Personas físicasJóvenesES521 - Alicante / Alacant

Ayudas económicas para sufragar parte de los gastos derivados de la obtención del permiso de conducir A, AM, B, C, D y…

Título oficial: Ayudas económicas para sufragar parte de los gastos derivados de la obtención del permiso de conducir A, AM, B, C, D y E y sus modalidades dirigidas a los jóvenes de Benidorm

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BENIDORM.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 70.000,00 €. Inicio: 01/11/2026. Plazo: Fin: 17/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Edad: tener entre 15 y 30 años, ambos inclusive, en el momento de la obtención del permiso de conducir.
  • - Empadronamiento: estar empadronado/a en el municipio de Benidorm con anterioridad al 1 de enero de 2026 y mantener dicho empadronamiento durante toda la tramitación del procedimiento.
  • - Obtención del permiso: haber obtenido cualquier clase de permiso de conducir, o la correspondiente autorización temporal para conducir, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive. La fecha de obtención vendrá determinada, exclusivamente,
  • - Cuenta bancaria: la persona beneficiaria deberá disponer de una cuenta bancaria.
  • - Declaración responsable: de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Benidorm, conforme a lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • - Menores de edad: en el caso de solicitantes menores de 18 años, la solicitud deberá estar a nombre del menor y contar con la autorización de su representante legal. Así mismo, deberá aportarse el libro de familia o el documento legal que acredite dicha representación.
  • CUARTO. GASTOS SUBVENCIONABLES Podrán ser objeto de subvención los gastos directamente relacionados con la obtención del permiso de conducir que hayan sido efectivamente realizados y abonados desde el 1 de septiembre de 2025 hasta la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
  • Los gastos derivados de la matriculación y de la realización de las clases teóricas.
  • Las tasas exigidas por la Dirección General de Tráfico (DGT) para la realización de las pruebas de aptitud.
  • QUINTO. LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm, en un trámite específico para este procedimiento habilitado dentro del Catálogo de Servicios de Juventud. El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 17 de noviembre de 2026, ambos inclusive. Las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo no serán admitidas a trámite.
  • Concejalía de Juventud / Concejalía de Educación Todos los documentos deberán adjuntarse en formato PDF.
  • SEXTO. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Al formulario de solicitud, debidamente cumplimentado en todos sus apartados, se acompañará la siguiente documentación, que deberá presentarse en original o copia auténtica y en documentos/archivos
  • Documento Nacional de Identidad, NIE o pasaporte del solicitante y, en su caso, de su representante legal.
  • Volante o certificado de empadronamiento, en el que conste la fecha de alta en el padrón municipal.
  • Copia del permiso de conducir o copia auténtica de la autorización temporal para conducir expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico, en la que conste la fecha de obtención/expedición.
  • Factura emitida a nombre de la persona beneficiaria de la subvención, junto con el correspondiente justificante de pago, que acredite la realización y el abono de los gastos subvencionables establecidos en la base cuarta.
  • Copia del libro de familia o del documento acreditativo de la representación legal, cuando la persona beneficiaria sea menor de edad.
  • Haber presentado la solicitud por un medio distinto del establecido en las presentes bases.
  • Haber presentado la solicitud fuera del plazo establecido en la convocatoria.
  • No aportar, o aportar de forma incompleta o incorrecta, la documentación exigida en la base Sexta, cuando dicha deficiencia no haya sido subsanada en tiempo y forma.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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