Ayudas económicas para familias con menores en edad escolar (entre los 3 y 21 años) con necesidades educativas especial…

Título oficial: Ayudas económicas para familias con menores en edad escolar (entre los 3 y 21 años) con necesidades educativas especiales dirigidas a paliar los gastos derivados de las actividades durante las vacaciones escolares de Navidad de 26 y Semana Santa/verano 27

Educación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE EDUCACION.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 70.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • la ayuda, no siendo necesario adjuntarla en los siguientes
  • Fotocopia del DNI/NIE del padre, madre o tutor/a. Para las personas solicitantes que presenten el NIE, se deberá entregar también la fotocopia del permiso de residencia.
  • Fotocopia completa del l ibro de familia. En el caso de separaciones o divorcios, es preciso adjuntar justificante de que el alumno o alumna está a cargo de quien efectúa la solicitud. En caso de divorcio con custodia para uno de los progenitores, sentencia de divorcio. Si se trata del tutor, tutora u otro representante legal, documentación que acredite tal condición.
  • Fotocopia del certificado de discapacidad o certificado del orientador/a que indique el eje en el que se encuentra censado en EDUCA o informe médico que incluya juicio clínico o sospecha diagnóstica.
  • Acreditación oficial (empadronamiento) de la residencia efectiva del alumno o alumna en la Comunidad Foral de Navarra durante los dos años anteriores a la participación en la actividad educativa.
  • Fotocopia completa de las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al año 2025 presentadas por los miembros de la unidad familiar a la que
  • Si la unidad familiar a la que pertenece la persona solicitante no ha realizado la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al año 2025 por no estar legalmente obligada a ello, deberá
  • acompañar a la solicitud la siguiente documentación:
  • En el caso de trabajadores/as por cuenta ajena, pensionistas o desempleados/as, un justificante de los ingresos percibidos durante el año 202 5, expedido por la empresa u organismo correspondiente.
  • En el caso de empresarios/as, agricultores/as y profesiones liberales, una declaración de los ingresos brutos obtenidos durante el año 2025.
  • Fotocopia de la certificación oficial de pertenecer a alguna de las situaciones descritas en la base novena punto 3 de la presente convocatoria.
  • Certificado de titularidad bancaria.
  • Declaración de no estar incursa la persona beneficiaria en causa de prohibición de obtener la condición de beneficiaria, de conformidad con la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (anexo II).
  • Certificado realizado por un/a profesional acreditado/a indicando la conveniencia de la participación en la actividad educativa y los objetivos de la misma (anexo III).
  • Certificado de la asistencia y del pago de la actividad educativa. En él constará pagado el 100% de la cuota ( anexo
  • Certificado de la entidad organizadora de la actividad educativa en el que se detallarán las condiciones de la misma: fechas de duración, folleto o programa de las actividades. Asimismo, se podrá demandar a las administraciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro la documentación complementaria que se estime necesaria para la justificación de los requisitos exigidos.
  • Declaración responsable manifestando si se han obtenido o no otras ayudas de otras Administraciones públicas, entes públicos o privados, o de particulares, nacionales o internacionales, para la misma finalidad y objeto, con indicación de la cuantía de las mismas en caso afirmativo (anexo V). Base octava. - Gasto máximo para cada periodo vacacional. Para cada periodo vacacional se establecen los siguientes
  • Vacaciones escolares de Navidad del curso 202 6/2027:
  • Vacaciones escolares de Semana Santa de 202 7: 10.000 euros
  • Vacaciones escolares de verano de 2027: 45.000 euros El remanente de cada uno de los periodos vacacionales podrá ser utilizado en los siguientes, si se diera el caso, y sin causar con ello perjuicio a las personas solicitantes. Base novena. - Valoración de las solicitudes.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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