Personas físicasES521 - Alicante / Alacant

AYUDAS DESTINADAS A PINTADO Y MEJORA DE TRATAMIENTO DE LAS FACHADAS FRENTE A HUMEDADES, RETIRADA DE ELEMENTOS IMPROPIOS · 2026

Título oficial: AYUDAS DESTINADAS A PINTADO Y MEJORA DE TRATAMIENTO DE LAS FACHADAS FRENTE A HUMEDADES, RETIRADA DE ELEMENTOS IMPROPIOS EN FACHADAS, ADECUACIÓN DE RÓTULOS DE PUBLICIDAD E INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO DE DETERMINADAS ZONAS DE ALTEA. EJERCICIO 2026

Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para financiar, única y exclusivamente, el gasto correspondiente a mejorar las condiciones y ornato en las fachadas de inmuebles y elaboración del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV) en los edificios de uso residencial del ámbito del núcleo histórico tradicional de Altea y Altea la Vella y edificaciones incluidas en el Ámbito del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) “Ensanches de Altea”.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALTEA.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 12.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • El plazo máximo para comunicar la finalización de los trabajos será en todo caso hasta el 31/10/2026 incluido, los trabajos deberán estar completamente finalizados para esa fecha. La comunicación de la finalización por parte de las personas beneficiarias, implicará la aportación íntegra de la documentación indicada en el apartado “Forma de justificación”, ya que en caso contrario, se entenderá que el beneficiario o la beneficiaria han desistido en el trámite de la subvención.
  • RÉGIMEN DE RECURSOS La resolución del procedimiento agotará la vía administrativa; en este sentido y de conformidad con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía dentro del mes siguiente a la notificación, o en su caso, recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Alicante, dentro del plazo de dos meses desde la notificación del mismo.
  • DOCUMENTOS E INFORMES QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LAS SOLICITUDES Para la obtención de las ayudas, se deberá presentar solicitud según modelo normalizado,
  • Solicitud de subvención según Anexo I que se acompaña.
  • Compromiso de ejecución de la obra, según modelo Anexo II.
  • Declaración responsable artículo 13.2 y 13.3 LGS, según modelo Anexos III y IV.
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y la Seguridad social.
  • Identificación de la persona solicitante o representante.
  • Acreditación de la representación que se ostente en cada caso. (Escritura de propiedad, nota simple informativa del registro de la propiedad, contrato de arrendamiento, etc.).
  • Autorización del propietario al arrendatario para la solicitud de la subvención y para hacer las obras, en su caso.
  • Si es persona jurídica, asociación, fundación, sociedad y formas asimiladas copia de la escritura de constitución/estatutos así como copia de la tarjeta de identificación fiscal y plan de igualdad o medidas igualitarias en vigor.
  • Si la petición la formula una comunidad de propietarios y propietarias copia del CIF de la comunidad y acta de la junta en la que se acuerda llevar a cabo la actuación y la solicitud de subvención.
  • Presupuesto de las obras suscrito por la empresa que vaya a ejecutar los trabajos, desglosado por unidades de obra y/o prestación de servicios.
  • Fotografías previas a la actuación de la/s fachada/s objeto de solicitud, en su caso. Si la solicitud presentada adoleciera de algún defecto de forma y/o no estuviera debidamente acompañada de la documentación exigida, se requerirá a la persona solicitante o, en su caso, a cualquiera de las demás firmantes, para que se subsanen mediante los documentos correspondientes. La no subsanación y/o aportación de los documentos necesarios, supondrá la exclusión de la solicitud de la convocatoria, archivándose la misma sin más trámites. Ajuntament d'Altea Pça. de José María Planelles, Altea. 03590 Alacant. Tfno. 96 584 13 00. Fax: 96 584 08 24 Codi Validació: 46LXFSQFS9FAMTAMFARRXNDYE Verificació: https://altea.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 5 de 17 Codi Validació: 4HY799KWSNP2PEF39NE36HWXD Verificació: https://altea.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 15 de 27
  • FORMA DE JUSTIFICACIÓN El reconocimiento de la obligación y posterior pago de la subvención se efectuará en un solo plazo mediante transferencia bancaria a las personas beneficiarias. Para proceder a dicho pago, éstas deberán justificar la obra realizada presentando ante esta administración, la
  • Factura original desglosada con las unidades de obra y/o prestación de servicios y justificante del pago por transferencia de los trabajos realizados, salvo en los casos de autoempleo en los que los servicios técnicos municipales podrán eximir de esta condición siempre y cuando se hubiera comprobado que se han ejecutado de manera efectiva los trabajos y se aporten las facturas de compra de los materiales utilizados.
  • Informe de Evaluación del Edificio y justificante de registro en la plataforma de la Generalitat, en su caso.
  • Justificante de haber abonado el importe correspondiente al ICIO en función del presupuesto de las obras, en su caso.
  • Reportaje fotográfico acreditativo del estado previo de la fachada, así como el estado final tras la ejecución de los trabajos en las fachadas afectadas del inmueble, en su caso.
  • Datos bancarios de la persona beneficiaria y mantenimiento de terceras personas.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Las presentes bases tienen por objeto la convocatoria de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para financiar, única y exclusivamente, el gasto correspondiente a mejorar las condiciones y ornato en las fachadas de inmuebles y elaboración del Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV) en los edificios de uso residencial del ámbito del núcleo histórico tradicional de Altea y Altea la Vella y edificaciones incluidas en el Ámbito del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) “Ensanches de Altea”.