Ayudas asistenciales de comedor escolar para el curso escolar 2026-2027

La subvención tiene por objeto otorgar ayudas asistenciales de comedor escolar Cód. Validación: 3HTLNJN7XFAMY9LSHGQWHR56D Verificación: https://torrejondelrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 13

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DEL REY.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Estudiantes y educación.

Beneficiarios oficiales: Personas físicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 11.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • - Podrán solicitar estas ayudas los padres y los tutores legales del alumnado escolarizado en Torrejón del Rey (el cumplimiento de este requisito se verificará directamente por el Ayuntamiento de Torrejón del Rey, sin que sea necesaria la aportación por los solicitantes de ninguna documentación al respeto), y estén matriculados en los cursos del segundo ciclo de Educación Infantil y/o en Educación Primaria, en los Centros Educativos públicos de Torrejón del Rey, durante el curso escolar 2025/2026. Estos requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes en la siguiente
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es el Secretario del Ayuntamiento de Torrejón del Rey. Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el
  • DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento (partidas de nacimiento, libro de familia…..) que acredite Libro de familia o certificados de nacimiento . En caso de que los miembros de la unidad familiar que figuran en la solicitud no fueran los mismos que constan en la mencionada documentación, se deberá justificar documentalmente la diferencia (sentencia de separación, divorcio, acuerdo o resolución por el que se establece el régimen de custodia compartida, etc.).
  • En su caso, para justificar la existencia como miembro de la unidad familiar del hijo concebido y no nacido hay que aportar un certificado médico oficial que acredite el embarazo en el momento de presentar la solicitud y en el que consten el estado y la semana de gestación.
  • Volante de empadronamiento colectivo
  • Declaración de la renta del ejercicio 2025 : fotocopia de la declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, en el caso de no haberla presentado, certificado negativo con la información fiscal o, en su caso, se autorizará al Ayuntamiento de Torrejón del Rey, para que pueda acceder a la información fiscal. La falta de presentación ante la Administración tributaria de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por parte de alguno de los miembros de la unidad familiar que estén obligados por la legislación vigente será motivo de denegación de la ayuda.
  • En caso de discapacidad, certificado de reconocimiento del grado de discapacidad o tarjeta acreditativa de esta condición, que acredite un grado igual o superior al 33%, del miembro de la unidad familiar que tenga esta condición. También podrá acreditarse por medio de los siguientes documentos: Resolución del INSS que reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran discapacidad o resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa en que se reconozca una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  • En caso de violencia de género y/o doméstica: copia de la orden de protección a favor de la víctima o, en su caso, de la sentencia definitiva condenatoria
  • En caso de familias incluidas en prestaciones de los Servicios Sociales en materia de Atención a la Familia, lo cual deberá ser alegado por el solicitante, se comprobará de oficio por el Departamento de Servicios Sociales municipales.
  • En caso de familias monoparentales : (A quellas en las que uno o más descendientes menores de 18 años, así como los mayores de edad incapacitados, están a cargo de uno sólo de los progenitores. Las mujeres que afrontan la maternidad a solas, ya sea con un embarazo natural o por reproducción asistida. Los hombres y mujeres que adoptan en solitario. Se acreditará esta condición con la aportación del libro de familia, certificados de nacimiento, certificado de defunción, en caso de viudedad, u otra documentación correspondiente acreditativa de esa situación.
  • La convivencia de la madre o el padre solteros, separados, divorciados o viudos, con otra persona con la que mantengan una relación de afectividad, aunque esta no esté regularizada, excluye la condición de familia monoparental y, en consecuencia, los beneficios que se le atribuyen.
  • En caso de atención a familiares dependientes : Resolución de la Consejería de Bienestar social.
  • En caso de circunstancias laborales especiales (paro laboral del padre y de la madre y/o tutores): certificado del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha que acredite tal condición a fecha de solicitud de la subvención.
  • En caso de familia numerosa: Documentación oficial que acredite tal condición.
  • En caso de haber cursado solicitud de beca de comedor escolar a la Consejería de Educación para el actual curso escolar: justificante de ésta.
  • Propuesta de resolución provisional, resolución definitiva, plazos y notificación Una vez evaluadas las solicitudes, por el órgano instructor se formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que será notificada a los interesados mediante exposición de la misma en la sede electrónica y en la página web municipal, concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
  • Reformulación de las Solicitudes Cuando la subvención tenga por objeto la financiación de actividades a desarrollar por el solicitante y el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, se podrá instar del beneficiario la reformulación de su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. Si la solicitud merece la conformidad del órgano colegiado, se remitirá con todo lo actuado al órgano competente para que dicte la resolución. Debe respetar, en cualquier caso, el objeto, condiciones y la finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos respecto de las solicitudes o peticiones.
  • Fin de la Vía Administrativa El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa.
  • Pza. Mayor, 1. 19174-Torrejón del Rey (Gu). Tlf: 949 339 351. Fax: 949 339 505. e-mail: secretaria@aytotorrejondelrey.com De acuerdo con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra dicha resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

La subvención tiene por objeto otorgar ayudas asistenciales de comedor escolar