AYUDAS A LOS AGRICULTORES VILLANOVENSES PARA DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SU ACTIVIDAD, EN EL EJERCICIO 2026

Agricultura, Pesca y Alimentación

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES431 - Badajoz. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA SERENA.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas físicas, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 10.000,00 €. Plazo: Fin: 10/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Que la única actividad desarrollada por el propietario sea la agraria y la explotación se encuentre registrada y se haya presentado la solicitud única.
  • Que se posea una nave agrícola en propiedad y que la misma esté dedicada única y exclusivamente a la actividad agraria.
  • Que el domicilio social y fiscal del solicitante se encuentre ubicado en la localidad de Villanueva de la Serena, por lo que no podrán solicitar estas ayudas aquellos agricultores que tengan su domicilio en las entidades locales menores de Entrerríos, Valdivia y Zurbarán, o en sus respectivas zonas de influencia.
  • No concurrir en el solicitante ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Que el propietario de las instalaciones se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (incluido el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, tanto en voluntaria como en ejecutiva) y con la Seguridad Social. Segundo. Finalidad Constituye el objeto de las ayudas económicas la modernización, el incremento de la productividad y el desarrollo de nuevas orientaciones productivas durante el año 2026. De acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las ayudas se otorgarán por el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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