AYUDAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA MUJER VÍCTIMA DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA PROVINCIA DE ZARAGOZA, EJERCICIO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • - Realización de la actividad.- Los beneficiarios deberán realizar la actuación que fundamenta la concesión de la subvención ajustada a la solicitud que la motivó y acreditarla debidamente ante la Diputación Provincial de Zaragoza, así como el cumplimiento de las condiciones y requisitos que determinan la concesión y disfrute de la misma.
  • - Actuaciones de control.- Los beneficiarios debe rán someterse a las actuaciones de comprobación por parte de los Servic ios Técnicos Provinciales, a las 5
  • - Autorizaciones, permisos y licencias.- La inclusión de las actividades en el mencionado Plan no exime a las Entidades beneficiarias de sus obligaciones jurídicas con relación a la realización de la actividad subve ncionada y la obtención de cuantos permisos, licencias, autorizaciones, etc. procedan en orden a la ejecución de dicha actuación; así como las obligaciones que para el be neficiario de la subvención imponen las bases de ejecución del presupuesto provincial.
  • 000 euros, con límite, con la suma de las restant es, de hasta 15.000 euros (5.000 incluidos), y el límite del 80% mencionado. Por lo que como máximo se podrá financiar
  • 000 euros para todas las actividades de sensibili zación, y como máximo 10.000 euros para la/s restante/s. Deberá especificarse con claridad en el proyecto en qué consiste cada actividad realizada en aras a poder discernir si se trata de atención directa o sensibilización además de rellenar el anexo de la solicitud.
  • CLÁUSULA SEXTA.- GASTOS SUBVENCIONABLES El período de cumplimiento de la finalidad del proy ecto/s para el/los que se otorga la subvención, será para todo gasto de actividades realizadas del 1 de enero de 2026 a 31 de diciembre de 2026. Se podrá solicitar para varias actividades. No obstante, no podrán financiarse dos o más actividades iguales para los mismos desti natarios. A la suma de dichas actividades se aplicarán los límites establecidos en la cláusula quinta. 7
  • La documentación justificativa del mismo podrá pres entarse hasta el 31 de marzo de 2027 procediéndose a liquidar la subvención una vez resuelta la misma. Se consideran gastos subvencionables aquellos que d e manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencio nada, resulten estrictamente necesarios, se realicen en el plazo establecido por las bases reguladoras de la subvención y ha sido efectivamente pagado con anter ioridad a la finalización del
  • 3- En relación al Impuesto sobre el Valor Añadido , sólo se considerará gasto subvencionable el impuesto soportado que no pueda ser compensado a su vez por la entidad que recibe la subvención, evitando incurrir en lo establecido en el artículo 31.8 de la Ley General de Subvenciones y el artículo 34 de la Ordenanza General de Subvenciones. A tal fin, la entidad aportará los documentos en que conste la exención del pago de este impuesto para la actividad incluid a en el proyecto subvencionado o indicación suficiente acreditativa de la exención y , en su caso, los porcentajes de exención de los que se beneficiaría. Así mismo, en los documentos de pago y en las relaciones a entregar como justificantes, se incluirá únicamente la cuantía imputable a la que se eleve el IVA soportado y no repercutible.
  • CLÁUSULA OCTAVA.- PERIODO DE CUMPLIMIENTO El periodo de cumplimiento de la finalidad del proy ecto para el que se otorga la subvención será del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026. La fecha límite para la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2026, ello significa que la emisión de las facturas y otros justificantes de ga sto tendrá como plazo máximo la precitada fecha (excepto la fecha de los documentos de pago de impuestos, tasas, cuotas a la seguridad social y gastos de transferen cias bancarias derivados de pagos vinculados con la ejecución del proyecto, que podrá n ser hasta el fin del periodo de justificación de la subvención concedida). El plazo de justificación del proyecto terminará el 31 de marzo de 2027 .
  • documentation
    cumplimentado en cada uno de sus apartados e ítems, marcando X dónde corresponda y firmada por el representante legal de la entidad. Las solicitudes deberán ir acompañadas, además, de la siguiente
  • documentation
    c. Estatutos de la asociación o acreditación del reg istro de la sede o delegación en la provincia de Zaragoza, en el caso de no figurar la misma en los Estatutos de la entidad. La delegación asume ante l a Diputación Provincial de Zaragoza la responsabilidad directa en la presentac ión de la solicitud y deberá disponer en ella de la documentación actualizada del proyecto. d. Certificados de estar al corriente de las obligac iones ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, con la Administración del Gobierno de Aragón y con la Diputación Provincial de Zaragoza, en el momento de la solicitud y tras la resolución de la concesión en caso de caducidad de los mismos (En caso de no autorizar a Diputación Provincial a solicitarlos). e. Certificación expresa del número de socios y de p ersonas en recursos humanos, indicando la función de cada uno de ellos en la Asociación. f. Certificación expresa de la experiencia anterior en los años 2024 y 2025 de los órganos/entes dónde se prestó, acreditando no solamente la concesión/encargo sino también la realización óptima.
  • documentation
    ANEXO II: (PROYECTO), debidamente cumplimentado en cada uno de sus apartados e imprescindible para la aplicación de los criterios de valoración expresados
  • documentation
    fecha en que fueron presentados, siempre y cuando n o hayan transcurrido más de cuatro años desde que su presentación y/o no hayan sido actualizados o modificados. Solamente se podrá sustituir por el antedicho certi ficado la documentación siguiente
  • documentation
    La acreditación del representante legal de la entidad;
  • documentation
    La certificación de la Inscripción en el regi stro correspondiente y el CIF/NIF de la Asociación o entidad;
  • documentation
    Los estatutos de la Asociación o entidad.
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    La acreditación del registro de la sede o delegación en la provincia de Zaragoza, en el caso de no figurar la misma en los Estatutos de la entidad; 3º.-Consideraciones Generales Los interesados deberán presentar la documentación respetando el formato y contenido de los anexos. En el caso de presentar la documentación incorrecta o ausencia de algún documento obligatorio conforme las normas de la con vocatoria, se requerirá a la entidad solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la fecha de recepción de la notificaci ón, acompañe los documentos preceptivos que subsanen la deficiencia observada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubr e, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes presentadas con anterioridad a esta convocatoria quedarán sin efecto alguno, por lo que, en caso de pretender su inclusión en este Plan, deberán formular en plazo nueva petición acompañando los do cumentos señalados anteriormente.
  • documentation
    Dentro del mes siguiente a la concesión de una nuev a subvención para la misma finalidad que se obtenga posteriormente, debe presentarse la declaración en la Diputación Provincial de Zaragoza a los efectos de que si es pública se tenga que optar por una u otra.
  • documentation
    CLÁUSULA UNDÉCIMA.-PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN El procedimiento de concesión, siendo el órgano ins tructor el Servicio de Bienestar Social y Desarrollo se establece en régimen de concurrencia competitiva.
  • documentation
    Tres funcionarios del grupo A2 de la Sección de Bienestar Social y Formación: Teresa Girón Mombiela, Luis Antonio García Arrazola , y Jesús Pinar Vázquez, y ac- tuando como suplentes Carmen Rubio Cabetas y Soled ad Villar Baquero o personas que las sustituyan. Para su válida constitución y funcionamiento será n ecesario que además del secretario haya tres miembros.

Gastos y actuaciones

  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES. · eligible
    1º.- Prohibiciones establecidas en el artículo 31.7 LGS: Intereses deudores de las cuentas bancarias. Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales. Los gastos de procedimientos judiciales. Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES. · eligible
    2º.- Prohibiciones establecidas en la convocatoria: Gastos de inversión. Gastos de amortización. Celebraciones o desplazamientos del personal de la propia entidad o asociados, que no tengan que ver directamente con e l objeto del proyecto subvencionado. Gastos destinados a la adquisición de infraestructuras o equipamientos inventariables no fungibles. Gastos de suministros o cualquier otro gasto corrie nte derivado del inmueble que constituya el domicilio social de la e ntidad que no esté claramente justificado y vinculado al proyecto. Gastos de personal de la entidad que no desarrolle la actividad objeto de subvención. Gastos correspondientes a actividades realizadas co n anterioridad al inicio del período de ejecución. 9
  • CLÁUSULA SÉPTIMA.- GASTOS NO SUBVENCIONABLES. · eligible
    CLÁUSULA OCTAVA.- PERIODO DE CUMPLIMIENTO El periodo de cumplimiento de la finalidad del proy ecto para el que se otorga la subvención será del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026. La fecha límite para la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2026, ello significa que la emisión de las facturas y otros justificantes de ga sto tendrá como plazo máximo la precitada fecha (excepto la fecha de los documentos de pago de impuestos, tasas, cuotas a la seguridad social y gastos de transferen cias bancarias derivados de pagos vinculados con la ejecución del proyecto, que podrá n ser hasta el fin del periodo de justificación de la subvención concedida). El plazo de justificación del proyecto terminará el 31 de marzo de 2027 .
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O ACTUACIÓN · eligible
    CONTINUACIÓN SE RELACIONAN: Tipo de documento (1) Proveedor Nº de factura o docum Importe con IVA Importe sin IVA Concepto del gasto(2) Fecha Emisión Fecha Pago € €
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O ACTUACIÓN · eligible
    TOTALES € € (1) Facturas, tasas, nóminas, etc. (2) Es IMPRESCINDIBLE detallar el po o concepto de gasto, unidades, pre cio por unidad… para la verificación de los gastos jusficados con re lación a los gastos incluidos en el presupuesto inicial. * Se acompañarán las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercanl o con eficacia administrava incor porados en la relación o anterior y la documentación acredita%va del pago que se referirán a los gastos imputados a la subvención percibida de Diputación Provincial. Los precitados documentos jusficavos deberán ser originales o copias compulsadas.
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    RELACIONAN (EN EL CASO DE HABER INCLUIDO ESTE TIPO DE GASTOS EN EL PRESUPUESTO: Tipo de documento (1) Proveedor Nº de factura o docum Importe con IVA Importe sin IVA Concepto del gasto(2) Fecha Emisión Fecha Pago € €
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    REFLEJO DE RESUMEN DE GASTOS GENERALES EJECUTADOS EN RELACIÓN A LA SOLICITUD INICIAL QUE (según cláusula quinta y sexta de la Convocatoria) SE JUSTIFICAN LOS SIGUIENTES (Debe coincidir con la
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    solicitud inicial los ítems y conceptos de gasto):
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    CONCEPTOS DE GASTO
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    Desplazamientos:
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    TOTALES Si presentan un Anexo Adicional para la jusficación de los gastos, deberá incluir al menos los mismos ítems de este Anexo y en tamaño de letra y n úmero con suficiente legibilidad para su comprobación.
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    Se han cumplido las condiciones y la finalidad de la subvención percibida
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    Que todos los datos relacionados en este documento son ciertos
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    Que la subvención se ha des8nado al cumplimiento del proyecto realizado
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    Que el proyecto se ha realizado dentro del plazo de ejecución establecido
  • QUE LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS NO SUBVENCIONABLES ORIGINADOS POR DICHO PROYECTO O · eligible
    Que para la misma finalidad:

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social