Ayudas de minimis destinadas a las explotaciones agrarias de arroz que utilicen semilla certificada para 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ.

● Cerrada

Esta convocatoria no está abierta ahora

Puedes consultar sus condiciones y la fuente oficial, pero no presentar una solicitud mientras no figure como abierta.

Qué necesitas

  • 1. Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de explotaciones agrarias que sean beneficiarias de la actuación de cultivos inundados de la intervención de mantenimiento y mejora de los hábitats en zonas húmedas del contrato global de explotación (CGE) de la convocatoria anual de acuerdo con la convocatoria de resolución publicada, de acuerdo con el apartado 2 del Anexo 1 de la Orden que aprueba las bases reguladoras, y cumplir las condiciones generales de admisibilidad del apartado 3 del mismo
  • La documentación que se tiene que adjuntar a la solicitud es la que se establece en el apartado 7 de las bases reguladoras.
  • Reformulación de la solicitud
  • Visto que el objeto de la subvención consiste en la financiación de actividades que tiene que ejercer la persona solicitan te no se podrá realizar la reformulación de las solicitudes para esta subvención.
  • 1. Las personas beneficiarias tienen que justificar las actuaciones objeto de la subvención antes del 15 de septiembre de 2026, con la presentación de las facturas justificativas de la compra de semilla certificada de arroz a nombre de la persona solicitante de la ayuda y donde tienen que hacer constar la variedad utilizada con la especificación que está certificada y los kilogramos de semilla adquirida. Estas facturas deben estar emitidas por un proveedor que esté registrado en el Registro oficial de op eradores profesionales de vegetales de Cataluña (ROEPMV).
  • 2. La subvención que regula esta convocatoria se otorgará en consideración a la concurrencia de una determinada situación. En consecuencia, no será necesario que la persona beneficiaria presente ninguno otro tipo de justificación, excepto aquella que acredite, por cualquier medio admisible en derecho, que se encuentra en la situación mencionada, que se comprobará antes de la concesión, y la descrita en el párrafo anterior.
  • 3. La documentación justificativa se tiene que presentar telemáticamente por los canales a que hace referencia el Anexo 2 de la Orden de bases reguladoras, con el modelo normalizado establecido para este trámite.
  • 4. El órgano concedente comprobará, mediante técnicas de muestreo, los justificantes que estime oportunos y permitan obtener evidencias sobre la adecuada aplicación de la subvención.
  • Para hacerlo podrá requerir a las personas beneficiarias la remisión de justificantes de gasto seleccionados.
  • 1. El pago de la subvención se realizará con la comprobación del cumplimiento de los requisitos para la obtención de la condición de persona beneficiaria o con la justificación previa por parte de la persona beneficiaria de la realización de la actividad, el proyecto, el objetivo o la adopción d el comportamiento para el que se concedió en los términos establecidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria.
  • 2. Se produce la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en caso de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas que prevé el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , y el artículo 98 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Gastos y actuaciones

  • Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos subvencionables por estas ayudas son las que estén claramente relacionadas con la actividad subvencionada, que sean estrictamente necesarias y que se realicen en el plazo y las condiciones que determinen las bases reguladoras de estas ayudas, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Comisión de Valoración
  • Gastos subvencionables · eligible
    1. La Comisión de Valoración está integrada por:
  • Gastos subvencionables · eligible
    Subdirector o la subdirectora general de Planificación Rural,
  • Gastos subvencionables · eligible
    Subdirector o subdirectora general de Agricultura, y
  • Gastos subvencionables · eligible
    Subdirector o subdirectora general de Infraestructuras Rurales.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2. El órgano instructor podrá designar tanto la persona que ocupa la secretaría, así como los miembros suplentes de la comisión, que sustituyen los miembros titulares en los casos de ausencia, de vacante, de enfermedad o por cualquier otra causa justificada. Los suplentes se pueden designar por tiempo indefinido o para una sesión determinada.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3. En caso de que falte alguno de los miembros que forman la Comisión de Valoración, lo sustituirá por el subdirector o la subdirectora general de Gestión y Control de Ayudas Directas. Cuando la Comisión de Valoración lo considere necesario, puede desig nar persones asesoras técnicas, con voz pero sin voto, porque colaboren en la elaboración del informe.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Criterios de valoración de las solicitudes El órgano colegiado para la valoración de las solicitudes aplicará los criterios de valoración que se establecen en el apartado 10 de las bases reguladoras.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Resolución del procedimiento y notificación a la persona interesada
  • Gastos subvencionables · eligible
    1. De acuerdo con la documentación presentada, de las comprobaciones de oficio efectuadas y el informe de la Comisión de Valoración, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos, el órgano instructor elevará la propuesta de resolución correspondiente al órgano competente para resolver. Las resoluciones y los acuerdos resolutorios de subvenciones se publican en el Tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalu nya (https://tauler.seu - e.cat/inici?idens=1), sin perjuicio de que se puedan utilizar adicionalmente otros medios electrónicos. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.
  • Gastos subvencionables · eligible
    2. Corresponde a la persona titular del órgano instructor resolver sobre la inadmisión y la dejación de la subvención/ayuda. Corresponde a la persona titular del órgano concedente resolver sobre la concesión o la denegación de la subvención/ayuda. La resolución de concesión o denegación se tiene que dictar y publicar en el Tablero electrónico de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu -e.cat/inici?idens=1) en el plazo máximo de seis meses a contar del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
  • Gastos subvencionables · eligible
    3. Transcurrido este plazo, si no se ha dictado y notificado una resolución exprés, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo 54.2. a de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Gastos subvencionables · eligible
    4. Contra la resolución de la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Rural, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado. En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación se podrá interponer en cualquier momento a partir del día siguiente del día en que se agote el plazo para resolver y notificar, tal y como establece el apartado anterior.
  • Gastos subvencionables · eligible
    Plazo de ejecución de la actividad Las personas beneficiarias tienen que hacer las actuaciones objeto de las ayudas antes 15 de septiembre de 2026.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación