Personas físicasFamilias e infanciaES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS

AYUDAS ECONOMICAS A FAMILIAS EN DIFICULTADES ECONOMICAS CON MENORES A CARGO AÑO 2026

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas directas a familias o unidades de convivencia con hijos/hijas menores de 18 años a cargo, siempre que exista una convivencia efectiva y los/las progenitores/as no se encuentren en situación de privación o suspensión de la patria potestad, cuando se confirme que la unidad familiar se encuentra en situación de privación material severa, atendiendo al indicador propuest o por la Unión Europea, AROPE, de riesgo de pobreza o exclusión social, que combina tres conceptos: el riesgo de pobreza , la carencia material y, la baja intensidad en el empleo…

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LANGREO.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Familias e infancia.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 80.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Podrán optar a ser beneficiarios/as de las ayudas que se concedan por medio de esta convocatoria las familias que cumplan los siguiente s requisitos
  • generales:  Que se encuentren empadronadas en el municipio de Langreo a la formulación de la correspondiente solicitud. Este requisito deberá seguir vigente en el momento de la valoración y concesión de la solicitud, salvo causa muy justificada. Este requisito no será exigible en el caso de familias víctimas de violencia de género. Esta circunstancia debe ser acreditada por resolución judicial, o conste ingreso en la red de Casas de Acogida del Principado de Asturias procedentes de otra C omunidad Autónoma o cualquier medio válido en derecho.  Que las cuantías de los ingresos familiares se encuentren dentro de los límites de renta establecidos en la tabla que figura con este nombre. Se tomarán en cuenta la media de los ingresos de los se is meses anteriores al de la fecha de la apertura de la convocatoria.
  •  Autorizar el seguimiento por parte de los Servicios Sociales, quienes posteriormente deberán informar del mismo a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.  Haber justific ado adecuadamente la ayuda económica a la pobreza concedida en el ejercicio anterior.  Que el/la menor o menores tengan menos de 18 años a 1 de enero de
  • *Umbral de pobreza Que la Renta anual de la Unidad Familiar no supere la cuantía fijada por el Instituto Nacional de estadística como umbral de Riesgo de Pobreza . Para la elaboración del siguiente baremo económico, se toma como referencia la tasa de umbral de riesgo de Pobreza nacional individual 2024, fijada en 11. 584 €, por Unidad de Consumo de hogar, siguiendo las indicaciones aportadas por la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar para la regulación de estas Ayudas. Para calcular el límite de ingresos de cada Unidad Familiar se multiplica la constante de 11.584 € (tasa de umbral de riesgo de pobreza nacional individual) por Unidad de Consumo del Hogar. A fin de determinar el número de unidades
  • Valor 0,5: demás personas adultas
  • Valor 0,5 menores de 14 años. (los que tienen 14 o más, cuentan como personas adultas).
  • 584,00 € 5.792,00 € 5.792,00 € Ingresos anuales Menores de 14 años
  • 376,00 € año 23.168,00 € año 28.960,00 € año 34.752,00 € año 40.544,00 € año 46.336,00 € año
  • 448,00 € mes 1.930,67 € mes 2.413,33 € mes 2.896,00 € mes 3.378,67 € mes 3.861,33 € mes 2
  • 168,00 € año 28.960,00 € año 34.752,00 € año 40.544,00 € año 46.336,00 € año 52.128,00 € año
  • 930,67 € mes 2.413,33 € mes 2.896,00 € mes 3.378,67 € mes 3.861,33 € mes 4.344,00 € mes 3
  • 960,00 € año 34.752,00 € año 40.544,00 € año 46.336,00 € año 52.128,00 € año 57.920,00 € año
  • 413,33 € mes 2.896,00 € mes 3.378,67 € mes 3.861,33 € mes 4.344,00 € mes 4.826,67 € mes 4
  • 752,00 € año 40.544,00 € año 46.336,00 € año 52.128,00 € año 57.920,00 € año 63.712,00 € año
  • 896,00 € mes 3.378,67 € mes 3.861,33 € mes 4.344,00 € mes 4.826,67 € mes 5.309,33 € mes 5
  • 544,00 € año 46.336,00 € año 52.128,00 € año 57.920,00 € año 63.712,00 € año 69.504,00 € año
  • 378,67 € mes 3.861,33 € mes 4.344,00 € mes 4.826,67 € mes 5.309,33 € mes 5.792,00 € mes 6
  • 336,00 € año 52.128,00 € año 57.920,00 € año 63.712,00 € año 69.504,00 € año 75.296,00 € año
  • 861,33 € mes 4.344,00 € mes 4.826,67 € mes 5.309,33 € mes 5.792,00 € mes 6.274,67 € mes
  • Unidad convivencial: Se considera unidad convivencial la integrada por todas las personas que residen en el mismo domicilio hasta segundo g rado de parentesco por consanguinidad o afinidad. En caso de convivencia de dos o más unidades familiares que ambas tengan a su cargo hijos/as o menores bajo tutela o en régimen de acogimiento, familiar, se considerará que constituyen otra unidad de convi vencia independiente y sólo se computarán los ingresos correspondientes al/la solicitante y su unidad familiar. En caso de guardia y custodia compartida de los/las menores se puede presentar una solicitud diferenciada cada uno/a de ellos/as, se tendrán en cuenta ambas y en caso de cumplir requisitos para su aprobación se concederá el 50% de la cuantía correspondiente a cada solicitud. En el caso de guardia y custodia compartida primara el convenio regulador.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas directas a familias o unidades de convivencia con hijos/hijas menores de 18 años a cargo, siempre que exista una convivencia efectiva y los/las progenitores/as no se encuentren en situación de privación o suspensión de la patria potestad, cuando se confirme que la unidad familiar se encuentra en situación de privación material severa, atendiendo al indicador propuest o por la Unión Europea, AROPE, de riesgo de pobreza o exclusión social, que combina tres conceptos: el riesgo de pobreza , la carencia material y, la baja intensidad en el empleo. Su finalidad es procurar que las necesidades básicas de los/as menores estén cubiertas, cuando la causa determinante del riesgo para su desarrollo