@aytotorrejondelrey.com  Declaración de la renta de todos los mayores de edad que formen parte de la unidad familiar, correspondiente al año anterior al de uso del servicio, en caso de no haberla presentado, certificado negativo con la información fiscal o, en su caso, autorización al Ayuntamiento de Torrejón del Rey para que pueda acceder a dicha información. La falta de presentación ante la Administración Tributaria de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por parte de alguno de los miembros de la unidad familiar que estén obligados por la legislación vigente será motivo de denegación de la ayuda.  Volante colectivo de empadronamiento, para acreditar la unidad de convivencia.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es el Secretario del Ayuntamiento de Torrejón del Rey. Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el
  • - Situación de riesgo o desamparo
  • - Discapacidad del niño/a igual o superior al 33%
  • - Enfermedad crónica grave o minusvalía de alguno de los progenitores
  • - Progenitor conviviendo en la unidad familiar de origen y con dependencia económica de ella
  • - Progenitor menor de edad conviviendo en la unidad familiar de origen y con dependencia económica de ella
  • - Familia Numerosa con título en vigor
  • - Víctima de violencia de género o doméstica
  • - Componente de la unidad familiar, cuando no se trate de los progenitores, con discapacidad o enfermedad crónica grave que interfiera en la atención al niño
  • Indique cualquier circunstancia de interés que pudiera no estar recogida en la solicitud: En Torrejón del Rey, a de de
  • Documentación a presentar junto a la solicitud (no se admiten fotografías):
  • - Fotocopia del libro de familia completo o certificados de nacimiento.
  • - Fotocopia del DNI de padres o tutores legales
  • - En el caso de niños con necesidades educativas especiales, informe de los Servicios Sociales y certificado de calificación de discapacidad.
  • - Declaración de la renta de todos los mayores de edad que formen parte de la unidad de convivencia, correspondiente al año anterior al de uso del servicio, en caso de no haberla presentado, certificado negativo con la información fiscal o, en su caso, autorización al Ayuntamiento de Torrejón del Rey para que pueda acceder a la información fiscal.
  • - Volante colectivo de empadronamiento actualizado a fecha de solicitud, para acreditar la unidad de convivencia
  • - Otros documentos acreditativos de todas aquellas situaciones que por baremo sean susceptibles de puntuación (discapacidad o enfermedad crónica grave del niño/a, de los padres, tutores o guardadores o de componentes de unidad familiar que convivan en su mismo domicilio, sentencia de divorcio o separación, carnet en vigor de familia numerosa, acreditación de la condición de víctima de violencia de género o doméstica, etc…).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La subvención tiene por finalidad regular el sistema de acceso y cobertura de dieciocho plazas subvencionadas por el Ayuntamiento de Torrejón del Rey en el Centro