Ayudas al estudio en la modalidad de Educación Especial curso 2026/2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ARONA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 140.000,00 €. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán ser beneficiarias de las ayudas en la modalidad de Educación Especial, aquellas personas con discapacidad que acrediten su asistencia a los centros educativos públicos y/o centros donde se impartan enseñanzas adaptadas a sus necesidades especiales.
  • Será condición indispensable para la concesión de las ayudas que se convoquen de acuerdo con estas Bases, estar empadronado/a en el término municipal de Arona, con anterioridad mínima de seis meses a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes, con excepción de los supuestos de violencia de género debidamente acreditados, en cuyo caso únicamente será necesario estar empadronado en el municipio en el momento de la solicitud. Las personas beneficiarias deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No podrán optar a estas ayudas aquéllas personas que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición recogidas en el referido artículo y, entre
  • Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos
  • No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.
  • No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • Criterios económicos para acceder a la ayuda: Para poder ser beneficiario de las ayudas reguladas en las presentes bases, el alumnado beneficiario, no podrá superar determinados umbrales de renta, para lo cual se sumarán todos los ingresos económicos de los miembros mayores de edad de la unidad convivencia de acuerdo con la declaración de la renta correspondiente, dividiéndose el resultado por el número de miembros de la misma, no pudiendo superar el resultado dos veces el IPREM en vigor. Se entiende por unidad de convivencia al núcleo familiar constituido por la persona solicitante y, en su caso, a quienes convivan con ella en una misma vivienda o espacio habitacional, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal, por parentesco civil de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado en línea recta y colateral, o por adopción, tutela o acogimiento familiar.
  • - LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA A APORTAR CON LA INSTANCIA:
  • Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
  • Fotocopia del DNI/NIE de el/la solicitante. De padre, madre o tutor/a legal si fuere menor de edad.
  • Fotocopia del Libro de Familia y/o Título de familia numerosa para las/los solicitantes menores de edad.
  • Documentación acreditativa de las Circunstancias Familiares señaladas en la Base Octava.
  • Modelo normalizado de autorización para recabar datos a la Agencia Tributaria de todos los miembros que compongan la unidad de convivencia.
  • Justificante de matrícula del curso objeto de la ayuda.
  • Para las solicitudes de Ayuda Universidad/Música, se deberán acreditar además el abono de las tasas de matrícula o el primer plazo de la misma en caso de estar fraccionada.
  • Autorización del solicitante para que, en caso necesario, esta Administración pueda recabar datos del centro donde se cursen los estudios objeto de la presente ayuda.
  • Alta de terceros según modelo oficial del Ayuntamiento de Arona, en el que necesariamente debe figurar como titular la persona beneficiaria de la ayuda (excepto en la Ayuda de Transporte)
  • Para las solicitudes de la Ayuda de Educación especial, la persona solicitante deberá tener reconocida la condición legal de discapacidad, prevista en el R.D. 1971/99 de 23 Diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • - PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:
  • La solicitud se presentará en el modelo normalizado establecido para cada modalidad de Ayuda en:
  • El Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.),

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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