AYUDAS ESCOLARES EN CONCEPTO DE ADQUISICIÓN DE LIBROS Y/O MATERIAL ESCOLAR 2026/2027

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES413 - León. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BENUZA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.000,00 €. Inicio: 29/09/2026. Plazo: Fin: 20/10/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Solicitud según modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada donde conste el nombre del solicitante con los datos del menor/es.
  • Memoria para la obtención de la ayuda donde incluye declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones a que hace referencia la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el centro en el que está matriculado el menor, el compromiso de en caso de que en el caso de resultar beneficiario de destinarla al fin para el que se concede y compromiso de devolución en el caso de incumplir la situación que generó el derecho a obtenerla según el modelo que figura como Anexo II de esta convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada donde conste el nombre del solicitante con los datos del menor/es.
  • DNI del solicitante, demás miembros de la unidad familiar y del menor/es (si se posee).
  • Fotocopia del libro de Familia de los componentes de la unidad familiar. Ante la nueva regulación establecida por la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que prescinde de citado libro de familia, aquellos que no posean libro de Familia deberán de presentar documentación que acredite que son integrantes de la unidad familiar, se
  • Los progenitores o, en su caso, aquellos que tuvieran a su cargo la tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo de los hijos, siempre que éstos convivan con él o ellos y a sus expensas.
  • Hijos menores de 25 años no emancipados que convivan en el domicilio familiar Ayuntamiento de Benuza
  • En caso de divorcio o separación, no se considerará miembro computable a aquel de ellos que no conviva con el menor objeto de la ayuda. No obstante, tendrá la consideración de miembro computable, el nuevo cónyuge o pareja que conviva en el mismo domicilio conforme a la inscripción del Padrón municipal de habitantes.
  • Certificado o volante colectivo del padrón municipal donde conste el solicitante, demás miembros de la unidad familiar y los alumnos para los cuales se solicita la ayuda.
  • En su caso, certificado de convivencia del padrón municipal.
  • Copia de la matrícula escolar del alumno/a para el que se solicite la ayuda o, en su caso, documento que acredite la matriculación del alumno/a o, en su caso, documento que acredite la matriculación emitida por el centro escolar.
  • Tarjeta de demanda de empleo de los progenitores, en su caso.
  • En su caso, título de familia numerosa, o en su defecto documentación que acredite que se reúnen las condiciones establecidas en los artículos 2 y 3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones a que hace referencia la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se podrá solicitar al interesado otra documentación distinta a la enumerada anteriormente, cuando por medio de esta no quede debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos para la concesión de esta ayuda.
  • Resolución de la convocatoria. El órgano competente para resolver será el Alcalde; en virtud de lo establecido en la base
  • Medios de notificación o publicación. Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de Ayuntamiento de Benuza
  • – Pago de las ayudas. El pago de las ayudas a cada beneficiario se hará efectivo mediante transferencia bancaria en el número de cuenta que se presente con la solicitud.
  • - Obligaciones de los beneficiarios de la ayuda. La percepción de esta ayuda es compatible con cualquier otra ayuda o subvención, de carácter público o privado. Cuando se conceda la ayuda, el solicitante deberá presentar una declaración jurada de que la misma se destinará a la compra de material escolar y didáctico para el menor.
  • - Interpretación de las bases y su aceptación.
  • El Ayuntamiento de Benuza se reserva el derecho de interpretación y aclaración de las presentes bases sin que quepa reclamación alguna sobre estos particulares.
  • Todos los solicitantes al presentar la solicitud de la subvención se obligan a la aceptación de las presentes bases en su totalidad.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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