Personas jurídicasJóvenesES523 - Valencia / València

AYUDAS DIRIGIDAS A FINANCIAR ACTIVIDADES DE LAS ASOCIACIONES QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE JUVENTUD EN EL MUNICIPIO. AYU…

Título oficial: AYUDAS DIRIGIDAS A FINANCIAR ACTIVIDADES DE LAS ASOCIACIONES QUE DESARROLLEN PROYECTOS DE JUVENTUD EN EL MUNICIPIO. AYUNTAMIENTO DE MANISES

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MANISES.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 6.800,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Documento acreditativo de la personalidad del/la solicitante y, en su caso de la representación de la persona actuante.
  • Proyecto en el que se definirán los aspectos requeridos en el mismo según Anexo 1, que incluya como mínimo, los
  • Denominación, breve descripción y objetivos del proyecto.
  • Metodología del proyecto: aspectos educativos, organización y mecanismos de evaluación.
  • Actividades a realizar y fecha de realización.
  • Recursos materiales y humanos previstos para la realización del proyecto.
  • Presupuesto de la actividad con expresión de gastos e ingresos, en este último caso indicándose tanto las aportaciones de la entidad solicitante, como ajenas.
  • Declaración responsable, en el caso de realizar actividades con menores para la ejecución del proyecto subvencionado, que todas las personas de la entidad que tienen contacto habitual con menores y participan en el proyecto/actividad subvencionada dispongan del certificado negativo del registro de delincuentes sexuales en vigencia. Todo ello para dar cumplimiento a la LO 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que establece la obligación de que se aporte certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todas las personas profesionales y voluntarias que trabajan en contacto habitual con menores.
  • Ficha de mantenimiento de terceros, si procede.
  • Declaración de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegros, que se integrará en la propia solicitud.
  • Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias (AEAT), salvo autorización de la asociación al Ayuntamiento a acceder al mismo.
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social (en caso de tener personal contratado) o certificado negativo de inscripción como empresario en el sistema de la Seguridad Social (en caso de no disponer de personal contratado).
  • Certificado sobre d atos estadísticos de socios/as o personas inscritas para la participación continuada en el proyecto, especificando la edad de cada una de ellas.
  • Relación de actividades del Ayuntamiento en las que ha colaborado la entidad solicitante, según modelo normalizar (Anexo II). Cualquier entidad podrá presentar como máximo un proyecto de actividades con presupuesto económico desglosado, valorándose la totalidad del proyecto.
  • En ningún caso podrán ser proyectos subvencionables aquellos que incluyan algunas de las actividades siguientes:
  • Actividades que promuevan o justifiquen cualquier forma de discriminación por razón de raza, sexo, religión, o cualquier otra que atente contra los derechos fundamentales de la persona.
  • Actividades que puedan incitar, directa o indirectamente, el uso de sustancias adictivas, alcohol, etc., que los fomenten o que hagan apología de su consumo.
  • Actividades con finalidad lucrativa.
  • -INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. Recibidas las solicitudes, la/el Técnica/o de Juventud, como órgano instructor del procedimiento, las revisará y realizará de oficio cuantas actuaciones estime pertinentes para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta provisional de resolución de la convocatoria y posteriormente definitiva. En el informe del órgano instructor constará expresamente, que de la información que obra en su poder se desprende que las entidades beneficiarias de la subvención cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas. En el caso de que una solicitud no contenga los documentos justificativos de los requisitos o que los documentos aportados sean insuficientes se dará un término de 10 días hábiles para subsanar la misma.
  • Presidencia: Jefatura del departamento o personal del departamento de Juventud.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras actuaciones de carácter económico